DERECHO PROCESAL PENAL
- Iván Gómez Torres-

METODOLOGÍA

LA CONSTITUCIÓN Y EL DERECHO PROCESAL PENAL

PODER JUDICIAL

SUJETOS PROCESALES

OBJETO DEL DELITO Y REPARACIÓN CIVIL

LA ACCIÓN CIVIL

LA ACCIÓN PENAL

EXCEPCIONES

NOTAS PREVIAS

EXCEPCIÓN DE IMPROCENCIA DE ACCIÓN

Naturaleza juridica

Causas de improdencia de acción
-Se discute la subsunción normativa
Art. 6.1.b CPP

r

Artículo 6 Excepciones.-1. Las excepciones que pueden deducirse son las siguientes:a) Naturaleza de juicio, cuando se ha dado al proceso una sustanciación distinta a la prevista en la Ley.b) Improcedencia de acción, cuando el hecho no constituye delito o no es justiciable penalmente.c) Cosa juzgada, cuando el hecho punible ha sido objeto de una resolución firme, nacional o extranjera contra la misma persona.d) Amnistía.e) Prescripción, cuando por el vencimiento de los plazos señalados por el Código Penal se haya extinguido la acción penal o el derecho de ejecución de la pena.2. En caso que se declare fundada la excepción de naturaleza de juicio, el proceso se adecuará al trámite reconocido en el auto que la resuelva. Si se declara fundada cualquiera de las excepciones previstas en los cuatro últimos literales, el proceso será sobreseído definitivamente.

Procedimiento

1. Se cuestiona la FIP o AF

2. Se deduce:

Al contestar Querella
Art. 7.1 CPP

De oficio
Art. 7.3 CPP

De parte
Art. 7.3 CPP

Investigación preparatoria
- Art. 7.1 CPP
- Art. 8 CPP

Etapa Intermedia
Art. 7.2 CPP

Actos preparatorios

Instalación de la audiencia
Art. 351.2 CPP

Desarrollo de la audiencia
Art. 351.3 CPP

Deliberación y decisión
Art 352, incisos 1 y 3 del CPP

Si existe igual situación jurídica con otros imputados tiene efecto extensivo, art. 8.6. CPP

Si se analiza la subsunción en JO o Corte Suprema, sólo corresponde sostener la aticipidad

4. Las veces que sean necesarias. Nunca repitiendo el mismo debate

5. Juez de primera instancia declara:

6. Procede recurso de apelación

7. Procede recurso de casación, art. 427 y 429 CPP

Efectos de la resolución

Sobreseido definitivamente, art. 6.2 CPP

DECOMISO

ESTRUCTURA DEL PROCESO PENAL

MEDIOS DE COERCIÓN

TEORÍA DE LA PRUEBA

TEORÍA DE LA IMPUGNACIÓN

PROCESOS PENALES ESPECIALES

BIBILIOTECA

TIEMPO DE VIDA INVERTIDO

GOMEZ & SERPA ABOGADOS
Estudio Juridico digitalizado

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Iván Gómez Torres
Abogado de UNMSM

Iván Gómez Torres
Abogado de UNMSM