CAPITULO I objeto del código, ámbito de aplicación y autonomía
CAPITULO II bases de la convivencia y seguridad ciudadana
OBJETO
Determinar el ejercicio del poder, la función y la actividad de policía
Convivencia e el territorio nacional
Cumplimiento de deberes y obligaciones de personas naturales y jurídicas
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Propiciar en la comunidad lugares que promueva la convivencia
Promover los derechos y deberes de los ciudadanos
Promueve el uso de mecanismos alternativos o comunitarios para la conciliación y solución de desacuerdos
Establecer la competencia de las autoridades de policía en orden Nacional, Departamental, Distrital y Municipal
Establecer procedimientos mediante los cuales se tenga una buena con la convivencia en el territorio Nacional
Ámbito de aplicación del Derecho de Policía.
Se aplica a todas las personas naturales y jurídicas
Las autoridades de policía sujetaran sus actuaciones al procedimiento único de policía
Autonomía del acto y del procedimiento de policía
No se aplicaran el acto de policía ni a los procedimientos de policía que por su misma naturaleza preventiva requieren decisiones de aplicación inmediata (ART 2 o ley 1437 de 2011)
La ley 1437 de 2011 se aplicaran a la decisión final de las autoridades de la policía
excepcion numeral 3 de ART 105
DEFINICION
La interaccion pasifica, repetuosa y armonica de las personas