LEY 1015 DE 2006
FALTAS
Son las infracciones e incumplimiento a los deberes conferidos, actuaciones contrarias a las normas de comportamiento establecidas y a las funciones otorgadas.
Clasificación, Art. 33
Gravísimas, Art. 34
Comportamientos clasificados de esta manera por las circunstancias y el grado de afectación al deber funcional. Se describe un total de 30 faltas disciplinarias gravisimas
Sanción: destitucion e inhabilidad general y especial
Graves, Art. 35
Comportamientos que de igual manera afectan el deber funcional, su afectación es menor, se describen un total de 22 faltas disciplinarias graves.
Sanción: suspensión e inhabilidad especial, multa
Leves, Art. 36
Comportamientos que afectan el deber funcional pero no revisten gravedad o complejidad, se describe un total de 17 faltas leves
Sanción: amonestación escrita
Otras faltas, Art. 37
Además de las definidas en los artículos anteriores, constituyen faltas disciplinarias la violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades, las prohibiciones, el abuso de los derechos o el incumplimiento de los deberes contemplados en la Constitución Política, los tratados públicos ratificados por el Gobierno colombiano, las leyes y los Actos Administrativos