ALTERANTIVAS DE LA ETAPA PRPDUCTIVA
CONTRATO DE APRENDIZ
A través de los contratos de aprendizaje los empresarios apoyan la formación de los aprendices para que adquieran conocimientos prácticos en entornos laborales, contribuyendo en su desarrollo profesional y personal.
¿Qué empresas deben realizar contratos de aprendizaje?
Toda empresa privada que realice cualquier tipo de actividad económica diferente al sector de la construcción, y que tenga quince (15) o más trabajadores, debe realizar un (1) contrato de aprendizaje por cada veinte (20) trabajadores y un (1) contrato adicional por fracción entre 10 y 20 colaboradores.
PROYECTO PRODUCTIVO
Conformación empresa
Certificado por la subdirección del SENA
Apoyo de la unidad de Emprendimiento
PASANTIAS
El empresario no está obligado a pagar ningún apoyo de sostenimiento, la única obligación que tiene es la cobertura a ARL y el reconocimiento previamente hablado entre las dos partes (económico o en especie
Existen 3 tipos de pasantía
Apoyo a institución estatal nacional, territorial, ONG o entidad sin ánimo de lucro
Apoyo a una empresa pyme (pequeña y mediana
Documentación requerida para esta alternativa
Acuerdo de voluntades
Certificado de afiliación EPS (Régimen contributivo o subsidiado)
Fotocopia del documento de identidad del aprendiz ampliado al 150%
Certificado de afiliación ARL
Cámara de comercio y/o RUT de la
Apoyo a unidad productiva familiar
VÍNCULO LABORAL
Actividades relacionadas con el programa de formación
Documentación requerida
Cámara de comercio de la empresa
Certificado de afiliación EPS
Copia del contrato laboral
Certificado de afiliación ARL
Documentación del aprendiz ampliado al 150%
MONITORIAS
Apoyo brindado en el SENA durante la etapa lectiva en las áreas relacionadas a la formación.
Característica
Convocatorias de inscripción son realizadas por bienestar del aprendiz y convalida 240 horas de las 880 que pide la etapa práctica