Ley 7 de 1991
se encarga de dictar:
normas generales a las que se debe sujetar
el gobierno nacional para regular el comercio
exterior del país.
mediante esta se crea
Fondo de modernización económica.
Bancomex. 

El ministerio de comercio, industria y turismo.
Las normas del comercio exterior son:
CAPITULO 1.
ART1: las disposiciones aplicables al comercio exterior las dictara el gobierno, para otorgar la posible libertad en cuanto a las condiciones económicas.
ART2: al expandir normas por la cual se deberá regular al comercio exterior, sujeto a unos principios.
ART3: las importaciones y exportaciones se
realizan dentro del libre principio de comercio exterior.
ART4: en el proceso de exportación e importación, el gobierno podrá establecer sistemas especiales.
ART5: el gobierno nacional regula el
transporte y transito internacional para promover y facilitar el mismo.
ART6: Regula funcionamiento y existencia de zonas francas industriales.
ART7:El certificado de reembolso tributario, puede seguir siendo un instrumento flexible, o sea que , sera negociable.
ART8: El gobierno organizara los fondos de los productos basicos de exportación.
ART9: El gobierno podrá formar sistemas de aranceles variables.
ART10: El gobierno no ampara la producción nacional, en prácticas desleales y restrictivas.
ART11: El gobierno regulara las zonas fronterizas en base a determinados criterios.
CAPITULO 5.
ART27: El gobierno está autorizado para celebrar y efectuar las requeridas apropiaciones presupuestales.
ART28: Las normas de está ley que no se cumplan, se realizaran inmediatamente, para realizar operaciones de comercio exterior.
ART29: Las disposiciones de la presente ley y las que no se expidan se entenderán sin prejuicio.
ART30: Sus efectos derogatorios, solamente se producirán a medida que entren en vigencia.
CAPITULO 2.
ART12: El consejo superior de comercio exterior, se establece como organismo asesor del gobierno en relación al comercio exterior del país.
ART13: Los asesores del comercio exterior serán de libre nombramiento.
ART14: El consejo de comercio exterior deberá cumplir con sus respectivas funciones, de acuerdo a los planes del país.
ART15: La comisión mixta de comercio estara integrada por el consejo superior de comercio exterior, para analizar la política de está y realizar sus respectivas recomendaciones.
ART16: El ministro de comercio exterior formulara políticas.
CAPITULO 3.
ART17: El ministerio de comercio deberá ser un organismo capaz de dirigir el comercio exterior.
ART18: El ministerio de comercio exterior, intervendrá en el INCOMEX, de acuerdo a sus funciones, si así lo declara conveniente el presidente de la República.
ART19: El ministerio de comercio se crea por la presente ley.
ART20: Se debe dar informe al presidente de la República las facultades extraordinarias.
CAPITULO 4.
ART21: Crease BANCOMEX, como una institución financiera, vinculada al Ministerio del comercio exterior.
ART22: El banco asumirá todos los derechos de exportaciones.
ART23: Los recursos provenientes de la sobre tasa, serán parte de los ingresos del fondo de Modernización.
ART24: Los recursos se destinaran a unos fines prioritarios.
ART25: Los impuestos de renta estarán pendietes de pago.
ART26: Las exportaciones de esmeraldas serán libres.