av FRANCIS ARELI DAVILA RUIZ för 1 år sedan
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Evidencia de auditoría: Consideraciones específicas para determinadas áreas.
Sobre la presentación y revelación de la información por segmentos de conformidad con el marco de información financiera aplicable mediante:
a) La obtención de conocimiento de los métodos utilizados por la dirección para la determinación de la información por segmentos
(ii) En su caso, la comprobación de la aplicación de dichos métodos.
(i) La evaluación de si dichos métodos pueden generar información acorde con lo requerido.
De que se han revelado al auditor y se han contabilizado, de conformidad con el marco de información financiera aplicable todos los litigios y reclamaciones existentes o posibles conocidos.
El auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoría, si:
b) el auditor no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada mediante la aplicación de procedimientos de auditoría alternativos.
(a) la dirección rehúsa dar permiso al auditor para comunicarse o reunirse con los asesores jurídicos externos de la entidad o si éstos rehúsan responder adecuadamente a la carta de indagación o se les prohíbe que lo hagan.
Si el auditor valora que existe un riesgo de incorrección material
Con respecto a litigios o reclamaciones identificados
El auditor solicitará una comunicación directa con los asesores jurídicos externos de la entidad.
El auditor diseñará y aplicará procedimientos de auditoría con el fin de identificar los litigios y las reclamaciones
Que afecten a la entidad y que puedan originar un riesgo de incorrección material, incluidos los siguientes:
c) Revisión de las cuentas de gastos jurídicos.
b) Revisión de las actas de reuniones de los responsables del gobierno de la entidad y de la correspondencia entre la entidad y sus asesores jurídicos externos.
a) Indagaciones ante la dirección y, en su caso, ante otras personas de la entidad.
Si las existencias custodiadas y controladas por un tercero
Obtendrá la evidencia mediante
b) Inspección o aplicación de otros procedimientos de auditoría adecuados, teniendo en cuenta las circunstancias.
a) Solicitud de confirmación al tercero respecto de las cantidades y el estado de las existencias que mantiene en nombre de la entidad.
Si no es factible presenciar el recuento físico de existencias
El auditor aplicará procedimientos de auditoría alternativos
Si el auditor no puede presenciar el recuento físico de las existencias por circunstancias imprevistas.
Realizará u observará recuentos físicos en una fecha alternativa y aplicará procedimientos de auditoría a las transacciones del periodo intermedio.
Si las existencias son materiales para los estados financieros, se obtendrá la evidencia mediante.
B) Aplicar procedimientos de auditoría a los registros finales de existencias de la entidad con el fin de determinar si relejan con exactitud los resultados reales del recuento de las existencias.
A) Su presencia en el recuento físico de las existencias
Salvo que no sea factible
(iv) Realizar pruebas de recuento.
(iii) Inspeccionar las existencias.
(ii) Observar la aplicación de los procedimientos de recuento de la dirección.
(i) Evaluar las instrucciones y los procedimientos de la dirección relativos al registro y control de los resultados del recuento físico de las existencias de la entidad.
c) La presentación y revelación de la información por segmentos.
b) La totalidad de los litigios y reclamaciones en los que interviene la entidad.
a) La realidad y el estado de las existencias.
Con la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada.
Confirmaciones Externas
O si es necesaria evidencia de auditoría adicional.
El auditor evaluará si los resultados de los procedimientos de confirmación externa proporcionan evidencia de auditoría relevante y fiable.
Proporcionan evidencia de auditoría menos convincente que las confirmaciones positivas.
El auditor no utilizará solicitudes de confirmación negativa como único procedimiento de auditoría sustantivo
A menos que concurran todas las siguientes condiciones:
(d) El auditor no conoce circunstancias o condiciones que puedan ser causa de que los destinatarios de las solicitudes de confirmación negativa desatiendan dichas solicitudes.
(c) Se prevé un porcentaje muy pequeño de contestaciones en disconformidad.
(b) La población de los elementos sometidos a procedimientos de confirmación negativa comprende un gran número de saldos contables, transacciones o condiciones pequeños y homogéneos.
(a) El auditor ha valorado el riesgo de incorrección material como bajo y ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a la eficacia operativa de los controles relevantes para la afirmación.
Confirmaciones negativas
El auditor investigará las contestaciones en disconformidad para determinar si son indicativas o no de incorrecciones.
Sin contestación
En cada caso de falta de contestación, el auditor realizará procedimientos de auditoría alternativos con el fin de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable.
Casos en los que es necesaria una respuesta a una solicitud de confirmación positiva para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada.
Si el auditor ha determinado que es necesaria una respuesta a una solicitud de confirmación positiva para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, los procedimientos de auditoría alternativos no proporcionarán la evidencia de auditoría que el auditor necesita. Si el auditor no obtiene dicha confirmación, determinará las implicaciones de esta circunstancia sobre la auditoría y sobre la opinión del auditor de conformidad con la NIA 705.
Fiabilidad de las respuestas a las solicitudes de confirmación
Si el auditor identifica factores que originen dudas sobre la fiabilidad de la respuesta a una solicitud de confirmación, obtendrá evidencia de auditoría adicional para resolver dichas dudas.
Si el auditor determina que una respuesta a una solicitud de confirmación no es fiable, evaluará las implicaciones de esta circunstancia sobre la valoración de los correspondientes riesgos de incorrección material, incluido el riesgo de fraude, y sobre la naturaleza, el momento de realización y la extensión de otros procedimientos de auditoría relacionados.
El auditor:
C) Aplicará procedimientos de auditoría alternativos
B) Evaluará las implicaciones de la negativa de la dirección sobre la valoración
Correspondientes riesgos de incorrección material, incluido el riesgo de fraude, y sobre la naturaleza, el momento de realización y la extensión de otros procedimientos de auditoría.
A) Indagará sobre los motivos de la dirección
Además buscará evidencia de auditoría sobre la validez y razonabilidad de tales motivos.
El auditor mantendrá el control de las solicitudes de confirmación externa, lo que implicará:
d) El envío de las solicitudes a la parte confirmante, incluidas las solicitudes de seguimiento, cuando proceda.
c) El diseño de las solicitudes de confirmación, incluida la comprobación de que las solicitudes estén adecuadamente dirigidas .
b) La selección de la parte confirmante adecuada.
a) La determinación de la información que ha de confirmarse o solicitarse.
Respuesta que pone de manifiesto una discrepancia
Entre la información sobre la que se solicitó y la que tiene el confirmante.
Falta de respuesta, o respuesta parcial.
Solicitud a la parte confirmante para que responda directamente al auditor.
Únicamente en caso de no estar de acuerdo con la información incluida en la solicitud.
Solicitud a la parte confirmante para que responda directamente al auditor
O facilite la información solicitada.
Indicando si está o no de acuerdo con la información incluida en la solicitud.
Evidencia de auditoría obtenida mediante una respuesta directa
Escrita de un tercero (la parte confirmante)
Dirigida al auditor, en formato papel, en soporte electrónico u otro medio.
Es diseñar y aplicar dichos procedimientos con el fin de obtener evidencia de auditoría relevante y fiable.
De procedimientos de confirmación externa
NO trata de las indagaciones sobre litigios y reclamaciones.
Para obtener evidencia de auditoría de conformidad con los requerimientos de la NIA 330 y de la NIA 500.
Procedimientos Analíticos
Si los procedimientos analíticos aplicados de conformidad con esta NIA revelan variaciones o relaciones incongruentes con otra información relevante o que difieran de los valores esperados en un importe significativo.
El auditor investigará dichas diferencias mediante:
(b) La aplicación de otros procedimientos, según sea necesario en función de las circunstancias consideradas.
(a) La indagación ante la dirección y la obtención de evidencia de auditoría adecuada relativa a las respuestas de ésta.
El auditor diseñará y aplicará
En una fecha cercana a la finalización de la auditoría, procedimientos analíticos que le faciliten alcanzar una conclusión global sobre si los estados financieros son congruentes con su conocimiento de la entidad.
El auditor
(d) Cuantificará cualquier diferencia entre las cantidades registradas y los valores esperados que se considere aceptable.
(c) Definirá una expectativa con respecto a las cantidades registradas y evaluará si la expectativa es lo suficientemente precisa como para identificar una incorrección.
(b) Evaluará la fiabilidad de los datos a partir de los cuales se define su expectativa con respecto a las cantidades registradas.
Teniendo en cuenta la fuente, la comparabilidad, la naturaleza y la relevancia de la información disponible, así como los controles relativos a su preparación.
(a) Determinará la idoneidad de procedimientos analíticos sustantivos específicos para determinadas afirmaciones.
Significa evaluaciones de información financiera realizadas mediante el análisis de las relaciones plausibles entre datos financieros y no financieros.
También incluyen
La investigación de las variaciones o de las relaciones identificadas que sean incongruentes con otra información relevante o que difieren de los valores esperados en un importe significativo.
Que le ayuden a alcanzar una conclusión global sobre si los estados financieros son congruentes con su conocimiento de la entidad.
Mediante la utilización de procedimientos analíticos sustantivos.
Evidencia de Auditoría
Si:
b) el auditor tiene reservas sobre la fiabilidad de la información que se utilizará como evidencia de auditoría.
a) la evidencia obtenida de una fuente es incongruente con la obtenida de otra fuente.
Determinará medios de selección de los elementos sobre los que se realizarán pruebas que sean eficaces para conseguir la finalidad del procedimiento de auditoría.
Al utilizar información generada por la entidad, el auditor evaluará si:
B) La evaluación de la información para determinar si es suficientemente precisa y detallada para los fines del auditor.
A) La obtención de evidencia de auditoría sobre la exactitud e integridad de la información.
Si la información a utilizar como evidencia de auditoría se ha preparado utilizando el trabajo de un experto de la dirección
C) Evaluará la adecuación del trabajo de dicho experto como evidencia de auditoría en relación con la afirmación correspondiente.
B) Obtendrá conocimiento del trabajo de dicho experto.
A) Evaluará la competencia, la capacidad y la objetividad de dicho experto.
También puede incluir información obtenida de otras fuentes
Como, por ejemplo,de auditorías anteriores, en determinadas circunstancias, y de procedimientos de control de calidad de la firma de auditoría para la aceptación y continuidad de clientes y cumplir con ciertas responsabilidades adicionales bajo la ley, reglamento o los requerimientos de ética aplicables (por ejemplo, en referencia al no cumplimiento de la entidad de las leyes o reglamentos).
La evidencia de auditoría se obtiene principalmente de los procedimientos de auditoría aplicados en el transcurso de la auditoría
Cuanto mayor sea la calidad, menor será la cantidad requerida
Cuanto mayores sean los riesgos valorados, mayor evidencia de auditoría podrá ser requerida
Medida cuantitativa de la evidencia de auditoría.
La cantidad de evidencia de auditoría necesaria depende de la valoración del auditor del riesgo de incorrección material, así como de la calidad de dicha evidencia de auditoría.
Persona u organización especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría
Se utiliza para
Facilitar la preparación de los estados financieros
Información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que basa su opinión
La evidencia de auditoría incluye tanto la información contenida en los registros contables de los que se obtienen los estados financieros, como información obtenida de otras fuentes.
Medida cualitativa de la evidencia de auditoría
Es decir
Su relevancia y fiabilidad para respaldar las conclusiones
Registros de asientos contables iniciales y documentación de soporte
Tales como cheques y registros de transferencias electrónicas de fondos; facturas; contratos; libros principales y libros auxiliares; asientos en el libro diario y otros ajustes de los estados financieros que no se relejen en asientos en el libro diario; y registros tales como hojas de trabajo y hojas de cálculo utilizadas para la imputación de costes, cálculos, conciliaciones e información a revelar.
Para obtener evidencia de auditoría
Para poder alcanzar conclusiones razonables en las que basar su opinión.
Que tiene el auditor de
Diseñar y aplicar procedimientos de auditoría para obtener evidencia de auditoría
Adecuada
Suficiente
Evaluación de las incorrecciones identificadas durante la realización de la auditoría
c) La conclusión del auditor sobre si las incorrecciones no corregidas son materiales, individualmente o de forma agregada, y la base para dicha conclusión
(b) Todas las incorrecciones acumuladas durante la realización de la auditoría y si han sido corregidas
(a) El importe por debajo del cual las incorrecciones se consideran claramente insignificantes
El auditor solicitará a la dirección y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad
Manifestaciones escritas relativas a si consideran que los
efectos de las incorrecciones no corregidas son inmateriales, individualmente o de forma agregada, para los estados financieros en su conjunto.
Un resumen de dichas partidas se incluirá en la manifestación escrita o se adjuntará a ella.
El auditor determinará si las incorrecciones no corregidas son materiales individualmente o de forma agregada
Para ello, el auditor tendrá en cuenta:
(b) El efecto de las incorrecciones no corregidas relativas a periodos anteriores
Sobre los tipos de transacciones, saldos contables o información a revelar relevantes, y sobre los estados financieros en su conjunto.
(a) La magnitud y la naturaleza de las incorrecciones
En relación con determinados tipos de transacciones, saldos contables o información a revelar, como en relación con los estados financieros en su conjunto, y las circunstancias específicas en las que se han producido.
El auditor comunicará oportunamente y al nivel adecuado de la dirección todas las incorrecciones acumuladas
Si la dirección rehúsa corregir algunas o todas las incorrecciones comunicadas por el auditor
Le dirán las razones de la dirección para no hacer las correcciones
Se tendrá en cuenta dicha información al evaluar si los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material.
El auditor determinará si es necesario revisar la estrategia global de auditoría y el plan de auditoría cuando:
La suma de las incorrecciones acumuladas
Si, a petición del auditor, la dirección ha examinado un tipo de transacciones, saldos contables o información a revelar en los estados financieros y ha corregido las incorrecciones que fueron detectadas, el auditor aplicará procedimientos de auditoría adicionales para determinar si las incorrecciones persisten.
La naturaleza de las incorrecciones identificadas y las circunstancias en las que se produjeron
Indican que pueden existir otras incorrecciones que, sumadas a las incorrecciones acumuladas durante la realización de la auditoría, podrían ser
materiales.
El auditor acumulará las incorrecciones identificadas
Durante la realización de la auditoría
Excepto las que sean claramente insignificantes
'Claramente insignificante' es una expresión equivalente a 'no material'. Las incorrecciones claramente insignificantes tienen un orden de magnitud totalmente distinto (más reducido), o son de una naturaleza totalmente diferente que las que se considerarían materiales y se trata de incorrecciones que claramente no tendrán consecuencias, tanto si se consideran individualmente como de forma agregada, cualquiera que sea el criterio de magnitud, naturaleza o circunstancias por el que se juzguen.
Incorrecciones acumuladas
Durante la realización de la auditoría
Que no han sido corregidas
Diferencia entre la
Información
Presentación
Clasificación de cuentas
Cantidad
El efecto de las incorrecciones no corregidas en los estados financieros.
El efecto en la auditoría de las incorrecciones identificadas.
Que tiene el auditor
Al evaluar el efecto de:
Incorrecciones no corregidas
Incorrecciones identificadas
en los estados financieros