Título VI Ley 115 de 1994
Carrera docente
Art 115
Art 53 Constitución política 1991
El estado gatantiza derecho a:
Reajuste periódico de las pensiones legales
Pago opotuno
Regimen de los educadores estatales
Establecido en:
Ley 91 de1989
Ley 60 de 1993
Ley 115 de 1994
Art 116
Título exigido
Licenciado en educación
expedido por:
Universidad
Inst de edu superior nacional o extranjera
Posgrado en educación
Título de normalista superior
Expedido por:
normales reestructuradas autorizadas por:
Ministerio de Educación Nacional
Art 117
Conexión entre
Formación
Ejercicio profesional de educador
Título normalista superior
Preescolar
Básica primaria
Art 118
Docencia por otros profesionales
Podrán escalafonar
Art 119
Idoneidad profesional
Título
Ejercicio eficiente de la profesión
Cumplimiento de la ley
Escalafón docente
Art 120
Junta Nacional de Escalafón
Conformación
a. 1 delegado de M.E.N
b. 2 Directores Generales del M.E.N
c. Jefe de la Oficina Jurídica del M.E.N
d. 2 representantes de los educadores
e. 1 representante de las asociaciones de establecimientos edu privados
Art 121
Oficina de escalafón
Parte de la secretería de edu
Funciones:
1.Tramitar, conservar, actualizar documentación
2.Llevar el registro de docentes y directivos docentes escalafonados
3. Asesorar a la Secretaría de Educación
4. Velar por el cumplimiento de las normas sobre el nombramiento y traslado
Aet 122
Ministro de Educación Nacional tendrá
un delegado ante cada Junta Seccional de Escalafón Departamental
Art 123
Inscripción en el escalafón.
Debe ser:
resuelto en término máx de
dos meses
Art 124
Procesos disciplinarios
plazo máx 30 días
Art 125
Acoso sexual
Mala conducta establecida en
art 46 del
Decreto 2277 de 1979
incurrirá
sanción definitiva de exclusión del escalafón
Directivos docentes
Art 126
Carácter de directivo docente.
Los educadores que ejerzan funciones de
Dirección
coordinación
inspección
supervisión
Art 127
Autoridad nominadora de los directivos docentes.
serán nombrados por
previo concurso convocado por el departamento
gobernadores, alcaldes de distritos o
municipios que hayan asumido dicha competencia
Art 128
Requisitos:
Licenciados
Profesionales
Reconocida trayectoria en materia educativa
Art 129
Cargos directivos docentes
Denominaciones
1. Rector o director de establecimiento educativo.
2. Vicerrector.
3. Coordinador.
4. Director de Núcleo de Desarrollo Educativo.
5. Supervisor de Educación.
provistos con
docentes escalafonados
Docentes con reconocida trayectoria en materia educativa
derecho a una remuneración adicional
cumplirán funciones adicionales
Art 130
Facultades sancionatorias
disciplinarias a los docentes
de su inst
Art 131
Encargo de funciones
Por ausencias temporales o definitivas
se encargará las funciones a
otra persona calificada vinculada a la institución
Art 132
Facultades del rector
otorgar distinciones
a los estudiantes según el reglamento o
manual de convivencia
imponer sanciones
Estímulos a los docentes
Art 133
Otorgado
Anualmente
por cuenta del Estado
veinte educadores estatales
Con 10 años de servicio
por niveles y
grados mejor evaluados del país
Art 134
Incentivo especial para ascenso en el escalafón
Para
docentes estatales que presten sus servicios
en:
zonas de difícil acceso
situación crítica de inseguridad
mineras
disminución en el tiempo requerido para ascenso dentro del escalafón
bonificación
especial
Art 135
Apoyo del Icetex
Art 136
Vivienda social
1% de los proyectos de vivienda social
serán adjudicado
prioritariamente a educadores o administradores educativos
Art 137
Financiación de predios rurales para docentes
para
facilitar el arraigo de los docentes
en
zonas rurales