ACUERDO 11_03_19
ARTICULO 1
Las normas tienen el por objeto regular
la evaluación del aprendizaje, acreditación, promoción, regularización y certificación.
ARTÍCULO 2.-
Criterios de evaluación.
Aplicar principios de equidad e inclusión.
La evaluación es una retroalimentación de nuestra práctica pedagógica.
Los educandos tienen derecho a conocer los
procesos de evaluación.
Partir de los resultados de evaluación para
tomar acciones pertinentes.
ARTÍCULO 3.-
Sujetos participantes.
Deben de participar todo el colectivo docente.
ARTÍCULO 4.-
ALCANCE
Las presentes normas son aplicables a todas las instituciones publicas y particulares.
ARTÍCULO 5.-
Definiciones
ARTÍCULO 13.-
REGULARIZACIÓN
ARTÍCULO 15.-
ACREDITACIÓN Y PROMOCIÓN
ANTICIPADA
ARTÍCULO 6.-
Referentes de la evaluación
de aprendizajes son:
Los aprendizajes esperados.
Los enfoques pedagógicos de la asignatura
ARTÍCULO 7.-
Boleta de evaluación.
ARTÍCULO 8.-
Contenido de la boleta
de evaluación
Nombre, nivel educativo y grado.
Datos de la escuela.
Docente responsable
Total de asistencias.
Observaciones y retroalimentación.
PRESCOLAR
Avances
Primaria y secundaria
Asignaturas y calificación numérica
de tres parciales y una final.
ARTÍCULO 9.-
Procesos de evaluación y
comunicación de resultados.
3 periodos de evaluación.
ARTÍCULO 10.-
Resultados y escalas de
calificaciones.
PRESCOLAR
Observaciones y sugerencias de aprendizaje.
Sin valores numéricos.
Primaria y secundaria
Escala de 5 al 10 y el 5 es reprobatorio.
1ro y 2do de primaria escala del 6 al 10
Clubes sin valor numérico.
ARTÍCULO 11.-
ACREDITACIÓN
Prescolar y 1ro y 2do de primaria
acreditan con el solo hecho de haber
cursado el grado.
3ro, 4to y 5to de primaria con el 80% de
asistencia y promedio de 6.
Sexto con el 80 %de asistencia y promedio general de 6 en todas las materias.
Secundaria: con el 80% de asistencia y promedio de 6 en todas las asignaturas.
ARTÍCULO 12.-
Promoción
Prescolar, 1ro y 2do de primaria con haber cursado el grado pasa de nivel.
3ro, 4to, 5to, 6to y secundaria acreditación por el articulo 11.
ARTÍCULO 14.-
CERTIFICACIÓN
En todos los niveles se expedirá el certificado
en versión digital o física.