No desaparece
Cubre acotes de
Mediante e-learning
Redefine el conepto
Excepción
Datos de origen
desde divulgación
Muerto el ultimo autor
Muerto el autor

ASPECTOS LEGALES DEL E-LEARNING

La protección de los datos personales y de la intimidad

Derecho a la intimidad =
Derecho fundamental

internet,persona=
dato(uso ajeno)

Naturaleza del Derecho:
Intimidad frente a privacidad

(T.C.E.)
Art 18.1.CE

Derecho a la intimidad

(T.C.E.)
Art 18.4 CE

Derecho a protección
de datos personales

Evolución y marco normativo
sobre protección de datos

Normativa
específica

A nivel internacional

Convenio del Consejo de Europa
28 de feb. de 1981

Protege datos personales

En la Unión Europea

Futura política de
protección de datos

Directiva 95 /94/ CE

Protege personas físicas (datos)

Directiva 2002 /58/CE

Protege intimidad
(comunicación electrónica)

A nivel nacional

España

Art 18.4. CE

Honor, e intimidad
personal y familiar

LORTAD

LOPD

Autorregulación

Mecanismos de autocontrol

Sector privado

Codigo tipo=
codigo de conducta

Sistema americano =
+autorregulación

Sistema europeo=
Regulación legal comprensiva

Ley Orgánica 15/1999 de
protección de datos personales

LOPD

Principios

Datos adecuados y exactos

Consentimiento

seguridad

¿Que es un dato de
carácter personal?(LOPD)

Cualquier dato de
carácter personal

Obtención de
datos

Datos no obtenidos por
el interesado

informar al interesado

Datos accesibles=uso sin
conocimiento del interesado

Uso legítimo

Obtener datos
mediante cesión

Cumplimiento finalidades

Consentimiento del interesado

Creación de ficheros de
titularidad pública y privada

LOPD

Ficheros públicos
(art. 20-24)

Disposición general (BOE)

Ficheros privados

Actividad u objeto

Protección de personas

Publicidad

regulación específica

Obligaciones del
responsable del fichero

Garantizar la
seguridad del mismo

Guardar el secreto
profesional

Derechos del
titular

Acceder

Consultar

Cancelar y borrar

Movimiento internacional
de datos

Datos fuera de Europa

La protección de la
propiedad intelectual

Fundamentos de la
propiedad intelectual

El concepto de la
propiedad intelectual

Nomenclatura internacional=
Derechos de autor y conexos

España

Derecho de
autor

TRLPI

Europa continental

Derecho de autor

Personalista

Europa Anglosajona

Copyright

Colectivista

UCSA

México

LFDA

Objeto de la propiedad
intelectual :la obra

España y Mexico

Prestaciones creativas(D. conexos)

-50 años

Convenio de Berna (1887)

Obra literaria o artistica =
Forma de expresión

intangible

Titular de la propiedad
intelectual: el autor

Autor(es)

1 autor = creador

Obre relacionada=
Relación laboral o encargo

Obra colaborativa=
varios autores

D. Explotación

Titulares derivativos

Contrato, estamento,
herencia

Reglas de titularidad

Relación laboral o encargo

España

Relación labora=
ART. 51 TRLPI

México

LPDA

D. Patrimonial

Relacion laboral
Empleador=empleado

Obra por encargo --->
persona que encarga

USA

Obra por encargo--->
titular inicial

Derechos de autor morales , de explotación y plazo de protección

Derechos morales

Personales

Derechos de explotación

Económicos

Droite Suite

Subasta

TIC= Copia privada

Afecta a titular y autor

Derechos de simple
remuneración

Plazo de protección

U.E.

70 años

Obra colaborativa

70 AÑOS

Obras colaborativas o
autor desconocido

70 años--->
Dominio público

Excepciones del
derecho de autor

(Sin) autorización

Educación, cultura etc

titulares-usuarios

Excepciones

TRLPI y LFDA

P. Anglosajones y USA

Flexibilidad y neutralidad

Cesión de los
derechos de autor

Contrato= delimitación

Explotación, territorio
y tiempo

Cesión= Participación
proporcional en ingresos

La protección de
las bases de datos

Europa

Protección doble

Sistema de protección

Estructura (obra protegida)

Sui generis

Inversión

Tiempo

Conocimiento

Algunos apuntes del conflicto
de leyes en materia de propiedad
intelectual en internet

Convenio de Berna (1986)

Principal instrumento internacional

Protección de derechos de autor

Principio de territorialidad

Derecho de autor
como paises

Necesidad de ley uniforme

OMPI

Problemas de derecho
internacional privado

Estado

Propiedad industrial

Roma II

Sector público

Datos obtenidos
del interesado

Voluntariedad u obligación

La ley exime

Datos de Administración pública

Contratos

Datos protegidos

Ideología, religión etc

Datos con tratamiento
especial

Racial, sexual,
salud, infracción(es)

Menos protección

El derecho de reproducción

Reproducido= copia privada

Comunicado públicamente=
vulneración de derecho de autor

Internet

Cualquier uso =copia

Visualizar texto o imagen=
reproducción (DDASI)

Copias en RAM y similares

El derecho de
comunicación publica

Pluralidad

Acceso sin distribución

Internet

Público

Transmisión sin autorizacion

Infracción

Excepciones de cita y para
finalidades educativas y de
investigación

Recurso preciado por
los docentes

Analisis

Fines docentes

DDASI (ART. 5 .3)

Reproducción
y comunicación

Therr step test

Fagil equilibrio

Autor

Público

Enlaces de
paginas web

Tipos de enlaces

Normales

P. Diferente

Directo

Profundo

Ensamblados

La anterior

Marco

Marco
diferente

Discusión

Reproducción o
comunicación pública

Europa y USA

Titular

Consiente

Prohibe

No limita la
reproducción

DDASI (ART 5.5)

Uso de enlaces

Elementos extraterritoriales =
conflicto de leyes

Interceptar el contenido
en cada frontera

No existe ´´lugar´´
en internet

Leyes reales para
un mundo virtual

Ley uniforme

Algunas cuestiones especificas de la
propiedad intelectual en el ámbito
del e-learning

Uso de obras protegidas---->
autorización

El derecho internacional privado en internet: Globalidad frente a territorialidad

¿Que ley o tribunal persiguen
la infracción en internet?

El derecho internacional privado
prevé y detrmina que leyes y
tribunales lo regulan

La jurisdicción
competente

En Europa (ámbito geográfico y jurisdiccional)

Materia civil
(diferentes
tribunales)

Demanda civil o mercantil

Demanda de contrato

Daños y perjuicios

Responsabilidad (extra)contractual
=elección de foro competente

Materia penal (tribunales)
donde se comete el delito

A nivel internacional

Jurisdiccion in
personam =
circunstancias

General

Demandado y foro
en contacto

Específica

Actos intencionados
dirigidos al foro

¿Que hacer ante el abanico
de posibles foros competentes?

Elementos para elegir
foro de demanda

Probabilidades de éxito

Tribunal competente

Países de respuesta

Ley aplicable

Depende del foro competente

Materia contractual
(Convenio de Roma de 1980)

Contrato--->Ley (escogida)

Contrato---> Ley (no escogida)
vínculos mas estrechos

Contrato con comunidades
=reglas diferentes

Disposiciones imperiales

Ley del país de
residencia del consumidor

Materia extracontractual
(penal)

Ley del país de
la infaccion

Modificación del
convenio de Roma