TIPOS DE SOCIEDADES DE LA LEGISLACION COLOMBIANA

Se clasifica en dos tipos

De capital

Sociedad Anónima ("S.A.")

características

Número de socios: mínimo 5 accionistas con responsabilidad limitada segun su aporte. El capital asociado se representa en acciones

Razon social: Se forma con el nombre de la empresa seguido de la expresión "S.A.".

ventajas

- Permite la libre expresión de acciones

- Para ejercer como administrador de la sociedad no es necesario ser accionista

Desventajas

- Su estructura es rígida por eso es difícil realizar cambios en ella

- Para ejercer como administrador de la sociedad no es necesario ser accionista

Sociedad en comandita por acciones ("& CIA. S.C.A")

características

Número de socios: mínimo 5 accionistas y 1 socio gestor o colectivo. En esta sociedad hay socios gestores con responsabilidad solidaria e ilimitada y socios comanditarios con responsabilidad ilimitada según el dinero aportado, que se representa en acciones.

Razón social: Se forma con el solo apellido de uno o mas socios colectivos seguido de la expresión "& CIA. S.C.A.".

ventajas

- Responsabilidad Limitada de los socios comanditarios

- Los socios colectivos pueden atraer el capital sin que estos interfieran en la gestión de la empresa

- Los socios colectivos si quieren pueden hacer un aporte de inversión al capital social.

La distribución de beneficios económicos que vaya a conseguir la empresa societaria es para ambos socios (comanditarios y colectivos).

Desventajas

- Es una empresa que tiene dificultades y numerosos requisitos para su constitución

- El capital social tiene un monto mínimo establecido

Para poder tener la aprobación legal en el registro mercantil se debe contar con al menos un 25% del capital social

Sociedad por acciones simplificada ("S.A.S")

características

Número de socios: mínimo 1 o mas socios con responsabilidad limitada hasta el monto aportado. Las acciones no pueden inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni ser negociadas en la bolsa.

Razón social: Se forma con el solo nombre de la empresa seguido de la expresión "S.A.S"

ventajas

- La creación de la empresa es más fácil. Una SAS se puede crear mediante documento privado, lo cual le ahorra a la empresa tiempo y dinero

- La responsabilidad de sus socios se limita a sus aportes.

- Es posible crear una SAS de socio único

Es posible crear reglas internas para llevar a cabo reuniones de socios no presenciales con plena validez y de manera simple.

Desventajas

- No cotiza en bolsa

- Fusiones y escisiones complejas

- Resolución de conflictos a cargo de una entidad administrativa

Administración de hecho

- Restricción en la venta de acciones

- Resolución de conflictos a cargo de una entidad administrativa

Sociedad de economía mixta

características^

Número de socios: Son de economía mixta las sociedades comerciales que se constituyen con aportes estatales y de capital privado, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial. Las sociedades de economía mixta se sujetan a las reglas del derecho privado y a la jurisdicción ordinaria, salvo disposición legal en contrario

ventajas

- La brusquedad de la innovación constante para posicionar una idea en un mercado exigente que cuenta con una amplia competencia en su sector especifico

- Se posibilita los medios para reforzar la excelencia del trabajo diario.

Desventajas

- La complejidad de armonizar ambos planos de realidad de manera constructiva

- Surgen distintos puntos de vistas en torno a la manera de hacer las cosas y está en confrontación puede ser una barrera para el propio avance de la empresa.

De persona

Sociedad colectiva ("& Cía.","Hnos.", "e Hijos")

características

Número de socios: mínimo 2, todos responden solidaria e ilimitaciones por las operaciones de la empresa.

Razón social: Se forma con el nombre completo o con el apellido de alguno o algunos de los socios, seguido de las expresiones " y compañía" o la abreviatura "& Cía.","Hnos.","e Hijos".

ventajas

- Todos los socios gozan de los beneficios económicos.

- No existe una cantidad mínima en el capital.

- Cada uno de los socios tiene derecho a tener voto y decisión.

- Existe motivación y esfuerzo por parte de los socios para evitar riesgos sociales.

Desventajas

- Dificulta la admisión y el retiro de los socios.

- Todos los socios responden de forma subsidiaria, ilimitada y solidaria a los hechos ocurridos.

- Resulta complicado aumentar un financiamiento de capital a largo plazo.

- Al fallecer un socio se disuelve la organización societaria

- Cada socio depende de los actos de los demás participantes.

Sociedad en comandita simple ¨compañía¨, "&CIA.S." más la expresión ¨S. en C.¨

características

Número de socios: hay dos clases de socios, los comanditarios y los colectivos. Los primeros tienen una responsabilidad limitada según su aporte de dinero, los colectivos tienen responsabilidad ilimitada y aportan trabajo o capital industrial. Deben contar al menos con un socio gestor y no más de 25 socios comanditarios.

Razón social: Se forma con el nombre completo o solo el apellido de uno o mas socios colectivos seguido de la expresión ¨compañía¨, "&CIA.S." más la expresión ¨S. en C.¨.

ventajas

- No requiere un capital mínimo para su creación o constitución, es decir, los Socios tienen plena libertad para decidir sus aportes al capital social con que se formará la sociedad

- La responsabilidad ante las obligaciones de la sociedad se establecerá según el tipo de socios ya sea comanditarios o gestores.

- La sociedad puede llegar a ser más dinámica ya que se encuentran distintas personas que aportan su experiencia apoyo y trabajo a esta

Desventajas

- Los socios que conforman la sociedad no tienen los mismos derechos, pues los socios comanditarios no pueden votar ni tampoco pueden ejercer administración sobre la sociedad.

- Los socios comanditarios responden ilimitadamente frente a terceros que sean acreedores o que hayan suscrito deudas en favor de la sociedad por parte de los socios gestores.

Sociedad de responsabilidad limitada (¨LTDA¨)

características

Número de socios: mínimo 2 y hasta 25 socios, los cuales responden hasta el monto de sus aportes, con la excepción de que frente a obligaciones laborales o tributarias los socios responden de manera solidaria.

Razón social: Se forma con el nombre de la empresa seguido de la expresión ¨Limitada ¨LTDA¨

ventajas

- Los socios no responden frente a la sociedad ni frente a los acreedores sociales con su patrimonio propio.

- Solo están obligados a incorporar al fondo social el capital ofrecido.

- Su constitución es más simple y económica que en una anónima.

- La responsabilidad recae solo a los administradores, no frente a los socios.

Desventajas

- Según sea la responsabilidad del cada uno de los socios, así será su aportación social.

- Su constitución es un poco más ágil y económica, pero debe de ser escriturada y registrada tanto la constitución como la transmisión de participaciones sociales.

- El régimen jurídico de la SL es mucho más sencillo pero el administrador tiene prohibición de competencia.

- Deberán pagar todo al momento de constituirse la sociedad.

Empresa Unipersonal ("E.U")

características

Número de socios: se compone solo por una persona natural o jurídica y la responsabilidad se limita al valor de los bienes que aporta a la sociedad

Razón social: Se debe seleccionar un nombre para la sociedad seguido de la expresión "empresa unipersonal" o la sigla "E.U.".

ventajas

- Tiene una personalidad autónoma, es decir, que toda regulación será formada por decisión propia.

- Las funciones que se llevan a cabo en la empresa serán puestas por sí mismo. Eres tu propio jefe y no tienes a quien responder.

- Los beneficios o ganancias que consiga el negocio son únicamente para el dueño

- El capital no tiene un monto límite, dependerá de las necesidades del negocio o de la capacidad de inversión que tenga el dueño.

Desventajas

- Todas las finanzas personales del propietario se encuentran en juego por el negocio.

- No tiene el apoyo de socios para poder gestionar la empresa y tomar una decisión conjunta.

- Toda responsabilidad recae contra el propietario. Si existe una demanda de bancarrota la tiene que responder el dueño.

- Tiene obligaciones fiscales por pagar, de acuerdo a su porcentaje de desempeño (si tiene empleados deberá pagar sus beneficios sociales como indica la ley).

- La empresa unipersonal se limita a tener grandes proyectos económicos ya que la única persona que puede participar en inversión es el dueño