NIVELES DE EVALUACIÓN EN COLOMBIA. Decreto 1290
ART.1: ÁMBITOS
Internacional: Participación en pruebas bajo estándares externos.
Nacional: Pruebas y monitoreo de calidad (Men e Icfes)
Institucional: Proceso permanente y objetivo para valorar estudiantes
ART.2: OBJETO
Reglamentar la evaluación de aprendizaje y la promoción de niveles de la educación básica y media en las I.E.
ART 3: PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL
Identificar características, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje individuales para la valoración.
Proporcionar información básica para consolidar o reorientar procesos para el desarrollo integral.
Suministrar información para implementar estrategias pedagógicas en apoyo de procesos que presenten debilidades.
Determinar la promoción de estudiantes
Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.
ART.4: DEFINICIÓN DEL SIEE -Debe contener-
Los criterios de evaluación y promoción
Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes
Las acciones de seguimiento para mejoramiento de desempeños durante el año escolar
Las estrategias de apoyo para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes
Las acciones que garanticen el cumplimiento de los procesos educativos establecidos en el SIEE
La escala de valoración institucional y su equivalencia con la escala nacional
Los procesos de autoevaluación de los estudiantes
La estructura de los informes académicos y la periodicidad de entrega a padres de familia
Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención para resolución de dudas y reclamaciones por la comunidad educativa sobre el proceso de evaluación
Los mecanismos de participación de la comunidad educativa para la construcción del SIEE
ART.5: ESCALA DE VALORACIÓN NACIONAL
Desempeño superior: cuando el estudiante alcalza todos los logros en forma satisfactoria.
Desempeño alto: cuando el estudiante alcanza todos los logros
Desempeño básico: cuando el estudiante alcanza en forma básica todos los logros
Desempeño bajo: cuando el estudiante no alcanza los logros propuestos
Cada I.E. define y adopta su escala de valoración que puede ser cualitativa o cuantitativa.
ART.6: PROMOCIÓN ESCOLAR
Cada I.E. determina los criterios de acuerdo con su SIEE y la definición del porcentaje de asistencia, en caso de no promover debe garantizar el cupo.
ART.7: PROMOCIÓN ANTICIPADA
El consejo académico de la I.E. determina los criterios por los cuales el estudiante que no fue promovido, pueda pasar al grado siguiente después del primer periodo, previa solicitud de sus padres y con el aporte de evidencias de trabajo y excelentes resultados para todas las asignaturas
ART.8: CREACIÓN DEL SIEE
Definir el Sistema Institucional de evaluación de los estudiantes
Socializar el SIEE con la comunidad educativa
Aprobar el SIEE en el Consejo Directivo, levantando el Acta
Incorporar el SIEE en el Proyecto Educativo Institucional articulándolo con las necesidades de los estudiantes, el plan de estudios y los planes de área
Divulgar el SIEE a la comunidad educativa y los procedimientos y mecanismos de reclamación ante éste
Subtopic
Informar sobre el SIEE a los nuevos integrantes de la comunidad educativa de cada periodo
ART.19: VIGENCIA
Para el calendario A el presente decreto rige a partir del 1 de enero de 2010
Para el calendario B a partir del inicio del año escolar 2009-2010
Deroga los decretos 230 y 3055 de 2002 y las demás disposiciones que le sean contrarias a partir de estas fechas.
ART.18: GRADUACIÓN
Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de bachiller académico o técnico cuando hayan cumplido con todos los requisitos y promoción adoptados por las I.E. en su P.E.I de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias
ART.17: CONSTANCIA DE DESEMPEÑO
Las I.E. deben expedirlas bajo solicitud, y deben incluír grados cursados, informes periódicos, diagnósticos y estrategias de apoyo de los estudiantes
ART.16: REGISTRO ESCOLAR
Las I.E. deben llevar un registro actualizado de los estudiantes que contenga y la base de datos con los informes de valoración de grados incluyendo las novedades académicas
ART.15: DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
Participar a través de las instancias del gobierno escolar en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y la promoción escolar.
Realizar seguimiento permanente al proceso educativo de sus hijos
Analizar los informes periódicos de evaluación
ART.14: DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
Conocer el SIEE desde el inicio del año escolar
Acompañar el proceso formativo y evaluativo de los estudiantes.
Recibir los informes periódicos de evaluación y en forma oportuna las respuestas a solicitudes realizadas sobre el proceso evaluativo de los estudiantes
ART.13: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por la I.E.
Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades
ART.12: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Ser evaluado en forma integral
Conocer el SIEE
Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes presentadas
Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje
ART.11: RESPONSABILIDADES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
Definir, adoptar y divulgar el SIEE después de aprobado
Incorporar el SIEE en el PEI y todo lo definido por el consejo directivo sobre éste
Realizar reuniones con docentes y directivos para analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y apoyo para superar debilidades en los procesos educativos de los estudiantes con las respectivas recomendaciones a las familias.
Promover y mantener comunicación constante con las familias de los estudiantes, presentando los informes periódicos de desempeños
Crear comisiones para realizar seguimiento a los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes
Atender requerimientos de padres de familia y programar reuniones periódicas o cuando sea necesario
Decidir, a través del Consejo Directivo situaciones de reclamación que se presenten sobre el SIEE
Analizar en forma periódica los informes de evaluación para identificar lo que no esté funcionando y realizar las correcciones.
Colaborar con el proceso de inscripción de los estudiantes a las pruebas del Icfes y realizar el seguimiento
ART.10: RESPONSABILIDADES DE LAS SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN
Analizar los resultados de pruebas externas a su jurisdicción para constrastar con las de sus Instituciones Educativas
Orientar, acompañar y realizar seguimiento a los SIEE de las I.E. bajo su jurisdicción
Trabajar en equipo con los directivos docentes para facilitar la divulgación e implementación del decreto
Resolver las reclamaciones sobre movilidad de estudiantes entre las I.E. de su jurisdicción.
ART.9: RESPONSABILIDADES DEL M.E.N
Publicar información clara y oportuna sobre resultados de pruebas externas nacionales e internacionales para usarlas como insumo de mejoramiento en la calidad educativa.
Expedir y actualizar orientaciones para la implementación del sistema institucional de evaluación.
Orientar y acompañar a las Secretarías de Educación en la implementación del decreto.
Evaluar la efectividad de los diferentes sistemas institucionales de evaluación de los estudiantes