GARANTÍAS
CONSTITUCIONALES

Instrumentos que la Constitución
Nacional pone a disposición de los habitantes para defender sus derechos frente a las autoridades, individuos o grupos sociales

TIPOS

Hábeas corpus

Habilita que el ciudadano pueda comparecer ante el juez para que este determine la legalidad del arresto.

Recurso de amparo

Protege al ciudadano en sus garantías fundamentales y a la propia constitución al garantizar la inviolabilidad de sus preceptos.

Hábeas data

Confirma el derecho de cualquier persona física o jurídica de solicitar la información existente sobre su persona, y de solicitar su eliminación o corrección si fuera falsa o estuviera desactualizada.

Acción de cumplimiento

Fuerza a cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o acto administrativo teniendo las facultades para hacerlo.

Acción popular

Permite que tanto los poderes públicos como los ciudadanos insten la actuación de la administración de justicia en defensa de intereses colectivos o difusos.

Topic principal

ESTADO
DE SITIO

ESTADO
DE SITIO

Suspensión de las garantías constitucionales

Autoriza la posibilidad de arrestar a una persona y la suspensión de garantías como el derecho de reunión, la libertad de circulación a determinadas horas y limitaciones a la libertad de expresión.

Causas

Procede en casos de grave conmoción interior o de guerra civil. Puede ser declarado por el Presidente de la República con aprobación del Congreso dentro de un plazo de cinco días.

Los jueces están habilitados para verificar si las limitaciones impuestas a las libertades constitucionales son razonables. Si carecen de razonabilidad, pueden declarar la invalidez, no del estado de sitio, sino de los actos que en su consecuencia emita el Poder Ejecutivo.

Consecuencias

Al estado de sitio se lo declara alegando tratarse de una medida preventiva: procura evitar el quiebre del sistema constitucional. No es represivo.

Censura.

Represión. Propagación del terror entre la población.

Efectos nocivos para la economía nacional.

Art 18 de la CN

*Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.*El domicilio es inviolable ninguna entrada, o registro podra hacerse en el sin connsentimiento del titular o resolucion judicial, salvo en caso de flagrante delito. *Se garantiza el secreto de las comunicaciones y en especial de las postales, telegraficas y telefonicas salvo resolucion judicial. * La ley imitara al uso de la informacion para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercisio de los derechos.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD

ESTE PRINCIPIO ESTABLECE QUE LA LEY PENAL PREVIA NO LA COSTUMBRA NI LA JURISPRUDENCIA ES LA UNICA FUENTE DE CONOCIMIENTO DEL DERECHO PENAL.

DONDE ESTA PREVISTA ESTA GARANTIA?

DESPUES DE LA REFORMA DEL 94 ADEMAS EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES SOBRE DDHH

GARANTIA CRIMINAL

GARANTIA PENAL

GARANTIA JURISDICCIONAL ... CUALES SON LAS CONSECUENCIA DEL DELITO.

Subtopic

NINGUN HABITANTE DE LA NACION PUEDE SER PENADO SIN JUICIO PREVIO

NI JUZGADO POR COMISIONES ESPECIALES

O SACADO DE LOS JUECES QUE DESIGNADOS POR LA LEY

NADIE PUEDE SER OBLIGADO A DECLARAR CONTRA ASIMISMO

NI ARRESTADO SI NO EN VIRTUD DE ORDEN ESCRITA DE AUTORIDAD COMPETENTE

TIPOS DE GARANTIAS

GARANTIAS GENERALES SURGEN DE LA COMBINACION DE LOS ART 28 CN 31 Y 75 INC 22

GARANTIAS INDIVIDUALES SURGEN FUNDAMENTALMENTE DE LOS ART 18 Y 19 CN

GARANTIAS PROCESALES ESTAN DESARROLLADOS EN EL ART 43 CN .

Subtopic

Topic principal