Resolución 113 de 2020 - Certificación de Discapacidad y Registro de Localización y
Caracterización de Personas con Discapacidad

Autoreconocimiento y
voluntariedad

Este procedimiento debe darse
bajo su libre elección y reconocimiento
de su discapacidad.

Equipos multidisciplinarios

Conformado por tres profesionales los cuales deben
estar registrados en el Directorio Nacional de Certificadores
de Discapacidad

Un médico general o especialista

Dos profesionales de alguna de estas áreas: fisioterapia, terapia ocupacional, psicología, fonoaudiología, enfermería, optometría o trabajo social.

Certificado de discapacidad

Procedimiento de valoración clínica multidisciplinaria

Fundamentado en la clasificación internacional de funcionamiento, de la discapacidad y la salud CIF

Identifica las deficiencias corporales incluyendo las psicológicas, las limitaciones en la actividad y las restricciones en la participación

Está excento de pago

Definiciones

Certificado de discapacidad

Documento que certifica una discapacidad

Nivel de dificultad de desempeño

Grado de dificultad que presenta la personas

RLCPD

Plataforma en la cual se registra la información

Ámbito de aplicación

Secretarias de salud departamental y municipal

Autorización de instituciones prestadoras

La persona debe solicitar dicho trámite
ante la secretaría de salud y allegar los siguientes
documentos:

Historia clínica con diagnóstico CIE-10 relacionado con
la discapacidad emitido por el médico tratante de la EPS y los
soportes de apoyo diagnóstico.

La secretaría de salud verifica la información y expide la
orden para la solicitud de dicho procedimiento dentro de los
5 días hábiles siguientes e indicará a la IPS

Resultado del procedimiento

Una vez surtido el proceso y en consecuencia con el anexo técnico, el equipo interdisciplinario procederá a emitir dicha certificación

Segunda opinión

Si la persona no está de acuerdo con el resultado, puede solicitar una revaloración por parte de un equipo multidisciplinario diferente dentro de los 10 hábiles siguientes al primer resultado.

Actualización del certificado

Debe ser actualizado en los siguientes casos:

Cuando el menor de edad certificado cumpla 6 años.

Cuando el menor de edad certificado cumpla 18 años

Por criterio médico

Objeto

Implementar la certificación de discapacidad