Derecho Administrativo:

Def: rama del dº + que estudia la admin púb en sentido orgánico y material.

Orgánico:
órganos de la
admin púb

órganos púb. que ejercen
función admin. permanente

rama ejecutiva

Material: función admin.

Negativa

Positiva: garantizar el correcto
funcionamiento del Estado

Principios

Legalidad
origen de la
competencia y
límites

Bloque de legalidad

B. Consti

Lato:
amplía conjunto
de referentes.
Leyes estatutarias y
orgánicas.

Estricto:
control de consti.
Consti, tratados y
convenios ratificados,
alguna doctrina

B. legalidad e.
Las demás normas
jurídicas.

Ley

Formal:
función legis
x órgano legis

Material:
función legis
x órgano ejec

D. Fuerza de Ley:
facultades extra.

Decretos Ley:
Eº de excep.

Actos admin:
decretos,
resoluciones,
directivas,
circulares,
oficios.

Sep. ejercicio del poder:
3 ramas

Juez Natural:
por regla gral. conoce
el juez conten. si hay
criterio mixto.

Orgánico: tenga que
ver un órgano que ejerza
función admin

Material:
sujeción al
dº admin.

art. 104: regla gral.

Excepciones:

#1: resp. extracont.
de entidad púb = solo
criterio orgánico.

#2: contratos con ent púb o partic.
en ejercicio de funciones del Eº

#3: contratos celeb.
Por entidades prestadoras
de serv. púb. con cláusulas
exhorbitantes = solo material

art. 105:
competencia
negativa
o

#1 es una excepción
al #1 del 104.
resp extracont de
insitituciones especiales.
x criterio material

#2 decisiones de
entidades admin
en funciones juris.
enti

Prerrogativas públicas:
poderes excepcionales
que permiten al Eº
imponerse a los partic.
FUNCION DE POLIC.

Responsabilidad:
El Eº es persona
jdca. por lo tanto
adquiere dº y oblig.
Responde por daños
siempre.

Control de la
actividad estatal:
Eº de Dº
Todas sus actuac
sometidas a
control judicial.

Fuentes

Directas:
obligatoria
aplicación y
definen competencia

Bloque de legalidad

Jurisprudencia Constitucional

Indirectas:
deben tenerse
en cuenta.
ayudan si la norma
no es clara

Jurisprudencia:
¿cuál es su valor?
había necesidad de
uniformidad.
el C de Eº da un nuevo
valor. ART.10

Precedente de aplic
de normas: admin
no desconocer mis
propios fallos anteriores
de

Precedente de aplic
de juris: SU del CEº
art. 270

"debera tener en
cuenta" debe
observarla y aunque
es obligatorio, puede
apartarse. Art. 102

extensión de la juris: 102

Proceso

Doctrina especializada

Acto administrativo

Definición:
manifestación unilateral de un órgano
del Eº en ejercicio de función admin. encaminada a
producir efectos jurídicos

Sentido amplio o estricto:
si se le agrega o no: "el que modifica
una situación jurídica" caracter definitivo
art. 43

Formas de iniciar las actuaciones admin
que producen A.A

De oficio

A solicitud de parte: regla gral 15 días

En interés general
En interés partic

Toda solicitud implica
Dº de petición.

Consec: toda solcitud
debe responderse

Expresa: no fisctas o
presuntas

Oportuna: 15 días

De fondo.

Protegido por tutela

Clasificación

Administrativas

Información: 10días
Respuesta: si entregan
o no la info (motivada)

Silencio admin: negativo
3 meses. es a favor del
solicitante porque ahora
puede controvertir

Documentos: 10 días
Me entregan o no el doc

Derecho de acceso a la
info: su limitación debe
estar fundamentada en la
ley (de ley orgánica para arriba)

Ppo de transparencia:
en ppo todo documento es púb.
EXCEPCIONES

Reserva legal: establecido
por constitución o ley
recurso de insistencia:
ante la autoridad que
opuso la reserva.
Lo decide el juez admin

Otros: tutela

Silencio admin:
positivo. 10 días

Conceptos: 30 días
opinión sobre tema

Otras: como
quejas, recursos,
aplicación extensiva,
reconocimiento de Dº
prestación de un serv, etc

Atributos

Ejecutoriedad: oponibilidad y exigibilidad

Falta de firmeza: el acto debe estar en firme para que sea
ejecutoriable

Tipo de acto

Caracter gral:
destinatario
indeterminado
colectividad

C. partic:
determinados
e identificables

Cómo se dan a conocer

Caracter gral
publicación
en diario oficial
(si es nacional)
o en gaceta (si es territorial)

Excepciones:
A.A def iniciado por solic
de parte en interés gral
terminado en acto de
caracter gral: se publica
por cualquier medio eficaz
Imposibilidad de publicación
en el diario oficial: cualquier
medio masivo de comunicación

Caracter partic
art. 66 notificación
Si ponen fin a una actuación
se deben notificar personalmente
(es un proceso): copia del AA, queda
constancia de fecha y hora y recursos

Art. 68:
1. si no existe otro medio más
eficaz se hace por citación para
notificiación personal.
2. Yo puedo asistir o no asistir.
3. Si no asisto me notifican por
aviso art. 69

Excepciones:
actos de nombramiento y
elección diferentes a popu
se publican
los actos de inscripción y
registro, se entienden notificados
el día sgte a la anotación.

Recursos

AA, Car part y def:
regla gral: proceden recursos
art.87

AA de caracter gral:
como no proceden recursos ,
queda en firme al día sgta que se
dan a conocer

AA de caracter part

No proceden

Al día sgte que se da
a conocer

Proceden

Si se interponen: queda
en firme al día sgte de que se
da a conocer la decisión

No se interponen:
al día sgte del vencimiento
del plazo para interponerlos

Renuncia: al día sgte
de la renuncia

Desiste:
al fía sgte a la notificación
de la aceptación de la
renuncia

No proceden recursos contra
aa de car general, de trámite,
preparatorios o de ejecución
Regla gral.

Contra el AA que niega la
aplicación extensiva procede
el recurso del 269, o sea ir
al CE

Perdida de fuerza ejecutoria
art. 91

Suspensión provisional:
La declara el juez como
medida cautelar

Desaparecen fundamentos:
De hecho o derecho

5 años sin ejecución:
Sancionatorios
Ej: multas

Condición resolutoria

Perdida de vigencia

Ejecutividad:
el cumplimiento de
un AA puede exigirse
por vía coercitiva.
puede decirse que es la
consecuencia de la
ejecutoriedad.

Presunción de legalidad

Como se controvierte

Vía administrativa

Recursos ordinarios:
art. 43 para que se
modifique, aclare o
revoque.
No tienen causales.
10 días desde que se
da a conocer el AA
depende de la firmeza
del acto

Reposición: regla gral
procede contra todos los
actos admin de caracter def

Ante: quien lo expide

Resuelve: quien lo expide

No es requisito de procedibilidad
no es primera instancia

Apelación: regla gral
procede si quien expididió
el AA tiene superior jerárquico
o funcional.

Ante: quien lo expide

Resuelve: el superior

Si es requisito
no es segunda instancia

Puede:
dar trámite (envía al supe)
O rechaza. art. 78.
Si lo rechaza procede el
recurso de queja

Recurso de queja

Ante: el superior

Resuelve: el superior

Revocación directa:
para cualquier acto.
No depende de la firmeza
del acto. De oficio o de parte.
Tiene causales

Causales:

Manifiesta oposición
a la Constitución

Contra la legalidad

No conforme o contrario
al interés púb o soc.

De mérito

Agravio
Injustificado
a una persona
Diferente a daño
in

De mérito o
conveniencia

Si es de caracter
particular, solo debemos recordar
que se pide el consentimiento 1. Previo
2. expreso y 3. escrito del titular

Si el titular se niega, la
admin puede demandar el
acto.

Excepción de inconstitucionalidad:
Para cualquier acto, no busca
sacar del ordenamiento, solo ina
plicar a un caso específico

Vía jurisprudencial

Excepción de legalidad:
solo jueces. busca ina
plicación a caso específico.
EJ: control de constituc y
de estricta legalidad.
Es legalidad en sentido lato
Coherencia de la función
normativa del Eº

Acciones contenciosas
(nulidades)

Por inconstitucionalidad
Art. 135
Comparación directa
con la Consti

Simple: art 137
actor de carácter
gral.
actos de carácter part
si no implica que
automáticamente se
restablece un derecho
Causales

1. No competencia.
2. Infringe las normas.
3. No hubo oportunidad
de controvertir.
4. Falsa motivación.
5. Desviación de poder.

Restablecimiento
del derecho: art. 138
actos de caracter
particular.
se puede pedir indemnización
Caduca a los 4 meses.

Electoral: no
hay causales y se usa
para demandar actos de
nombramiento y elección
diferentes a voto popular

Elementos sustanciales

Motivos (hechos)

Motivación:
análsis jdco
técnico de los
motivos.
Es suficiente si
se refirió a todos
los motivos.
Debe ser coherente.

Excepción: actos
discrecionales, el juez
decide cual es la mejor
forma de solucionarlo y ya
Contrario a los actos reglados
que la ley le dice como solu
cionarlo o le da opciones.

Decisión

Policia administrativa

Poder: mecanismo constitucional
a favor exclusivamente del legis
para que limite Dºs con el fin de
proteger su uso y goce u otros Dº

Función: intervención de la admin
encaminada a garantizar que se cumplan
las reglas establecidas por el poder de
policia.
por excelencia: las superintendencias.
Grados de intervención

Inspección: supervisión gral.
del cumplimiento de la ley
No está encaminada a un ente
específico.
Competencia gral.

Vigilancia: inicio de
una actuación admin
de oficio. Como implica
intervención con el particular
requiere de específica autorización
legal. Competencia específica.

Control: despliegue de
actuaciones adicionales.

Ejercicio: despliegue de
una función de policía.
Policía nacional.
Manera coercitiva, mecanismo
físico.

Función Pub. en términos de
relación de W

Funcionario público:

Regla gral: Concurso

Nombrados

Provisionalidad

Funcionario
uninominal:
EJ: alcaldes

Miembros de corporaciones
EJ: congreso y asambleas

W oficiales:
CST no hay situación
legal ni reglamentaria.

Servicios públicos: relacionados con
función pública. Es un concepto que
evolunciona junto con la concepción
de Eº

De donde se origina su caracter público:

Orgánico: porque lo prestan
órganos públicos.

Funcional: por ser
hacia la gente.

Elementos:

Son inherentes a la
función del Eº

Debe asegurar prestación
eficiente

Puede ser prestado
directa o indirectamente
por el Estado.

El Eº se reserva
inspección, control y
vigilancia.

Principios:
eficiencia
regularidad
Continuidad
igualdad

Clasificación:

Por su importancia

Esenciales: directamente relacionados con la obtención de los
fines del Estado. Contribuye a la protección de bienes o
satisfacción de intereses relacionados con derechos y libert
fundamentales.

Serv Púb domiciliarios: ley 142 del 94
se prestan a través de redes físicas o
humanas con puntos terminales en las
viviendas o puntos de trabajo de los usuarios

Serv público que
puede ser prestado
directa o indirectamente
por e Estado

Puntos terminales

Satisfacer
necesidades básicas

Competencia:
potestad legislativa.
Limitaciones

No se pueden desvirtuar
garantizar finalidades del
Eº. No se puede legislar
en contra.

Mandatos expresos
en la Consti

Objetivos de la
intervención del
Eº en la eco
inte

Reserva de ley:
Del legis, y excepc
presi.

Particularidades:

Secundarios

Por su utilización:
Obligatorios x los usuarios
Facultativos xa los usuarios

Por su competencia:
Exclusivos
Concurrentes

Quien los admin
dptos, munic,
distritos

Como se satisfacen:
directa o indirectamente
por el Estado