Ley 1314/2009
principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia
Autoridad de supervisión
La Junta Central de Contadores, Unidad Administrativa Especial con personería jurídica, creada por el Decreto Legislativo 2373 de 1956
Independencia y autonomiá de las Normas Tributarias frente a las contabilidad y de información Financiera.
Las normas expedidas en desarrollo de esta ley, únicamente tendrán efecto impositivo cuando las leyes tributarias remitan expresamente a ellas o cuando estas no regulen la materia.
A su vez, las disposiciones tributarias únicamente producen efectos fiscales. Las declaraciones tributarias y sus soportes deberán ser preparados según lo determina la legislación fiscal.
Unicamente para fines fiscales, cuando se presente incompatibilidad entre las normas contables y de información financiera y las de carácter tributario, prevalecerán estas últimas.
Criterios a los cuales debe sujetarse el consejo Técnico de la Contaduria Pública
Enviará a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, al menos una vez cada seis (6) meses, para su difusión, un programa de trabajo que describa los proyectos que considere emprender o que se encuentren en curso. Se entiende que un proyecto está en proceso de preparación desde el momento en que se adopte la decisión de elaborarlo, hasta que se expida.
Se asegurará que sus propuestas se ajusten a las mejores prácticas internacionales, utilizando procedimientos que sean ágiles, flexibles, transparentes y de público conocimiento, y tendrá en cuenta, en la medida de lo posible, la comparación entre el beneficio y el costo que producirían sus proyectos en caso de ser convertidos en normas.
Tomará como referencia para la elaboración de sus propuestas, los estándares mas recientes y de mayor aceptación que hayan sido expedidos o estén próximos a ser expedidos por los organismos internacionales reconicidos a nivel mundial
Ambito de aplicación
Todas las personas y juridicas que esten obligadas a llevar contabilidad
Objetivo
Intervenir la economia, limitando la libertad economica
Brindar información transparente y comprensible de los estados financieros
Marco conceptual para la información Financiera
Emitido el 01 de Enero 2012
Trata
El objetivo de la información financiera
Las características cualitativas de la información financiera útil
la definición, reconocimiento y medición de los elementos que constituyen los estados financieros
los conceptos de capital y de mantenimiento del capital.
Definición
Un activo es un recurso controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados, del que la entidad
espera obtener, en el futuro, beneficios económicos.
Un pasivo es una obligación presente de la entidad, surgida a raíz de sucesos pasados, al vencimiento de la
cual, y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios económicos.
Patrimonio es la parte residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos.
Ingresos son los incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable, en
forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como decrementos de los pasivos, que dan
como resultado aumentos del patrimonio, y no están relacionados con las aportaciones de los propietarios
a este patrimonio.
Gastos son los decrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable, en
forma de salidas o disminuciones del valor de los activos, o bien por la generación o aumento de los
pasivos, que dan como resultado decrementos en el patrimonio, y no están relacionados con las
distribuciones realizadas a los propietarios de este patrimonio.
Se debe reconocer
Debe ser probable obtener que cualquier beneficio económico asociado con la partida llegue a, o salga de la entidad
Elemento tenga un costo o valor que pueda ser medido con fiabilidad
Los Decretos 2706 y 2784 del 2012, y 3022 del 2013, establecen la clasificación de las empresas para efectos de su transición a NIIF
Todas las personas naturales y jurídicas que en Colombia presenten información financiera, deben aplicar los marcos normativos vigentes.
Para que una entidad sea considerada como empresa Grande (Grupo 1)
artículo 1 del Decreto 2784 del 2012
Ser subordinada o sucursal de una compañía extranjera que aplique NIIF Plenas
Ser subordinada o matriz de una compañía nacional que aplique NIIF Plenas
Ser matriz, asociada o negocio conjunto de una o más entidades extranjeras que apliquen NIIF Plenas.
Realizar importaciones o exportaciones que representen más del 50% de las compras o las ventas, respectivamente.
Las normas que aplican para el grupo 1
Las NIC o IAS –International Accounting Standards, en inglés– son un conjunto de estándares creados desde 1973 hasta 2001 por el IASC –International Accounting Standards Committee–, antecesor del actual IASB –International Accounting Standards Board – quien está encargado de revisarlas y modificarlas desde el 2001.
NIC 1. Presentación de estados financieros
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015, anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017 y anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019 del Decreto 2270 de 2019.
NIC 2. Inventarios
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015 y anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017.
NIC 7. Estado de flujos de efectivo
Anexo 1.2 del Decreto 2131 de 2016, y anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017.
NIC 8. Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015 y anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019 del Decreto 2270 de 2019.
NIC 10. Hechos ocurridos después del período sobre el que se informa
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015.
NIC 12. Impuesto a las ganancias
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015, anexo 1.2 del Decreto 2131 de 2016, anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017 y enmiendas expedidas por el IASB en 2017.
NIC 16. Propiedades, planta y equipo
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015 y anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017.
NIC 19. Beneficios a los empleados
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015 y el anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019 del Decreto 2270 de 2019.
NIC 20. Contabilización de las subvenciones del Gobierno e información a revelar sobre ayudas gubernamentales
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015
NIC 21. Efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015 y anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017
NIC 23. Costos por préstamos
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015, anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017 y enmiendas expedidas por el IASB en 2017.
NIC 24. Información a revelar sobre partes relacionadas
NIC 26. Contabilización e información financiera sobre planes de beneficio por retiro
NIC 27. Estados financieros separados
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015.
NIC 28. Inversiones en asociadas y negocios conjuntos
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015 y enmiendas expedidas por el IASB en 2017.
NIC 29. Información financiera en economías hiperinflacionarias
NIC 32. Instrumentos financieros: presentación
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015 y anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017.
NIC 33. Ganancias por acción
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015.
NIC 34. Información financiera intermedia
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015.
NIC 36. Deterioro del valor de los activos
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015.
NIC 37. Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015 y anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017.
Las Normas Internacionales de Información Financiera, también conocidas por sus siglas en inglés como IFRS, son estándares técnicos contables adoptadas por el IASB
NIIF 1. Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015.
NIIF 2. Pagos basados en acciones
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015 y anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017 y enmiendas expedidas por el IASB en 2017.
NIIF 3. Combinaciones de negocios
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015, anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017 y enmiendas expedidas por el IASB en 2017; anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019 del Decreto 2270 de 2019.
NIIF 5. Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones discontinuadas
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015.
NIIF 7. Instrumentos financieros: información a revelar
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015.
NIIF 9. Instrumentos financieros
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015, anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017 y enmiendas expedidas por el IASB en 2017.
NIIF 10. Estados financieros consolidados
NIIF 11. Acuerdos conjuntos
Anexo 1.1 del Decreto 2496 de 2015 y enmiendas expedidas por el IASB en 2017.
NIIF 16. Arrendamientos
Norma adicionada por el anexo 1.3 del Decreto 2170 de 2017.