Resolución 113 de 2020 - Certificación de Discapacidad y Registro de Localización y
Caracterización de Personas con Discapacidad
Autoreconocimiento y
voluntariedad
Este procedimiento debe darse
bajo su libre elección y reconocimiento
de su discapacidad.
Equipos multidisciplinarios
Conformado por tres profesionales los cuales deben
estar registrados en el Directorio Nacional de Certificadores
de Discapacidad
Un médico general o especialista
Dos profesionales de alguna de estas áreas: fisioterapia, terapia ocupacional, psicología, fonoaudiología, enfermería, optometría o trabajo social.
Certificado de discapacidad
Procedimiento de valoración clínica multidisciplinaria
Fundamentado en la clasificación internacional de funcionamiento, de la discapacidad y la salud CIF
Identifica las deficiencias corporales incluyendo las psicológicas, las limitaciones en la actividad y las restricciones en la participación
Está excento de pago
Definiciones
Certificado de discapacidad
Documento que certifica una discapacidad
Nivel de dificultad de desempeño
Grado de dificultad que presenta la personas
RLCPD
Plataforma en la cual se registra la información
Ámbito de aplicación
Secretarias de salud departamental y municipal
Autorización de instituciones prestadoras
La persona debe solicitar dicho trámite
ante la secretaría de salud y allegar los siguientes
documentos:
Historia clínica con diagnóstico CIE-10 relacionado con
la discapacidad emitido por el médico tratante de la EPS y los
soportes de apoyo diagnóstico.
La secretaría de salud verifica la información y expide la
orden para la solicitud de dicho procedimiento dentro de los
5 días hábiles siguientes e indicará a la IPS
Resultado del procedimiento
Una vez surtido el proceso y en consecuencia con el anexo técnico, el equipo interdisciplinario procederá a emitir dicha certificación
Segunda opinión
Si la persona no está de acuerdo con el resultado, puede solicitar una revaloración por parte de un equipo multidisciplinario diferente dentro de los 10 hábiles siguientes al primer resultado.
Actualización del certificado
Debe ser actualizado en los siguientes casos:
Cuando el menor de edad certificado cumpla 6 años.
Cuando el menor de edad certificado cumpla 18 años
Por criterio médico
Objeto
Implementar la certificación de discapacidad