IASB
OBJETIVOS
Emisión de normas financieras para aplicabilidad internacional
contenidas en
Las normas emitidas deben cumplir con características que permitan
Comprensibilidad
Fácil interpretación de cualquier lector
Transparencia
Fielmente tomadas de la información financiera
Convergencia a las normas de cada pais
No es un plan de cuentas, pero determina la información mínima requerida que se debe adaptar a las políticas contables de cada pais
Continuo proceso de transformación
Las normas están sujetas a las necesidades cambiantes de información internacional y deben adaptarse a los requerimientos actuales.
Comparabilidad
Permita el análisis oportuno de variaciones importantes
Información adecuada para la toma de decisiones
Normas e interpretaciones
IFRS
Antes IAS (international accounting standars)
Establece los requisitos de reconocimiento, medición, presentación e información a revelar sobre las transacciones y hechos económicos que afectan a una empresa y que se reflejan en los estados financieros.
NIIF
Antes NIC (Normas internacionales de contabilidad)
Son el conjunto de principios exigibles y globalmente aceptadas, comprensibles y de alta calidad basados en principios establecidos por el IFRS
Al ser principios y no reglas, permiten el juicio profesional basado en el conocimiento del profesional y las características de la organización
IFRIC
Antes SIC (Standing interpretations commite)
Revisa dentro del contexto de las actuales NIIF y el marco conceptual de IASB , las situaciones de contabilidad que puedan recibir un tratamiento inadecuado por carencia de orientación en busca de un consenso sobre el tratamiento contable adecuado
Se reúne aproximadamente cada seis semanas.
Todas las decisiones técnicas se toman en las reuniones que están abiertos a la observación pública.
Funciones
Desarrollar, estudiar y aprobar las normas financieras
Nombrar Grupos de trabajos o expertos
16 miembros
los miembros de IASB son designados para un período inicial de cinco años, renovable por tres años adicionales. El presidente y los vicepresidentes pueden servir segundos períodos de cinco años, sujeto a un período máximo general de diez años.