Decreto # 1011 de 2006
Establece el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de
Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud
Titulo I Disposiciones generales
Articulo 1. Campo de aplicación
Articulo 2. Definiciones
Atención en salud
Auditoria para el mejoramiento de la calidad de la atención de salud
Calidad de la atención de salud
Condiciones de capacidad tecnología y científica
Empresas administradoras
Prestadoras de servicio de salud
Profesional independiente
SOGCS
Unidad sectoral de normalizacion en salud
Titulo II Sistema obligatorio de garantía de calidad de atención en salud del sistema general de seguridad social en salud - SOGCS
Articulo 3. Caracteristicas del SOGCS
Accesibilidad
Posibilidad que tiene el usuario de utilizar los servicios de salud que le garantiza el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Oportunidad
Es la posibilidad que tiene el usuario de obtener los servicios que requiere , sin que se presenten retrasos que pongan en riesgo su vida o su salud
Seguridad
Es el conjunto de elementos estructurales, procesos, instrumentos y metodologías basadas en evidencias científicamente probadas que propenden por minimizar el riesgo de sufrir un evento adverso en el proceso de atención de salud o de mitigar sus consecuencias.
Pertinencia
Es el grado en el cual los usuarios obtienen los servicios que requieren,con la mejor utilización de los recursos de acuerdo con la evidencia científica y sus efectos secundarios son menores que los beneficios potenciales.
Continuidad
Es el grado en el cual los usuarios reciben las intervenciones requeridas, mediante una secuencia lógica y racional de actividades, basada en el conocimiento científico.
Articulo 4. Componentes del SOGCS
Sistema único de habilitación
Auditoria para el mejoramiento de la atención de salud
Sistema único de acreditación
Sistema de información para la calidad
Articulo 5. Responsabilidades del funcionamiento del SOGCS
1.Ministerio de protección social
2. Superintendencia nacional de salud
3.Entidades Departamentales y distritales de salud
4.Entidades Municipales de salud
Titulo III
Capitulo I Sistema único de habilitación
Es el conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante las cuales se establece, registra,verifica controla el cumplimiento de las condiciones básicas. indispensables para la entrada y permanencia en el sistema.
Capitulo III Habilitación de las empresas administrativas de planes de beneficios
Condiciones básicas para la habilitación de las EAPB
Habilitación de las EAPB
ENTIDAD COMPETENTE: La superintendencia nacional de salud sera la entidad competente
Revocatoria de la habilitación de las EAPB: la superintendencia Nacional de salud podra revoca la habilitacion a una EAPB
Capitulo II Habilitación de los prestadores de servicios de salud
1. Condiciones de capacidad tecnológica y científica
2. Condiciones de suficiencia patrimonial y financiera
3. Condiciones de capacidad tecnico administrativa
Titulo IV Auditoria para el mejoramiento de la calidad de la atención de salud
Titulo V Sistema único de acreditación
Titulo VI Sistema de información para la calidad
Titulo VII Inspeccion- Vigilancia control
Articulo 49. INSPECCIÓN VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA ÚNICO DE HABILITACIÓN
Articulo 50. AUDITORIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA ATENCION EN SALUD
Articulo 51. INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA ÚNICO DE ACREDITACIÓN
Articulo 52. SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA CALIDAD
Articulo 48. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA CALIDAD.
1. Monitorear: Hacer seguimiento a la calidad de los servicios
2.Orientar :contribuir a orientar el comportamiento de la población general para la selección de la EAPB y/o la institución Prestadora de Servicios por parte de los usuarios y demás agentes, con base en información sobre su calidad.
3. Referenciar : Contribuir a la referenciacion competitiva sobre la calidad de los servicios entre las EAPB y las instituciones Prestadoras de Servicios.
Prestadores de servicios de salud Entidades promotoras de salud Administradoras del régimen subsidiado Entidades adoptadas Las empresas de medicina prepagada Las entidades departamentales, distritales y municipales de salud
Los programas de auditoria deberán ser concordantes con la intencionalidad de los estándares de acreditación y superiores a las que se determinan como básicas en el sistema único de habilitación
Articulo 33. Niveles de operacion de la auditoria para el mejoramiento de la calidad de los servicios de salud
1. Auto control: Cada miembro de la entidad planea,ejecuta,verifica y ajusta los procedimientos en los cuales participa.
2.Auditoria interna: Consiste en una evaluación sistemática realizada en la misma institución
3. Auditoria Externa: Es la evaluación sistemática llevada a cabo por un ente externo a la institución evaluada
Articulo 34. Tipos de acciones
1. Acciones Preventivas: Conjunto de procedimientos, actividades y/o mecanismos de auditoria sobre los procesos prioritarios
2. Acciones de Seguimiento: Conjunto de procedimientos, actividades y/o mecanismos de auditoria que deben realizar las personas y las organización a la prestación de sus servicios de salud, sobre los procesos definidos como prioritarios para garantizar su calidad
3.Acciones Coyunturales: Conjunto de procedimientos, actividades y/o mecanismos de auditoria que deben realizar las personas y la organización retrospectiva mente, para alerta, informar y analizar la ocurrencia de eventos adversos
Es el conjunto de entidades , estándares, actividades de apoyo y procedimientos de evaluación mejoramiento y evaluación externa.
Articulo 42. PRINCIPIOS DEL SISTEMA ÚNICO DE ACREDITACIÓN
1.Confidencialidad: La información a la cual se tenga acceso, es estrictamente confidencial
2. Eficiencia: Las actuaciones y procesos que se desarrollan dentro del sistema único de acreditación procuraran la productividad.
3. Gradualidad: El nivel de exigencia establecida mediante las estándares del Sistema Único de Acreditación sera creciente en el tiempo.