ETAPAS DEL PROCESO LEGISLATIVO
2. Discusión y Aprobación
Regulada por los artículos 72 de la constitución Mexicana y del 95 al 134 del RICG.
Aprueba o rechaza la iniciativa de la nueva ley o decreto que se presento
Cuando se recibe la iniciativa se turna a la comisión.
Le corresponde el estudio en razon de la materia
Sera publicada en la Gaceta Parlamentaria
Todo dictamen de comisión deberá tener una parte expositiva
Los miembros de la comisión firman los dictámenes
Publicados con los votos particulares
A mas tardar 48 horas
Serán puestos en discusión y aprobación
4. Publicación
Si el titular del ejecutivo no tiene mas observaciones
Ordenara la publicación de las Leyes
Ordenara la publicación de los Decretos
¿En donde se publica?
En el periódico Oficial del estado
Artículos 74 y 93 Constitucionales
1. Iniciativa.
Regulado por los Articulos constitucionales 71 y 122
Integración del Quórum
0.33%
¿Que pasa si la iniciativa es rechazada?
Regresa a la camara de origen
¿Quien puede presentar una iniciativa para la creacion de nuevas leyes?
La camara de Senadores
La camara de Diputados
El presidente
Las legislaturas del estado
La asamblea legislativa del distrito Federal
3. Sancion
Aprobación de la iniciativa en las dos cámaras.
El presidente de la republica manifiesta su acuerdo
Sanciona la Ley o Decreto
Es el acto de aceptacion de una ley o decreto
Ordena su promulgacion
Consiste en una declaracion solemne
Expresa sus inconformidades formulando objeciones al proyecto
5. Iniciación de Vigencia
Da conformidad con el articulo 78
Leyes, Decretos y demas dispocisiones de observancia general obligan a partir del dia que en las mimas se fije.
Al día siguiente en el periódico oficial del estado