TIMBRE
Elaborado por:
Julio Enrique Cetina Suarez
Materia
Derecho Tributario
Agentes de Retención en el
Impuesto de Timbre
El artículo 518 del estatuto tributario señala los
siguientes agentes de retención en el impuesto de
timbre:
4. Los agentes diplomáticos del Gobierno Colombiano,
por los documentos otorgados en el exterior.
En general siempre que se intervenga en el
otorgamiento de un documento que cause el impuesto
de timbre se tiene la obligación de actuar como
agente de retención.
3. Las entidades públicas del orden nacional,
departamental o municipal, cualquiera sea su
naturaleza jurídica.
2. Los notarios por las escrituras públicas.
1. Las personas naturales y asimiladas, cuando
reúnan las condiciones previstas en el artículo 519
de este Estatuto, y las personas jurídicas y
asimiladas, que teniendo el carácter de
contribuyentes del impuesto, intervengan como
contratantes, aceptantes, emisores o suscriptores
en los documentos
Base Gravable y Tarifa en el
Impuesto de Timbre.
Estas son reguladas por los artículos 520 al 534 del estatuto
tributario,
la ley 2277 de 2022 revive el impuesto de timbre señalado en el artículo 519 del estatuto tributario respecto a lo siguiente:
«Tratándose de documentos que hayan sido elevados a
escritura pública, se causará el impuesto de timbre, en
concurrencia con el impuesto de registro, siempre y cuando no
se trate de la enajenación a cualquier título de bienes
inmuebles cuyo valor sea inferior a veinte mil (20.000) UVT y
no haya sido sujeto a este impuesto, o naves, o constitución o
cancelación de hipotecas sobre los mismos. En el caso de
constitución de hipoteca abierta, se pagará este impuesto
sobre los respectivos documentos de deber.»
Hecho Generador del Impuesto
de Timbre
El hecho generador del
impuesto de timbre es el
otorgamiento de documentos
sometidos a este impuesto, o
que causan el impuesto de
timbre nacional.
Que incluya a las partes, deudor y acreedor
Subtopic
Que dentro del documento se especifique el valor o cuantía
Que se especifique dónde deben ser pagadas esas
obligaciones o deudas para poder cumplir con los requisitos
que establecieron
Cuando el documento tenga una obligación, deuda o
crédito implícita.
Cuando haya existencia de un documento público o privado
Responsables del
Impuesto de Timbre.
En el impuesto de timbre el responsable es el
agente de retención que tiene la obligación de
retener el impuesto de timbre.
Recordemos que el impuesto de timbre se
recauda en su totalidad mediante el
mecanismo de retención en la fuente, se
declara y paga en el formulario 350 de
retención en la fuente.
Sujeto Pasivo
El sujeto pasivo del impuesto es el
contribuyente que intervenga como
otorgantes, giradores, aceptantes,
emisores o suscriptores en los
documentos, de acuerdo al artículo
515 del estatuto tributario.
Señala el mismo artículo que es
contribuyente toda persona
natural o jurídica a cuyo favor se
expida, extienda y otorgue el
documento.
CLASES DE TIMBRE
Timbre de Seguridad
Este timbre se aplica a la importación de ciertos productos y se utiliza para financiar programas de seguridad y defensa
nacional.
Timbre Gasolina
Este timbre se aplica a la venta de gasolina y otros
combustibles. Se utiliza para financiar programas de
mantenimiento de vías y carreteras.
Timbre Municipal
Este timbre se aplica a documentos y actos que se
realizan en un municipio específico. Se utiliza para los
mismos documentos que el timbre nacional, pero se
aplica a nivel municipal.
Timbre Departamental
Este timbre se aplica a documentos y actos que se realizan en
un departamento específico. Se utiliza para los mismos
documentos que el timbre nacional, pero se aplica a nivel
departamental.
Timbre Nacional
Este es el timbre más común y se aplica a documentos y actos
que se realizan dentro del territorio nacional. Se utiliza para
contratos de arrendamiento, poderes notariales, escrituras
públicas, entre otros
OBJETIVO
El objetivo principal del impuesto de
timbre es recaudar fondos para el
Estado, que se utilizan para financiar
diferentes programas y proyectos
gubernamentales.
¿Qué es el
Timbre?
Es un impuesto específico que se
aplica a ciertos documentos o actos, como
contratos de arrendamiento, poderes notariales,
escrituras públicas, entre otros que hayan sido
otorgados dentro del país o fuera de él,
siempre y cuando conste que su constitución
haya sido realizada en el territorio nacional.
Es importante aclarar que el impuesto de
timbre aplica para los documentos
mencionados toda vez que haya intervenido
una entidad jurídica o asimilada, pública o
persona natural comerciante.