LA CONSTITUCION FEDERAL

CONCEPTO DE CONSTITUCION

La Constitución de un Estado es su Ley Fundamental que establece la forma o tipo de gobierno nacional, como están estructurados los poderes de mando, con que facultades y competencias.

Crea tres Poderes Federales constituidos, que son el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, señala sus facultades y consecuencias y consagra los derechos subjetivos públicos o garantías individuales de los mexicanos y residentes en nuestro país.

PARTES Y CONTENIDOS DE LA CONSTITUCION MEXICANA

uestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tradicionalmente la han dividido los estudiosos del derecho constitucional en dos partes, y los mas modernos en tres partes:
-Dogmática.

-Orgáica.

-Social.

EL PODER CONSTITUYENTE Y LOS PODERES CONSTITUIDOS

El poder constituido es el que ejerce regularmente el Estado, por medio de las ramas legislativa, ejecutiva y judicial, teniendo como límite inexcusable el respeto a la Constitución.

LA SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCION

La supremacía de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se consagra en su articulo 133.

“Esta Constitución, las leyes del Congreso de la unión que emanen de ella y todos los tratados que estén con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la Republica, con aprobación del Senado serán la Ley Suprema en toda la Unión.”

Lo que establece, que nuestra Ley Fundamental Federal tiene supremacía sobre todas las leyes y autoridades que existen en el Estado Mexicano, y que ninguna ley Federal o estatal que vaya en contra de la supremacía de la Constitución Federal tendrá validez y tendrá que ser arreglada conforme a esta.

LA SOBERANIA DE LA CONSTITUCION

La Soberanía es la autodeterminación normativa del Estado. Es la fuerza real de la sociedad expresada en la coercitividad de la norma constituyente y de las normas constituidas, es en fin la fuerza que brinda al Estado la validez y la eficacia de su orden normativo.

CLASES DE CONSTITUCIONES

Constituciones Escritas, son aquellas que se encuentran contenidas en un documento formal y solemne, al cual se le da el reconocimiento de Ley Fundamental o suprema.

Constituciones Consuetudinarias, son aquellas que las conforman una diversidad de documentos de diferentes épocas que se acumulan, unidas a una serie de costumbres jurídicas generalmente aceptadas y que en conjunto forman la normatividad fundamental del Estado.

Las Constituciones Rígidas, son aquellas que para su modificación o reforma requieren de un procedimiento especial y de un organismo especial, es decir, son rígidas porque no se modifican con la facilidad de la elaboración de una Ley por un Legislativo ordinario.

Las Constituciones Flexibles, son aquellas que para ser modificadas no requieren de órganos y procedimientos especiales ya que su Poder Legislativo ordinario puede realizar sin tantas rigideces y exigencias, la reforma a la Ley Fundamental.