NIF C-19 INSTRUMENTOS FINANCIEROS
POR PAGAR (IFP)
OBJETIVO
Establecer las normas de valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de los Instrumentos Financieros por Pagar (IFP) en los estados financieros de una entidad económica.
ALCANCE
Son aplicables a todos los IFP de entidades
que emiten estados financieros en los términos establecidos en la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.
IFP
1. Los que la entidad asume dentro del curso normal de sus operaciones por: Compras de bienes o servicios que dan origen a las cuentas por pagar; Préstamos recibidos de instituciones de crédito y otras entidades. 2. Los Instrumentos financieros de deuda emitidos en mercados financieros con objeto de obtener un financiamiento; y 3. Las otras cuentas por pagar, que incluyen
los cobros por cuenta de terceros y las
retenciones.
IFP EN MONEDA EXTRANJERA
O en alguna otra unidad de intercambio
deben convertirse considerando lo
establecido para transacciones en moneda
extranjera en la NIF B-15, Conversión de
monedas extranjeras.
BAJA DE UN IFP
Una entidad debe dar de baja un pasivo financiero (o una parte del mismo) de su estado de situación financiera sólo cuando
éste se extingue; porque se ha cumplido con la obligación; es decir, ésta se transfirió, se liquidó o expiró.
DEFINICION DE TÉRMINOS
PASIVO FINANCIERO
Es un pasivo monetario que surge de un contrato.
INSTRUMENTO FINANCIERO POR PAGAR
Es el que se genera por contratos en los cuales una entidad se obliga a entregar efectivo, otros activos financieros o instrumentos financieros de capital, de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato respectivo para liquidarlo.
VALOR RAZONABLE
Es el precio de salida que, a la fecha de valuación, se recibirá por vender un activo o se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado.
COSTO AMORTIZADO
Es el valor presente de los flujos de efectivo contractuales por cobrar o por pagar de un instrumento financiero más o menos los costos de transacción por amortizar, utilizando el método de interés efectivo.
PASIVO FINANCIERO
Obligación que surge de un contrato, la cual requerirá el uso de recursos económicos monetarios de la entidad.
Una obligación de entregar efectivo u otro
activo financiero a un tercero para liquidarla.
Una obligación contractual para intercambiar activos financieros o pasivos financieros con un tercero bajo condiciones potencialmente desfavorables para la entidad.
Una obligación que será liquidada con un
número variable de instrumentos de capital de la entidad.
CONDICIONES DE RECONOCIMIENTO
-CUENTAS POR PAGAR A PROVEEDORES.
PRÉSTAMOS RECIBIDOS IFP EMITIDOS POR LA ENTIDAD
-OTRAS CUENTAS POR PAGAR (ACREEDORES
-DIVERSOS, RETENCIONES)
NORMAS
NORMAS DE VALUACIÓN
RECONOCIMIENTO INICIAL
IFP A PROVEEDORES
Descuento por pronto pago, no debe reconocerse (excepto cuando la entidad tenga la política de aprovecharlos regularmente).
Precio de la transacción por los bienes y/o
servicios recibidos al considerarse devengada la operación que les dio origen.
Otros importes por pagar (impuestos).
Reconocer cuando se devengue (aún cuando el proveedor no haya emitido la factura).
Reconocimiento de bonificaciones y/o descuentos comerciales.
IFP POR PRESTAMOS RECIBIDOS
Si una entidad recibe un préstamo con una tasa de interés contractual que esté sustancialmente fuera de mercado (por ejemplo, de 8% cuando el mercado para préstamos similares es de 12%), pero se paga una comisión por adelantado al inicio del crédito al determinar la tasa de interés
efectiva, debe tomarse en cuenta dicha comisión.
IFP EMITIDOS POR LA ENTIDAD
Cuando un IFP se emite en una fecha posterior al inicio del período por el cual se pagan los intereses del mismo, debe considerarse que parte del precio de emisión corresponde a intereses ya generados que se pagarán al final del primer período de pago de intereses y el monto correspondiente debe reconocerse como intereses por pagar y no como una prima recibida.
PASOS DE RECONOCIMIENTO
Al precio de la transacción por los bienes, servicios o financiamiento recibidos,
deben sumarse o restarse los costos de transacción, así como otras partidas
pagadas por anticipado, tales como comisiones e intereses.
Determinar el valor futuro de los flujos de efectivo estimados que se pagarán por
principal e intereses contractuales, durante el plazo remanente del IFP o en un
plazo menor, si es que existe una probabilidad de prepago u otra circunstancia que requiera utilizar un plazo menor.
Determinar la tasa de interés efectiva (TIE) del IFP, que se calcula considerando la relación entre los montos determinados en los dos puntos anteriores.
Evaluar TIE vs TI de mercado, considerando: Valor del dinero en el tiempo
Riesgos inherentes de pago para financiamiento similares.
El monto determinado en el paso 1, es el valor razonable del IFP al que debe reconocerse inicialmente; es la base para aplicar el método de interés efectivo
con la TIE resultante del paso 3 o 4; es decir, es la base del costo amortizado del
IFP en el reconocimiento posterior.
CAPITALIZACIÓN DE LA DEUDA
Cuando los accionistas acuerdan capitalizar
adeudos de la entidad a su favor, en cuyo caso el monto del pasivo se considera como monto aportado, no existiendo una utilidad o pérdida en la transacción, en tanto ésta es con accionistas en su carácter de accionistas.
Cuando se acuerda con un proveedor capitalizar una parte o la totalidad de los adeudos con el mismo.
Cuando se acuerda invitar al acreedor como
accionista y se acuerda emitir instrumentos de capital cuyo valor razonable es equivalente al monto del pasivo.
RECLASIFICACIONES
Una entidad no debe reclasificar
sus IFP, ya que la clasificación se
hace desde un inicio y es
irrevocable.
OTRAS CUENTAS POR PAGAR
Los impuestos retenidos por pagar, así
como los impuestos, derechos y aprovechamientos a cargo de la entidad,
distintos a los impuestos a la utilidad, cuyo
monto y fecha de pago están definidos por ley, y otras partidas similares.
Los cobros por cuenta de terceros por
reembolsar.
Deben reconocerse cuando se efectúa la transacción y deben valuarse a su valor nominal.
Una entidad debe evaluar el valor
del dinero en el tiempo de las otras cuentas
por pagar
RECONOCIMIENTO EN EL ESTADO DE RESULTADO INTEGRAL
El gasto por interés efectivo de los IFP a medida que se devenga, con base en la tasa de interés efectiva.
El interés efectivo así como la ganancia o pérdida relativa a la conversión de pasivos denominados en moneda extranjera
La diferencia entre el valor en libros de un pasivo financiero (o de una parte del mismo) que se extingue o se transfiere a un tercero y el monto de la contraprestación pagada debe reconocerse en la utilidad o pérdida neta
RECONOCIMIENTO POSTERIOR
Con posterioridad a su reconocimiento inicial, una entidad debe valuar los IFP a su costo amortizado, excepto por aquéllos valuados a valor razonable.
El costo amortizado debe incluir, entre otros, los incrementos por el interés efectivo devengado y las disminuciones por los pagos de principal e interés y, en su caso, el efecto de cualquier condonación que se haya obtenido sobre el monto a pagar.
El interés efectivo debe reconocer en la utilidad o pérdida neta del período en el que se devenga.
Cuando el IFP tiene una tasa de interés que se modifica constantemente (mensual, trimestral o semestral), el recálculo de los flujos de efectivo contractuales modificaría TIE y, consecuentemente, la amortización de los costos de transacción,
afectaría el valor en libros de los IFP. Medir importancia relativa, si no la tiene, no se requiere recálculo.
NORMAS DE PRESENTACIÓN
NORMAS RELATIVAS AL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
Los pasivos deben presentarse en el estado de situación financiera separando los que se
originan por transacciones comerciales
(proveedores) y otras operaciones (tales como las otras cuentas por pagar y retenciones de impuestos), de los que se originan por financiamiento.
Se valúan a costo amortizado
deben presentarse netos de los costos de transacción por amortizar.
La entidad debe proveer la información necesaria para permitir identificar la integración de las partidas con el rubro específico del estado de situación financiera
Los saldos deudores de importancia que formen parte de las cuentas por pagar a proveedores deben reclasificarse como cuentas por cobrar o como anticipos a proveedores, de acuerdo con su naturaleza.
Los pasivos a favor de partes relacionadas
Deben presentarse o revelarse por
separado, ya que la naturaleza del acreedor les confiere una característica especial en cuanto a su exigibilidad.
NORMAS RELATIVAS AL ESTADO DE RESULTADO INTEGRAL
La entidad debe presentar en un rubro
por separado del estado de resultado
integral, que forma parte de la utilidad
o pérdida neta
El importe del interés efectivo devengado en el período, en el rubro de gastos por intereses
El importe derivado de la conversión de los IFP denominados en moneda extranjera o en alguna otra unidad de intercambio, presentándolo en el rubro de fluctuaciones cambiarias.
Las ganancias o pérdidas por baja de pasivos en la utilidad o pérdida neta, dentro de los resultados relativos a las actividades de operación.
Las variaciones en el valor razonable de un IFP designado a ser valuado bajo dicha base deben presentarse en el RIF o en un rubro específico de la utilidad o pérdida neta, según sea el tipo de entidad.
NORMAS DE REVELACIÓN
BASES DE CLASIFICACIÓN
Una entidad debe revelar las bases de
clasificación y de valuación (a costo amortizado o valor razonable) de los IFP
La naturaleza de los IFP que la entidad ha
designado a ser valuados a valor razonable y cómo es que la entidad cumple con el
reconocimiento posterior.
Las bases de valuación de los pasivos
financieros valuados a costo amortizado y a
valor razonable.
REVELACIONES RELATIVAS AL ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
Las bases de agrupación de las categorías de pasivos:
Proveedores, otras cuentas por pagar, los que originan por financiamiento.
La naturaleza de los financiamientos
Tasas de interés efectivas,
garantías, restricciones financieras, formas de pago o redención y otras que sean relevantes.
Costos de emisión y de transacción de obtención de deuda, y otras partidas pendientes de amortizar.
Los montos de IFP que estén denominados en moneda extranjera o
en UDIS
Incumplimiento de cláusulas de los contratos de financiamiento y sus
efectos en la situación financiera, utilidad o pérdida neta y flujos de
efectivo.
Transacciones de renegociación de deuda efectuadas en el ejercicio y sus efectos, así como una descripción de las renegociaciones en curso.
Pasivos extinguidos en el ejercicio mediante la emisión de instrumentos de capital de la entidad.
Líneas de crédito disponibles, pendientes de utilizar y su costo.
REVELACIONES RELATIVAS AL ESTADO DE RESULTADO INTEGRAL
Una entidad debe revelar las siguientes partidas de ingresos y gastos, y de ganancias o pérdidas, si no se presentan por separado en el estado de resultado integral
El total de gasto por interés (calculado utilizando el
método de interés efectivo) generado por pasivos financieros que se valúan a costo amortizado.
El monto de las ganancias y pérdidas, resultantes de los
pasivos financieros valuados a valor razonable, segregando
el interés.
La ganancia o pérdida al dar de baja un IFP.