ACCIONES CONSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

PARTICIPACIÓN CIUDANANA

Se entiende por participación ciudadana
a un derecho constitucional que le permite a
los usuarios de los diferentes servicios
participar en la toma de decisiones que afecten su
economía, política, administrativa y cultural

Maneja herramientas de
participación que son

PETICIÓN: es una solicitud de forma 
verbal o escrita ante un servidor público
con el fin de obtener respuesta ante la misma

PETICIÓN: es una solicitud de forma
verbal o escrita ante un servidor público
con el fin de obtener respuesta ante la misma

QUEJA:  es una manifestación de inconformidad
por parte de los usuarios de una empresa o servicio
que se presenta con el fin

QUEJA: es una manifestación de inconformidad
por parte de los usuarios de una empresa o servicio
que se presenta con el fin de corregir o adoptar medidas
ante la misma

RECLAMO: es una solicitud hecha por un usuario que manifiesta la inconformidad por la ejecución o actuación
de la empresa con

RECLAMO: es una solicitud hecha por un usuario que manifiesta la inconformidad por la ejecución o actuación
de la empresa con el objetivo de que se tomen correctivos

tiempo de respuesta

existen cuatro casos

Derecho de Interés Particular: 15
días hábiles desde la fecha de recepción

Solicitud de Consulta ante una entidad: se
resolverá en un término máximo de 30 días

Derecho de Petición sobre
solicitud de copias y certificaciones: plazo
no mayor de 03 días

Derecho de petición de Información
o solicitud de copias de documentos: 10 días hábiles

ACCIONES CONSTITUCIONALES

Son aquellas actitudes voluntarias
de un sujeto de derecho para procurarse
un bien que estima necesario para su satisfacción.

ACCIONES DE CUMPLIMIENTO

Descritas así en la constitución política de 1991
"Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial
para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. En caso de prosperar la acción la sentencia ordenará a la autoridad renuente el cumplimiento del deber omitido"

tiene como finalidad

Brindar mecanismo de protección
de derechos por excelencia a los derechos
sociales, económicos y culturales

No es una acción de momo directo
es un principio de legalidad y eficacia
del ordenamiento jurídico

permite

Solicitar el cumplimiento
de las normas con fuerza material
de la ley y actos administrativos

lo puede realizar

Según el artículo 4° de la ley 393 toda
persona y puede inferirse que esta tiene un
carácter mixto, es pública pero puede
llegar a se privada

Se acciona ante la jurisdicción contencioso
administrativa , cuyos jueces son los encargados
de controlar el ejercicio de la función administrativa

la cual

No tiene término de caducidad
lo que significa que puede interponerse
en cualquier momento

ACCIÓN DE HÁBEAS CORPUS

Es un derecho fundamental y una acción constitucional
que tutela la libertad personal cuando se es privado de la libertad violando un derecho

puede

Solicitarse una vez y para su aprobación
se aplica el principio pro homine

Debe tener un contenido
específico

1. Nombre del implicado
2. Razones de Ilegalidad
3. Fecha y lugar de reclusión
4. Nombre y cargo del funcionario
5. Afirmación bajo gravedad de juramento

De no completarse la
totalidad de los requisitos,
no determinará el trámite del
Hábeas Corpus.

garantiza los derechos
de

1. Invocar ante cualquier autoridad judicial
competente el Hábeas Corpus para que sea resuelto en un término de 36 horas.
2. Que la acción pueda ser invocada por
terceros en su nombre.
3. Que la acción pueda ser invocada en
cualquier tiempo mientras que la violación persista.
4. Que la actuación no se suspenda o aplace por la interposición de días festivos o vacancia judicial.

persigue

La liberación de la persona privada
de la libertad, por auto-interlocutorio contra
el que no proceden recursos

se tramita

En los lugares donde haya dos o más
autoridades judiciales competentes, quienes
no podrán ser recusadas en ningún caso.

ACCIÓN DE TUTELA

Según la constitución política es la protección
inmediata de sus derechos constitucionales
fundamentales, que resulten vulnerados o amenazados
por cualquier persona o autoridad pública

tiene como finalidad

Proteger los derechos fundamentales
en una determinada situación jurídica

La solicita

Toda persona que tenga
una reclamación ante los jueces
sobre sus derechos

DERECHO DE PETICIÓN

Es un derecho fundamental contemplado
en la constitución que consiste en que todo
ciudadano tiene el derecho de hacer peticiones
a las autoridades públicas y privadas y a obtener
una respuesta de las mismas

términos

1. 15 días para contestar quejas
reclamos y manifestaciones
2. 10 días para contestar peticiones
de información
3. 30 días para contestar consultas

la respuesta
debe ser

Adecuada, Efectiva
Oportuna

tipos

Quejas, Reclamos,
Manifestaciones, Peticiones
de Información

PRESENTADO POR:
KARENT JULIETH BARRERO
ESTUDIANTE FISIOTERAPIA
OCTUBRE
2015

BIBLIOGRAFÍA
Peñuela, S. Prieto, H. Mondragón, v. Monroy, R. (2010) Acciones Constitucionales en Colombia. Recuperado el: 20 de Octubre de 2015. Tomado de: http://es.slideshare.net/rubendml/acciones-constitucionales-en-colombia

Ministerio de Minas y Energía. Instituto Colombiano de geología y minería-INGEOMINAS. Cartilla de Participación Ciudadana. Recuperado el: 21 de Octubre de 2015. Tomado de: http://www2.sgc.gov.co/getattachment/Home/comunicaciones/Quienes-Somos-/Cartilla_participacion_ciudadana_Ingeominas.pdf.aspx