se aborda en los artículos del 43 al 45
se aborda en los artículos del 36 al 42
se aborda en los artículos del 68 al 71
se aborda en los artículos 64, 65, 66 y 67
se aborda en los artículos desde el 55 al 63
se aborda en los articulos 50 al 54
se aborda en los artículos del 46 al 49
DEFINICIÓN Y ORGANIZACION CAP I

LEY 115 DE 1994 DERECHO A LA EDUCACION

Esta ley señala las normas generales para regular el servicio publico de educación

En la constitución política esta ley de educación habla sobre:

ENSEÑANZA

APRENDIZAJE

INVESTIGACIÓN

su finalidad: Debe ser acorde a las necesidades y los intereses de las comunidades educativas

ETNOEDUCACION

CAMPESINOS

AFRO, RAIZALES, PALENQUEROS

FAMILIA Y SOCIEDAD EN GENERAL

En el articulo 67 se define la organización y la prestación de la educación FORMAL

PREESCOLAR

BASICA PRIMARIA T SECUNDARIA

MEDIA

se abordan en los artículos del 27 al 35, este nivel comprende los grados 10° y 11°.

Artículos 19 al 26 aborda los contenidos y áreas del conocimiento en este nivel, su finalidad e importancia en el desarrollo del estudiante

Artículos 15, 16, 17 y 18 abordan los enfoques, finalidad e importancia de este nivel

Esta ley indica que la educación es permanente, para todas las edades y orientada a las necesidades de cada persona

EDUCACIÓN PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD O CAPACIDADES EXCEPCIONALES. TITULO 3 CAP 1

Los establecimientos educativos organizarán directamente o mediante convenio, acciones pedagógicas y terapéuticas que permitan el proceso de integración académica y social de dichos educandos.

EDUCACION PARA ADULTOS CAP 2

La educación de adultos es aquella que se ofrece a las personas en edad relativamente mayor a la aceptada regularmente en la educación por niveles y grados del servicio público educativo, que deseen suplir y completar su formación, o validar sus estudios.

El Estado facilitará las condiciones y promoverá especialmente la educación a distancia y semipresencial para los adultos.

EDUCACIÓN PARA GRUPOS ÉTNICOS CAP 3

se ofrece a grupos o comunidades que integran la nacionalidad y que poseen una cultura, una lengua, unas tradiciones y unos fueros propios y autóctonos. Debe estar ligada al ambiente, al proceso productivo, al proceso social y cultural, con el debido respeto de sus creencias y tradiciones.

EDUCACIÓN CAMPESINA Y RURAL CAP 4

Comprenderá la formación técnica en actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales que contribuyan a mejorar las condiciones humanas, de trabajo y la calidad de vida de los campesinos y a incrementar la producción de alimentos en el país.

EDUCACIÓN PARA LA REHABILITACIÓN SOCIAL CAP 5

Esta educación comprende los programas educativos que se ofrecen a personas y grupos cuyo comportamiento individual y social exige procesos integrales para su reincorporación a la sociedad.

EDUACION NO FORMAL CAP2

se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar, en aspectos académicos o laborales.

EDUCACION INFORMAL CAP 3

Conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados.

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA

LEGISLACION EDUCATIVA Y POLITICAS PUBLICAS

LAURA DANIELA MOSQUERA DUSSAN