GUIÓN - LA EDUCACIÓN DESDE 1970 HASTA AHORA

TEMA 6.1: PAPEL DEL MAESTRO, ORGANIZACIÓN DEL MAESTRO EN CICLO, EQUIPOS.

EL EQUIPO DOCENTE PUEDE SER

DE GRUPO

DE NIVEL O CURSO

DE CICLO

FUNCIONES PRINCIPALES:

- PARTICIPACIÓN

- PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA...

TEMA 6.2: CONTINUIDAD DE LOS MAESTROS CON EL GRUPO DE ALUMNOS(ED. INFANTIL-ED. PRIMARIA)

1. CADA GRUPO TENDRÁ ASIGNADO UN TUTOR

2. EL MAESTRO COORDINARÁ LA ACCIÓN EDUCATIVA DE TODOS LOS MAESTROS QUE INTERVIENEN EN LA ENSEÑANZA DE CICLO

3. EL MAESTRO PODRÁ SER TUTOR DE UNA CLASE DURANTE DOS AÑOS CONSECUTIVOS

TEMA 7.1: ORGANIZACIÓN DE LOS RECURSOS TEMPORALES.

INTERVALOS TEMPORALES:
CURSOS, CICLOS, TRAMOS, ETAPAS Y NIVELES.

LEY 1970

NIVELES: EDUCACIÓN MATERNAL, EDUCACIÓN PREESCOLAR, EGB, BACHILLERATO, BUP, COU, FORMACIÓN PROFESIONAL

LODE

NO ES UNA LEY QUE AFECTA A LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVA POR LO TANTO RECOGE LA MISMA ESTRUCTURA QUE LA LEY DEL 1970.

LOGSE

ETAPA EDUCACIÓN INFATIL: 0 - 3 / 3 - 6 AÑOS. EDUCACIÓN PRIMARIA: 6 A 12 AÑOS. EDUCACIÓN SECUNDARIA: DOS CICLOS: 12 A 14 AÑOS Y DE 14 A 16 AÑOS.

LOCE

PREESCOLAR, INFANTIL, REPETICIÓN DE CURSO DE LA ESO, Y LOS ALUMNOS DE LA ESO.

LOE

EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN SECUNDARIA, BACHILLERATO, FP Y ENSÑANZA UNIVERSITARIA.

LOMCE

EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN SECUNDARIA, BACHILLERATO, FP Y UNIVERSIDAD.

TEMA 7.2: PAPEL DEL ALUMNO

REPETICIONES DEL ALUMNO

AÑOS 1970 - 1980 (LGE) SE PUEDE REPETIR HASTA DOS VECES EN LA EGB

AÑOS 1990 - 2000 (LOGSE) SE PUEDE REPETIR TRES VECES, UNA VEZ EN INFANTIL Y PRIMARIA Y DOS VEES EN LA ESO.

EDAD OBLIGATORIA DE FORMACIÓN

AÑOS 1970 - 1980 (LGE): DE LOS 6 A LOS 14 AÑOS ES OBLIGATORIA LA FORMACIÓN ESCOLAR.

AÑOS 1990 - 2000 (LOGSE): DE LOS 6 A ÑPS 16 AÑOS ES OBLIGATORIA LA FORMACIÓN ESCOLAR.

RATIO DE ALUMNOS POR AULA

AÑOS 1970 - 1980 (LGE): EL RATIO ES DE 40 ALUMNOS POR AULA.

AÑOS 1990 - 2000 (LOGSE): EL RATIO ES DE 25 ALUMNOS POR AULA.

TEMA 7.3: AMPA Y APA.

AMPA: Asociación de Madres y Padres de Alumnos, en España son entidades de derecho privado cuyo objetivo fundamental es la representación de los intereses de los padres, madres o tutores legales en los centros educativos.

APA: Asociación exclusivamente de padres.

TEMA 7.4: ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

1. Se consideran actividades complementarias las organizadas por el Centro durante el horario escolar, de acuerdo con el Proyecto Curricular.

2. Se consideran actividades extraescolares las encaminadas a potenciar la apertura del Centro a su entorno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultura.

3. Corresponde al Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares (DACE).

TEMA 7.5: CRITERIOS PARA LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS DESARROLLADAS DENTRO DEL CENTRO EN HORARIO ESCOLAR

1. La participación del alumnado en estas actividades tendrá siempre un carácter obligatorio.

2. El Departamento didáctico organizador de la actividad procurará que ésta se desarrolle dentro de la franja horaria de su área o materia a fin de que puedan hacerse responsables de ella.

3. En el caso de que la actividad esté organizada por la Vicedirección, el DACE, el Departamento de Orientación o por cualquier Departamento didáctico.

4. En Jefatura de Estudios se llevará un control global.

7.6: DISTRIBUCIÓN DE LAS AULAS.

1. No tenían un límite de aforo de niños como en la actualidad

2. Normalmente en esos tiempos los pupitres eran de madera, muy viejos y gastados, llenos de pintadas y de arañazos.

3. Los alumnos se sentaban en largos y toscos bancos de madera sin respaldo para eso servía la pared.

4. Cuando los alumnos llegaban al aula, lo primero era saludar con el Ave María Purísima de siempre