TITULO VALOR

Es un documento mercantil sobre un derecho privado cuyo ejercicio y trasmision estan condicionados a la posesion del documento

CLASIFICACIÓN

Según su derecho incorporado

Títulos jurídico-obligacionales

aquellos que incorporan un
derecho de crédito. Ej. Cheque, letra de cambio

Títulos jurídico-personales

aquellos que atribuyen a su titular una
determinada posición en el ámbito de una entidad organizada. Ej. Las acciones
de una S.A.

Títulos jurídico-reales

aquellos que incorporan la posesión y en muchos casos la disponibilidad de unas determinadas mercancías. Ej. Un resguardo de depósito en almacenes generales.

POR LA FORMA COMO SE PRESENTAN

MATERIALIZADOS

LETRA DE CAMBIO

CHEQUE

PAGARES

DESMATERIALIZADOS

ACCIONES DE SOCIEDADES

BONOS

CERTIFICADOS DE DEPOSITOS

REQUISITOS

Nombre del titulo y valor que se trate

Fecha y lugar de creación

Presentaciones y derechos que el titulo valor contengan

Firma de quien lo expide

SEGUN LA CIRCULACION

Título Valor al Portador

Son aquellos que reconocen un derecho a favor de la persona indeterminada que posea el documento. Se pueden transmitir
estos títulos valores por la mera entrega del documento a otra persona.

Título Valor A la Orden

Son aquellos que se extienden a favor de una persona determinada, pudiendo ésta transmitirlos a otra persona por medio
de la fórmula del endoso.

El Título Valor Nominativo

aquellos que tienen una circulación restringida, porque designan a una persona como titular no se endosa.

Transferencia de los Títulos Valores

ENDOSO

Es el modo de transmisión de los títulos valores A LA ORDEN, consistente
en la firma de quien transmite colocada al reverso del documento.
 Puede designarse el nombre del beneficiario o hacerse en blanco.

 Mediante el endoso el legítimo poseedor transmite el título.

TIPOS

EN PROPIEDAD

EN COBRANZA

EN GARANTIA

EN FIDECOMISO

EL PROTESTO

Es el acto notarial o diligencia judicial que tiene por finalidad dejar constancia fehaciente e indubitable del incumplimiento de las obligaciones que representa el título valor.

¿ANTE QUIEN SE PROTESTA?

Notario
Público

Juez de Paz Letrado. Donde no hay Notario.

Secretario
Notarial

¿Que Títulos Valores se
Protestan?

Sí se protestan

Cheque

Pagaré

Letra de Cambio

Warrant

Otros

PLAZO DE PROTESTA

Dentro de 15 días posteriores al
vencimiento, debiéndose entregar al
Notario dentro de los 8 primeros
días del vencimiento.

No se protestan

Certificado Bancario

Cheques especiales:

Gerencia

Giro

Travel Check

Garantizado

Certificado

Bonos/Papeles Comerciales

Acciones

Otros