EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES POR MEDIOS DISTINTOS AL PAGO
Por lo general las obligaciones se extinguen mediante el pago de las mismas, pero observaremos otras distintas a este:
CONFUSIÓN
Cuándo se reúne en una misma persona la calidad de deudor y acreedor.
Una misma obligación o deuda
EFECTOS
Cuándo el acreedor puede repetir contra los demás codeudores por la realidad de la deuda.
DELEGACIÓN
Indicación al acreedor al deudor para que realize la prestación a un tercero
El acreedor inicial se mantiene en la posición de crédito junto con el tercero
Se requiere el consentimiento del acreedor para liberar el deudor primitivo
Como negocio jurídico puede ir o no asociada a la existencia de una novación
LA REMISIÓN O CONDONACIÓN
Liberación voluntaria
El acreedor de manera voluntaria y gratuita libera al deudor de la deuda
PUEDE SER
EXPRESA
TACITA
El acreedor entrega voluntariamente al deudor el titulo de la obligación. Extingue la deuda
Presunción iuris tamtun
perdona la deuda
NOVACÍON
Una se extingue
Otra se incorpora
Incorpora los elementos de la obligación anterior
crea efecto de interdependencia novatoria
OBJETIVA
Se altera el objeto de la obligación
SUBJETIVA
Se alteran los sujetos en la obligación inicial
NOVACIÓN SUBJETIVA ACTIVA
Se produce un cambio en la posición de crédito
NOVACIÓN SUBJETIVA PASIVA
Extinguiendo la obligación inicial. Se crea una nueva, cambia la posición deudora con otro o varios deudores
COMPENSACIÓN
Modo de extinción de la obligación, que opera en nuestro sistema jurídico,
HOMOGENEIDAD DE LAS DEUDAS
Cuándo ambas obligaciones son de la misma especie y calidad.
RECIPROCIDAD DE LAS DEUDAS
Las deudas deben ser homogéneas, además reciprocas, es decir, dos créditos cruzados.
EXIGIBILIDAD DE LAS DEUDAS
Las deudas también deben ser reciprocas, homogéneas y exigibles, los efectos no están sujetos a condiciones ni a plazos.
LIQUIDEZ
Deben ser homogéneas, reciprocas, exigibles y liquidas, lo que nos indica que deben estar descritas en cuantía, ósea numéricamente.
REQUESITOS
OBJETIVOS
Reciprocas, exigibles y liquidas
SUBJETIVO
Acreedor y Deudor