Cada establecimiento educativo del Estado tendrá un gobierno escolar conformado por el rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico
Entre sus funciones estan
La organización del plan de estudio
Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa
Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución
Capitulo 2 Gobierno Escolar
Debe estar conformado por
Estudiante de grado 11 de la institución
Ex alumno de plantel
1
Rector de la Institución
Representantes de familia
2
Representates de los docentes
Titulo VII Establecimientos Educativos
Se entiende como todo establecimiento carácter estatal, privada o de economía solidaria organizada con el fin de prestar el servicio público educativo en los términos fijados por esta Ley.
En cada establecimiento educativo se promoverá por parte del Consejo Directivo la organización de asociaciones de padres de familia y de estudiantes vinculados a la respectiva institución educativa
Los establecimientos educativos por niveles y grados, deben contar con la infraestructura administrativa y soportes de la actividad pedagógica para ofrecer al menos un grado de preescolar y los nueve grados de educación básica.
debe cumplir con
Ofrecer un proyecto educativo Institucional
Disponer de una estructura administrativa, una planta física y medios educativos adecuados
debe tener licencia de funcionamiento o reconocimiento de carácter oficial
Los deberes del educador comprenderan
Titulo exigido para ejercer docencia
No violar las prohibiciones establecidas en el Estatuto Docente
CAPITULO 1
TITULO III
Educación para personas con limitaciones o capacidades excepcionales
pedagogia
terapia
Apoyo en todas las esferas educativas
Aulas especializadas
Deteccion temprana
El estado ayudara al educador
Incentivos como
Premios por subir el escalafón docente
1 año sabatico
Vivienda social
Financiación de predios rurales
Apoyo del icetec con becas
Con programas que estimulen el desarrollo de sus capacidades como
Programas para la educación de educadores
Asesoria en instituciones de formacion docentes
Instituciones formadoras de docentes
Profesionalización
TITULO VI
El educador pasará por una formación para
Preparar nuevos docentes en pregrado
Ser un educador de la calidad mas alta y cientifica
Fortalecer la invetigación en ambitos pedagogicos o cientificos
Orientador en los procesos de ambitos educativos como
participacion en el escalafon docente
Vinculacion al servicio estatal
Eticos
Sociales
morales
cientificos
Educacion para adultos
Educacion empresarial
validacion
renovacion de cocnocimientos
condiciones garantizadas
Erradicar el analfabetismo
CAPITULO 5
Educacion para la reabilitacion social
cpacitacion y acople social
gestion con entidades
inpec
grarantizar derechos
Educacion para grupos etnicos
Enseñanza especializada
acceso a tics
autonomia catedra
seleccion de docentes
cultura
Enseñanza bilingue
lenguas maternas
español
CAPITULO 4
Educacion camoesina
acceso
infraestructura
modernizacion
CAPITULO 1
Capitulo 3
Definicon
Se considera educación informal todo conocimiento libre y
espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios
impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados.
CAPITULO 2
EDUCACION NO FORMAL
Definicion
La educación no formal es la que se ofrece con el objeto de
complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar en aspectos académicos o laborales sin sujeción al
sistema de niveles y grados establecidos en el artículo 11 de esta Ley
Educacion formal
asignaturas
Educacion fisica
Etica y valore
Ciencias informaticas
Matematicas
Humanidades
Educacion artistica
Ciencias sociales
Ciencias naturales
Educacion preescolar
Educacion basica primaria
Educacion basica secundaria
Educacion media
Evaluacion
Organización Administrativa del Servicio
Todas las instituciones brindaran
Titulo Accademico
otorgado a una persona natural
por la acumulacion de saberes
por los niveles y grados cursados
Todas las instituciones eduacativas tendrán
Manual de conviviencia constituido por
Deberes de los educandos y sus padres
Derechos de los educandos y sus padres
El serivio educatiivo contará con
Calendario Academico para la educación Basica media
contara con periodos de
20 semanas semestrales minimas
40 semanas anuales minimas
En todas las instituciones educativas públicas el servicio sera
Jornada Nocturna
Para todo adulto que lo requiera
Jornada única diurna
Para niños,niñas y adolecentes
Seran controladas por el gobierno nacional .
por medio de
Examenes periodicos como lo son
Evaluación institucional anual
Evaluacion de docente y directivos privados
Evalucion de directivos y docentes estatales
Su finalidad sera evaluar
metodos educativos
desempeño de los docentes
Calidad de educación
Ley de educación nacional 115 de febrero de 1994
Inspección y Vigilancia
Financión de la educación
El Ministerio de Hacienda dará el presupuesto necesario para dar cumplimiento a las necesidades y se distribuye así:
Plazas docentes en comisión.
Cajas de compensación familiar.
Incentivos de capacitación y profesionalización
Líneas de crédito, estímulos y apoyo
Cofinanciación de transporte escolar
Estudio gratuito en los establecimientos educativos estatales.
Reconocimiento de prestaciones sociales
Pagar los salarios del personal docente y administrativo.
Mantenimiento y dotación de los establecimientos educativos.
Entidades territoriales
FOROS
Cumplen el fin de reflexionar sobre el estado de la educación y hacer recomendaciones a
las autoridades educativas respectivas para el mejoramiento y cobertura de la educación.
Distritales y Municipales
Convocados y precedidos por los alcaldes
Convocados y precedidos por el gobernador.
JUNTAS
funcionarán como órgano científico, con el carácter de consultor permanente del Ministerio de Educación Nacional, para la planificación y diseño de las políticas educativas del Estado.
Se dividen así
Junta Distrital de Educación JUDI.
Formada por
El Representante del MinEducación.
El Secretario de Educación Distrital.
El Alcalde del Distrito
Junta municipal de educación JUME.
Compuesta de
Un representante de las instituciones privadas.
Un representante de las comunidades indígenas, negras o campesinas.
Un representante del Concejo Municipal.
Un Director de Núcleo.
El Secretario de Educación Municipal.
El Alcalde.
Junta Departamental de Educación.
La componen
Un alcalde designado del departamento.
El Representante del MinEducación
El Directorde Plantación Departamental
El Secretario de Hacienda departamental.
El Secretario de Educación Departamental.
El Gobernador
Junta Nacional de Educación JUNE.
Conformada así
Representante de las instituciones de investigación
Investigadores en el campo educativo
Delegado Mubicipal
Delegado Departamental
Ministro
TITULO I
ART 1 OBJETO DE LA LEY
FORMACION
Los derechos y deberes
Social
Cultural
Personal
Permanente
ART 2 NORMAS JURIDICAS
NORMAS GENERALES
QUE
regulan los servicios publicos educativos cumpliendo una funcion social
ART 3 PRESTACION DEL SERVICIO
Instituciones
comunitarias sin animo de lucro
Publicas
Particulares
ART4 CALIDAD Y CUBRIMIENTO
A cargo de
El estado
La sociedad
La familia
ART5 FINES DE LA EDUCACION
Fomentar la capacidad creadora
formacion en la preservacion en la salud y la higiene
Formacion de la practica del trabajo
Conciencia medio ambiental
Desarrollo de capacidad critica
Conciencia de la soberania nacional
Acceso al conocimiento
Generacion de conocimientos
Adquisicion de conocimientos
Respeto por la nacion
Participacion Social
Respeto por la vida
Desarrollo de la personalidad
ART 6 COMUNIDAD EDUCATIVA
Administrativos Escolares
Directivos Docentes
Egresados
Padres
Educadores
Estudiantes
ART 7 LA FAMILIA
RESPONSABLLE DE
Educar en el hogar
contribuir a las instituciones
Participar en los consejos directivos
ser participes de las asociaciones de padres de familia
Buscar y recibir orientacion
Informarse sobre el rendimiento y comportamiento
Matricular a sus hijos
ART8 LA SOCIEDAD
La sociedad participa
A fin de
Hacer efectivo el principio costitucional el cual prevalece los derechos de los niños sobre los derechos de los demas
Fomentar instituciones que apoyen la educacion
Fomentar, prteger , defender a educacion
Apoyar al fortalecimiento de la educacion
verificar la buena ejecucion de la educacion
exigir cumplimiento
ART 9
El derecho a la educación. El desarrollo del derecho a la educación se regirá por ley especial de
carácter estatutario.
TITULOII
Subtopic
TITULO V Formacion y capacitación
Educando
Deben participar activamente en su formación integral
El estado beneficiará al educando con
Beneficios para entrar a la educacion superior
Premio al rendimiento estudiantil
Subsidios y creditos de estudio
Seguro estudiantil
Carnet estudiantil
El estado debe otorgar al educando
formación para trabajo en equipo
formación en valores
acceso a la cultura
Conocimiento tecnico y cientifico
Curriculo y plan de Estudios
Se define como el conjunto de esquemas,criterios y procesos que contribuyen en la formación integral de los estudiantes por medio de programas,metodologías y planes de estudio
disenado por
Secretaria de Educación
Distritales
Departamentales
regulado por
Ministerio de Educación nacional