La Responsabilidad en la Seguridad y Salud en el Trabajo

ANALISIS DE CASO

CASO N° 1

De acuerdo a la lectura realizada se puede deducir que se está hablando de un
accidente de trabajo (AT) o una enfermedad laboral (EL)? ¿Por qué?

Se da AT/EL

ACCIDENTE DE TRABAJO

“todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte”

art 3 ley 1562 de 2012

Porque se estaba ejecutando actividades relacionadas al trabajo en una condiciones donde se produjo un accidente.

ENFERMEDAD LABORAL

Aquella que es contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar

art 4 ley 1562 de 2012

Es por consecuencia de las labores, ademas debe ser confirmada y estudia por los profesionales de la salud especializados.

¿Estos casos deberían ser reportados a la administradora de riesgos laborales (ARL)
¿Por qué?

Si, según Decreto 1072 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.

Por parte del Empleador

En los tiempos adecuados y cumplir con la información de la situación y formatos diligenciados

¿Qué tipos de responsabilidad cree podrían recaer sobre la empresa? ¿Por qué?

DECRETO 1295 DE 1994
"Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales"

Es quien rige la norma sobre las responsailidades

Laboral

Civil

Penal

¿Qué medidas preventivas y correctivas recomendaría?

Medidas necesarias

No evadir la norma

Apoyo de las empresas de Riesgos Profesioanles

CASO N°

De acuerdo a la lectura realizada se puede deducir que se está hablando de un
accidente de trabajo (AT) o una enfermedad laboral (EL)? ¿Por qué?

Accidente de Trabajo

art 3 ley 1562 de 2012

Porque la Trabajadora se encontraba desarrollando actividades de su labor, en horas laborales y con acompañamiento de personal de la empresa.

¿Estos casos deberían ser reportados a la administradora de riesgos laborales (ARL)
¿Por qué?

Si, según Decreto 1072 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.

Porque las ARL son las encargadas de realizar todo el protocolo, de estudio medico, exámenes, medicamentos entre otros, ademas es quien paga las actividades económicas de las consecuencias.

Este lo reporta el empleador con apoyo del empleado y/o afectado

¿Qué tipos de responsabilidad cree podrían recaer sobre la empresa? ¿Por qué?

DECRETO 1295 DE 1994
"Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales"

Laboral

penal

civil

¿Qué medidas preventivas y correctivas recomendaría?

Preventivas

capacitaciones, importancia, cumplimeinto de las obligaciones, lugares adecuados para la ejecución del trabajo

Correctivas

Sanciones, memorando, llamados de atención a los trabajadores por no realizar las actividades con los protocolos de seguridad.

Tipos de Responsabilidad

ADMINISTRATIVA

El empleador puede incurrir en obligaciones económicas e incluso el cierre de la empresa, a causa del incumplimiento de las normas estipuladas en el Sistema General de Riesgos Laborale

Art. 111 del C.P Art. 112 del C.P.: o Incapacidad para trabajar o enfermedad. • Incapacidad < 30 días de uno (1) a dos (2) años. o Incapacidad > 30 < 90 días de uno (1) a tres (3) años de prisión y multa de cinco (5) a diez (10) SMLMV. o Incapacidad > 90 de dos (2) a cinco (5) años de prisión y multa de diez (10) a veinte (20) SMLMV. o Art. 113 del C.P.: Deformidad o Transitoria: Pena de uno (1) a seis (6) años y multa de quince (15) a veinticinco (25) SMLMV. o Permanente: Pena de dos (2) a siete (7) años de prisión y multa de veintiséis (26) a treinta y seis (36) SMLMV. Art. 114 del C.P.: Perturbación funcional. • Transitoria: Pena de dos (2) a siete (7) años y multa de quince (15) a veinticinco (25) SMLMV. o Permanente: Pena de tres (3) a ocho (8) años de prisión y multa de veintiséis (26) a treinta y seis (36) SMLMV. Art. 115 del C.P.: Perturbación psíquica. • Transitoria: Pena de dos (2) a siete (7) años y multa de veintiséis (26) a cuarenta (40) SMLMV. o Permanente: Pena de tres (3) a nueve (9) años de prisión y multa de veintisiete (27) a cincuenta (50) SMLMV. Art. 116 del C.P.: Pérdida anatómica o funcional de un órgano o miembro. • Pena de seis (6) a diez (10) años y multa de veinticinco (25) a cien (100) SMLMV.

LABORAL

Es la que nace de la relación laboral o contrato de trabajo, mediante el cual los empleados están protegidos contra contingencias que se ocasiones a causa u ocasión del trabajo, reconociendo de forma principal la promoción, prevención, prestación económicas y asistenciales por accidentes

El empleador debe asegurar a través de una administradora de riesgos profesionales (ARL),

Es el pago de una indemnización de daños o perjuicios al trabajador y/o familiares, cuando por culpa del empleador se causa o se presenta un accidente de trabajo o enfermedad laboral.

CIVIL

Es la que permitirle al sujeto que haya sufrido un daño obtener la reparación, dirigiéndose contra quien lo causó. La responsabilidad civil en Accidente de Trabajo o Enfermedad laboral

Busca la reparación plena de perjuicios ocasionados por culpa patronal. La legislación Colombiana en el artículo 216 del Código Sustantivo Del Trabajo, señala que si el empleador no genera un ambiente de trabajo adecuado puede incurrir en el pago de indemnizaciones derivadas de la Responsabilidad Civil.

generadores de Culpa

La imprudencia

La negligencia

La Impericia

Daños o perjuicios patrimoniales Daños o perjuicios extrapatrimoniales (morales) Perjuicios fisiológicos

PENAL

Cuando se presenta un accidente de trabajo y se comprueba la culpa del empleador, surge por parte del causante, la responsabilidad penal por las lesiones sufridas o por la muerte de trabajador

Es asumida directamente por el causante del accidente o las lesiones, quien puede ser privado de su libertad como consecuencia de un proceso penal por homicidio o por lesiones personales.

El Decreto 1295 de 1994, articulo 56

DECRETO NÚMERO 1072 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.

Es una obligación y deber del empleador, incumplimiento lo lleva a enfrentar con estos.