Funciones de la Administración Tributaria
Las funciones de la administración tributaria se subdividen en dos, entre las cuales se incluyen dos diferentes gestiones distintas e independientes:
LA DETERMINACIÓN Y RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS
DETERMINACIÓN
Se hace referencia en determinación tributaria a las conductas realizadas por una administración activa que tiene como objetivo determinar la existencia de un hecho generador, en este caso, el sujeto que posee la obligación, conjuntamente con la base imponible y la cuantía específica relacionado a un tributo.
El ejercicio de esta facultad comprende:
Verificación
Complementar o modificar declaraciones de contribuyentes o responsables.
La composición de la categoría tributaria correspondiente, cuando se advierta un hecho imponible
Toma de legalidades que se estimen convenientes para la determinación.
RECAUDACIÓN
Los impuestos serán recaudados por las autoridades de acuerdo con los métodos que hayan sido establecidos dentro de los reglamentos y/o leyes.
La tributación también puede ser realizada por agentes de retención o agentes de cobranza que están obligados por ley o autorizados por ley para establecer agencias de gestión.
LA RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES
Las autoridades administrativas que sean determinadas por la ley estarán obligadas a resolver de una manera razonable ante cualquier consulta, reclamo o solicitud de los contribuyentes o también aquellos que crean ser afectados en el ejercicio de sus derechos con referencia a la administración tributaria.
ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2021-130
INSTRUCTIVO PARA LA OBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN LABORAL A PERSONAS EXTRANJERAS PARA TRABAJAR EN EL SECTOR PÚBLICO
Art. 1 - 3 Constitución del Ecuador “Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales (...)”;
OBJETO
Este instructivo regula el proceso para la obtención de la autorización laboral, para personas extranjeras
Las disposiciones de este instructivo son de aplicación obligatoria para todas las instituciones del Estado
Las instituciones, entidades y organismos públicos deberán a través de las Unidades de Administración del Talento Humano - UATH institucionales solicitar a la Dirección de Empleo y Reconversión Laboral del Ministerio del Trabajo la autorización laboral de personas extranjeras al sector público.
La autorización laboral para el ingreso al sector público de las personas extranjeras será competencia de el Director de Empleo y Reconversión Laboral del Ministerio del Trabajo.
Las UATH solicitarán a la Dirección de Empleo y Reconversión Laboral del Ministerio del Trabajo la autorización laboral para el ingreso de personas extranjeras en el sector público
Se deberán presentar ante la Dirección de Empleo y Reconversión Laboral del Ministerio del Trabajo los siguientes para iniciar el trámite de autorización laboral:
Formulario de solicitud suscrito por la autoridad nominadora o su delegado;
Informe técnico motivado de la Unidad de Administración del Talento Humano- UATH
institucional o quien hiciere sus veces;
Copia de la visa vigente de la persona extranjera; y
Copia de la cédula de identidad vigente de la persona extranjera, emitida por el Registro Civil del Ecuador.
Decreto Ejecutivo 193
EL OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURIDICA A LAS ORGANIZACIONES SOCIALES
El presente regula, simplifica y racionaliza los requisitos para el otorgamiento de personalidad jurídica a las organizaciones sociales ciudadanas que lo soliciten.
El presente Reglamento rige para las organizaciones sociales y ciudadanos con personalidad jurídica que, en uso del derecho a la libertad de asociación y reunión, participan voluntariamente en las diversas manifestaciones y formas de organización de la sociedad.
Naturaleza y Tipos de Organización
Las organizaciones sociales reguladas por este reglamento tendrán una finalidad social y no habrá lucro por realizar las diversas actividades económicas.
Las personas naturales y jurídicas podrán constituir:
Coorporaciones
Fundaciones
Otras formas de organización social nacionales o extranjeras.
Vigencia de la autorización laboral
La autorización laboral tendrá validez exclusivamente en la institución que solicitó la contratación, para nombramientos permanentes, provisionales, de libre remoción, contratos de servicios ocasionales, contratos civiles de servicios profesionales y técnicos especializados.
Sin perjuicio de los derechos garantizados en la Constitución y la Ley, las organizaciones sociales tendrán derecho a:
Solicitar el acceso a los programas públicos de asistencia técnica y capacitación pertinente
Acceder a la información sobre los planes programas y proyectos que ofertan las entidades del Estado en favor del desarrollo de las organizaciones sociales
Promocionar los programas, proyectos o actividades en los que participen en beneficio del interés público.
Obligaciones de las organizaciones
1. Cumplir con la Constitución, la Ley, sus estatutos y más disposiciones vigentes;
2. Entregar a la entidad competente del Estado la documentación e información establecida en este Reglamento, y,
3. Rendir cuentas a sus miembros a través de sus directivos o a la persona responsable para el efecto o por petición formal de una tercera parte o mas de ellos.
Deberes de las instituciones competentes para otorgar personalidad jurídica
Para otorgar personalidad jurídica a las organizaciones sociales sin fines de lucro, que voluntariamente lo requieran, las instituciones competentes del Estado observarán que los actos relacionados con la constitución, aprobación, reforma y codificación de estatutos, disolución, liquidación, registro y demás actos que tengan relación con la vida jurídica de las organizaciones sociales, se ajusten a las disposiciones constitucionales, legales y al presente Reglamento.
Clases de organizaciones
Las personas físicas y jurídicas con capacidad de contratación ciudadana tienen derecho a ejercer el derecho constitucional de libre asociación y constituir empresas y fundaciones con fines sociales y sin ánimo de lucro.
Corporaciones
Fundaciones
De organización social nacionales o extranjeras
Diego S. Bayas
COMPETENCIAS DEL GOBIERNO CENTRAL
Defensa Nacional
Protección interna y orden público
Relaciones
Internacionales
Aproximación y comunicación internacional
Aplicar Los Resultados De Tratados
Establecer derechos y obligaciones
Crear o extinguir una relación jurídica
Registro Y Control
Migratorio
Mantener información clara del registro de ingreso o salida del país
Espectro Radioeléctrico Telecomunicaciones
Controlar lo que se comunica
Mantener el orden de los medios de comunicación
Planificación
Nacional
Administrar y coordinar para el desarrollo del país
Políticas
Económica, Tributaria
Promover la redistribución y estimular el empleo
Políticas De
Educación, Salud
Tratar de resolver todos los problemas
Recursos
Energéticos
Controlar la explotación
Verificar que no atente con los recursos
Áreas Naturales
Protegidas
Conservar la biodiversidad natural y cultural
Control De Las
Empresas Públicas
Promover el desarrollo sustentable
Generar riquezas
Manejo De
Desastres Naturales
Mitigar los efectos de los desastres
LA ÚLTIMA LECCIÓN
La misma se divide entres conceptos, estos aspectos relevantes se tratarán a continuación:
FAMILIA
VALORES
Los padres ayudan a los niños con un alto grado de empatía y solidaridad.
El consumo y el materialismo son cosas que un niño puede aprender a evitar.
EDUCACIÓN
La humildad ante la educación de las demás personas deberá ser empleada de cualquier manera. Mantener el profesionalismo y la solidaridad ante las personas que la reciben.
SUEÑOS
INFANCIA
Dentro de la infancia los niños muestran sus sueños y esperanzas por el futuro. Sus ideas se generan a partir de lo que les rodea.
ADULTEZ
Al igual que en la infancia, los sueños siguen presentes, pero deben ser impulsados a conseguirlos por más infantiles que sean.
METAS
PROPIAS
Absolutamente los sueños que se focalizaron alguna vez deben convertirse en metas a lograr. Un sueño no siempre debe ser expuesto a otros porque pueden existir celos de personas ajenas.
ADQUIRIDAS
La competitividad es un aspecto positivo, siempre y cuando sea moldeada desde los inicios de la vida. Cuando el padre moldea su infancia sus sueños van tomando forma, como jugar en la NFL.
Clasificación de los Contratos
Los Contratos se clasifican en diferentes formalidades, entre ellos encontramos los siguientes:
Unilaterales y bilaterales sinalagmáticos
Son aquellos contratos en los cuales se obliga a la enajenación de un bien sin la existencia de una contraprestación monetaria y Bilateral.
Contrato Unilateral
Puede tratarse de la donación de un terreno por parte de un abuelo moribundo hacia su nieto. En el caso, el abuelo se compromete a entregar el bien y el nieto no genera contraprestación alguna.
Contrato bilateral
En el caso de que Pepe venda su auto a Juan. Los contratos e compraventa son aquellos donde el comprados paga cierto valor por la adquisición de un bien, en este caso, el auto.
GRATUITOS Y ONEROSOS
Los contratos gratuitos y onerosos nacen en base a los beneficios recibidos por una de las partes como el primer tipo de contrato, gratuito; o como una ventaja para ambas partes como el segundo tipo de contrato, oneroso.
Contrato gratuito
Donación de un automóvil por parte de una rifa.
Contrato oneroso
Contrato de arrendamiento dentro de una casa rentera para un local de comida.
Oneroso/ conmutativo
Es aquel tipo de contrato en donde se refiere a que la cantidad monetaria es equivalente al producto o servicio que se adquiere.
La compra de maquinaria para la elaboración de sellos de seguridad de gas.
PRINCIPAL
Se refiere a contratos principales porque simplemente no existe algún otro que lo subsiga.
Contrato por arrendamiento de una casa
ACCESORIO
El contrato accesorio se encuentra enlazado a un contrato principal como garantía de este.
Contrato por hipoteca de una casa.
Reales
Son aquellos que se caracterizan por la entrega específica de un objeto
Compra de un celular
Solemnes
En este caso se solicitan ciertos puntos se tratan como solemnidades para poder llevarlo a cabo.
El matrimonio entre Diego y Thalía
Consensuales
Cuando existe el consentimiento de ambas partes para ejecutarlo.
Prestación de servicios académicos por parte de un profesor de inglés.
Cuando existe el consentimiento de ambas partes para ejecutarlo.
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
En muchas ocasiones, el mismo término confunde a muchas personas. Cuando hablamos de procedimientos nos referimos a ls concursos anunciados en el portal de compras públicas
Existen diversos tipos de contrataciones públicas y se desprenden según los tipos de compras, y además se dividen en dos grandes grupos según el Tipo de Régimen según la SERCOP.
RÉGIMEN COMÚN
Dentro del mismo se encuentran los procedimientos que se utilizan comúnmente y que en su mayoría están abiertos a todas las provincias del país, a excepción de aquellas contempladas en la LOSNCP, que son:
Procedimientos Dinámicos
Catalogo Electrónico
Subasta Inversa Electrónica
Procedimientos Comúnes
Menor Cuantía
Licitación
Contratación Directa
Concurso Publico
Cotización
Lista Corta
Procedimientos Especiales
Emergencia
Contratación Integral por precio Fijo
Compra de Inmuebles
Ferias Inclusivas
Ínfima Cuantía
Arrendamiento de Inmuebles
RÉGIMEN ESPECIAL
La finalidad de los procesos de régimen especial es la de la contratación de bienes, servicios, obras o consultorías de forma especial.
Los mismos son procesos que tiene un carácter selectivo dentro de los procesos. En ciertos casos se ven planteados de forma directa con el proveedor, a pesar de todo, no excluye de responsabilidad y no se pueden utilizar para eludir procedimientos de Régimen Común.
Los procedimientos que se aplican por Régimen Especial son:
Adquisición de fármacos
Seguridad interna y externa, calificada por el Presidente de la República
Comunicación Social
Asesoría y Patrocinio Jurídico (incluye consultas puntuales y específicas)
Obra artística, literaria o científica
Bienes y servicios únicos en el mercado o proveedor único.
Repuestos y accesorios
Trasporte correo interno e internacional
Contrataciones con empresa públicas de la comunidad internacional
Contratación interadministrativa (Estado con entidades del sector público)
Giro específico del negocio de empresas públicas y sus subsidiarias