UNIDAD DE PAGO POR CAPACITACION
MINISTERIO
Para toda clase de contratos, en particular los de capitación, el suministro de información debe ser detallada, de tal forma que permita el reporte de los datos respectivos a este ministerio.
La información que soporta la prestación de los servicios de salud debe ser recopilada, gestionada e informada según las reglas vigentes.
QUE ES
La UPC es el valor que el sistema reconoce por cada afiliado (sea cotizante o beneficiario)
sera establecida periodicamente por el consejo nacional de seguridad social en la salud.
la UPC corresponde al monto que recibe la EPS para prestar el servicio integral de salud a cada afiliado
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL
calcula el incremento del valor de la UPC a nivel nacional,
y considerando la inflación, los diversos grupos de riesgo de edad, sexo, zona geográfica y frecuencias de uso.
NORMATIVIDAD VIGENTE
Según la normatividad vigente, el Ministerio de Salud y Protección Social no interviene directamente en los acuerdos entre instituciones aseguradoras y prestadoras de servicios en relación con las distintas modalidades de contratación y pago o en las tarifas que se pacten, salvo en lo dispuesto en el Decreto 780 de 2016.
COMO DEBE SER
Los términos de la negociación deberán observar el régimen de control de precios que señale la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
Las negociaciones pueden hacerse de manera global o de manera individual con cada IPS teniendo en cuenta los servicios y demás suministros que prestan.
Los incrementos que se efectúen deberán ser equitativos, de manera que a servicios homogéneos y de la misma calidad, dichos incrementos sean iguales.