ETAPAS DEL PROCESO LEGISLATIVO

2. Discusión y Aprobación

Regulada por los artículos 72 de la constitución Mexicana y del 95 al 134 del RICG.

Aprueba o rechaza la iniciativa de la nueva ley o decreto que se presento

Cuando se recibe la iniciativa se turna a la comisión.

Le corresponde el estudio en razon de la materia

Sera publicada en la Gaceta Parlamentaria

Todo dictamen de comisión deberá tener una parte expositiva

Los miembros de la comisión firman los dictámenes

Publicados con los votos particulares

A mas tardar 48 horas

Serán puestos en discusión y aprobación

4. Publicación

Si el titular del ejecutivo no tiene mas observaciones

Ordenara la publicación de las Leyes

Ordenara la publicación de los Decretos

¿En donde se publica?

En el periódico Oficial del estado

Artículos 74 y 93 Constitucionales

1. Iniciativa.

Regulado por los Articulos constitucionales 71 y 122

Integración del Quórum

0.33%

¿Que pasa si la iniciativa es rechazada?

Regresa a la camara de origen

¿Quien puede presentar una iniciativa para la creacion de nuevas leyes?

La camara de Senadores

La camara de Diputados

El presidente

Las legislaturas del estado

La asamblea legislativa del distrito Federal

3. Sancion

Aprobación de la iniciativa en las dos cámaras.

El presidente de la republica manifiesta su acuerdo

Sanciona la Ley o Decreto

Es el acto de aceptacion de una ley o decreto

Ordena su promulgacion

Consiste en una declaracion solemne

Expresa sus inconformidades formulando objeciones al proyecto

5. Iniciación de Vigencia

Da conformidad con el articulo 78

Leyes, Decretos y demas dispocisiones de observancia general obligan a partir del dia que en las mimas se fije.

Al día siguiente en el periódico oficial del estado