Formas jurídicas
Empresario individual
Es la persona particular que por su cuenta y riesgo ejerce una actividad empresarial de forma habitual, personal y directa.
Trabajadores mayores de 18 años
Profesionales que trabajan por cuenta propia
Administradores
Cónyuge y familiares de segundo grado
Los socios
Consejeros
Sociedad limitada
La responsabilidad está limitada a la aportación
El número mínimo de socios es uno
El capital mínimo para constituir una SL es de 3000€
Participaciones de manera que cada socio tendrá un número de proporcional al capital aportado
Recibir un dividendo o beneficios, la toma de decisiones y la compra de nuevas participaciones
La Junta General de Socios, el administrador o administradores y Consejo de Administración
Los administradores pueden darse de alta en el régimen de autónomos, los socias que sean trabajadores serán dados de alta en el régimen general y los socios que solo aporten capital no se darán de alta
El Impuesto de Sociedades por un porcentaje fijo sobre los beneficios
Sociedad limitada nueva empresa
Capital social entre 3000 y 120000€
El número máximo de socios serán de 5 socios
El nombre estará formado por los apellidos y nombre de unos de los socios
Puede aplazar el pago de impuestos
El administrador es necesario ser socio
Su constitución se puede hacer de forma temática en 48 horas
Sociedad anónima
Su capital mínimo de constitución de 60000€
Se divide en acciones las cuales pueden venderse de forma libre
Los órganos de gobierno son la Junta Generales de Accionistas y el Consejo de Administración o administrador
Sociedad limitada laboral y sociedad anónima laboral
Número mínimo de socios es 3,al menos 2 serán trabajadores
Los socios trabajadores deben ser propietarios al menos un 51% del capital
Los socios no trabajadores no podrán tener más del 49% del capital
Es posible contratar a trabajadores asalariados que no sean socios
Cooperativa de trabajo asociado
Pueden ser socios de los que trabajan en la cooperativa
Se basa en el principio de libre adhesión y baja voluntaria
Las decisiones se toman en la Asamblea y el retorno del beneficio se hará proporcional a la participación
El mínimo de socios es de 3
Pueden contratarse a trabajadores no socios
Otras formas jurídicas
Sociedad colectiva
Pueden aportar capital, trabajo o ambas cosas
Los socios colectivos son los que aportan capital a la sociedad y llevan la gestión de la empresa
Los socios industriales que solo aportan trabajo y no tienen responsabilidad
El nombre debe figurar el nombre y apellidos de al menos uno de los socios y las siglas
Los socios deben darse de alta en autónomos
No hay capital mínimo de constitución
Sociedad comanditaria
Hay dos tipos de socios: Los socios colectivos y los socios comanditarios
Los socios colectivos gestionan la sociedad
Los socios comanditarios aportan un capital a la empresa
La comanditaria simple deben haber al menos 2 socios colectivos
La comanditaria por acciones formada por dos o más socios
Comunidad de bienes
No tienen personalidad jurídica
Una comunidad de bienes es un contrato privado por la propiedad de un bien o un derecho que pertenece a varias personas llamados comuneros
La comunidad de bienes podrían ser un despacho de varios abogados que comparten el gasto de alquiler
La responsabilidad de los socios es limitada
Cada socio tributa por IRPF
Los trámites de constitución son más sencillos
Sociedad civil
Es un contrato de colaboración entre varios socios donde ponen en común bienes o dinero o trabajo o industria con la finalidad de repartirse las ganancias
Se diferencia de la comunidad de bienes en que tiene una clara intención de obtención de beneficio económico
Los pactos entre socios son públicos y la sociedad civil pasará a tener personalidad jurídicas propia