LEY ESTATUTARIA 1475-2011
Titulo 3
Capitulo 1
Articulo 28
Los cantidatos a inscribir deben cumplir con
las cualidades y requerimientos para la isncripcion.
Articulo 29
Se prsenta por medio de un formulario
Articulo 30
Periodos de inscripción
Articulo 31
Revocatoria de la inscripcion
Articulo 32
Aceptación y rechazo de la inscripción
Articulo 33
Divulgacin de los inscritos
aprobados
Inscripcón de los candidatos
Capitulo 2
Como se pone en marcha la campaña electoral
Articulo 34
Definicion de la campaña electoral
Financiamiento
Recaudación
Capitulo 3
Propaganda electoral
Artículo 35
Publicidad que se hace a traves de los medios de comunicacion con un fin
Artículo 36
Reglas que se tienen en cuenta para hacer la publicidad por medio de radio y televisión.
Artículo 37
Cantidad limitada de publicidad
Artículo 38
El voto en blanco tambien tiene derecho a las misma normas de publicidad para las otras campañas
Capitulo 4
Voto electronico
Artículo 39
Planiación e implementacion de esta idea por medio de la REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL.
Articulo 40
Comisión asesora estipulada para la implementacion de esta oportnidad
Registrador nacional
Ministro de interior
Ministro e hacienda
Ministro de tecnologia
Dos magistrados