DERECHOS COLECTIVOS O DE TERCERA GENERACIÓN

Los derechos colectivos son derechos humanos específicos de los cuales son titulares ciertos grupos humanos.

DERECHOS AMBIENTALES

La Constitución también
reconoce a toda la población el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente
equilibrado así como reparaciones e
indemnizaciones para los consumidores
afectados por productos o acciones lesivas sea
de actores públicos o privados

El derecho colectivo a un medio ambiente sano
ampara tanto la salud de la comunidad como la de cada uno de los individuos que la forman

DERECHOS ÉTNICOS

La Constitución reconoce a los
pueblos indígenas derechos colectivos a su identidad cultural, propiedad, participación,
educación bilingüe, medicina tradicional, entre otros, al igual que los pueblos afrodescendientes.

Los derechos colectivos
de los pueblos indígenas implican y protegen el
derecho individual a la cultura de cada persona.

DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES

Los derechos colectivos se distinguen de otros
derechos de tercera generación porque es relativamente posible determinar quienes concretamente pueden reclamarlos o son afectados por su violación

Los derechos colectivos tienden a
referirse a grupos más específicos. No obstante, esta
determinación del grupo concreto afectado no siempre es fácil o posible

Ejemplo de derechos colectivos.

Derecho al desarollo

Derecho a la paz

Derecho al patrimonio artístico y cultural

Derecho a un ambiente sano