Pasos a seguir
para la aprobación
de un tratado en
materia económica

Paso 1:

El Senado de la República requerirá un
informe a las Secretarias de Estado, al
inicio de cada periodo ordinario de
sesiones, sobre el inicio de negociaciones
formales de un tratado.

El cuál deberá contener:

Las razones para negociar así
como las consecuencias de no
hacerlo;

Los beneficios y ventajas esperadas,
además de la expectativa de cumplir
con los objetivos del tratado

Un programa inicial del proceso
de negociación calendarizado.

Paso 2:

Con base en la información sobre el avance
de las negociaciones, las comisiones o las
subcomisiones que representen a México en
dichas negociaciones, deberán realizar un
informe detallado sobre el resultado final
completo de las negociaciones.

El cuál deberá contener:

Los beneficios que se obtuvieron
en la negociación;

Los alcances de
la negociación;

Los compromisos de
la negociación, y

Las normas legales y administrativas
que tendrían que modificarse de
acuerdo con el tratado internacional.

Paso 3:

El Senado de la República con base
en la información recolectada, y conforme
a lo arts. 58 y 59 del RGICGEUM, emitirá si
lo considera necesario, un Punto de Acuerdo, relativo al contenido del informe.

Paso 4:

Durante el periodo ordinario las
Secretarias de Estado y/o cualquier
organismo que represente a México en
la negociación, deberá presentar informes
periódicos con base en el programa inicial
a las Comisiones Legislativas a las que
haya sido turnado el informe de negociación.

Paso 5:

Para la aprobación de algún tratado ya
firmado deberá someterse al Senado
junto con los siguientes documentos:

Un escrito con todas las acciones
administrativas para aplicar los
objetivos que correspondan al
tratado de que se trate;

Una explicación de cómo la
aprobación del tratado afectará
las leyes y reglamentos de México;

Los rubros que México
concedió durante la
negociación;

La forma en que se cumplirán
los objetivos que correspondan
al tratado firmado;

La manera en que
el tratado cumple con
los intereses de México, y

Las reservas que los
países miembros del
tratado establecieron
y las razones.

Paso 6:

Para la aprobación del tratado,
el Senado de la República deberá
turnar el tratado a las comisiones
competentes, en la sesión siguiente
a la fecha en el el Ejecutivo Federal
lo haya sometido al Senado para su
posterior publicación en el Diario
Oficial de la Federación y entrada
en vigor.

Referencia:

Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica. (2004, 2 septiembre). Artículo 5-10, Capítulo III. DE LOS PROCEDIMIENTOS DE INFORMACIÓN SOBRE LA CELEBRACIÓN DE TRATADOS. Diario Oficial de la Federación. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/271.doc