Ley 5 del 11 de Enero
Artículo 5: definiciones
Actividad industrial
Las empresas constructoras que utilicen el trabajo asalariado de terceros
industria manuales, caseras o artesanías que utlicen mas de 5 trabajadores
autoridad pública y competente
aviso de operación
comercio al por mayor
Artículo 6: tasa de aviso
se pagará una tasa de aviso de operación de quiince balboas para las personas naturales y de cincuenta y cinco balboas para la persona jurídica
Artículo 8: proceso de aviso
Se deberá completar el rigistro de la actividades en el sistema panamá emprende
se deberá pagar toda tasa, derecho, impuesto y contribución requerido para apertura de empresa de sistema
El interesado deberá contar con aprobaciones correspondientes en los casos de la actividades comerciales o industriales en el artículo 2
Artículo 1:Aviso de operación
Toda persona natural o juridica tiene derecho a obtener un aviso de operación
Es el único procesó requerido para iniciar una actividad comercial
La actividad competente es el MICI
Debe contener la información necesaria y al final se debe imprimir
Artículo 3: Validez del aviso de operación
tiene validez judiridica y reposa en el sistema de Panamá emprende
Debe contener una declaración jurada
Artículo 4: actividades exeptuadas
Agricolo, ganadero,apícola, acuicola, avícola y agroforestal
elaboración y venta de artesanía con menos de 5 trabajadores
actividades sin fines de lucro
ejecución de profesionales liberales; servicios de abogado de manera personal