Ley de Educación Nacional

Congreso de la República de Guatemala Crea Decreto Legislativo No. 12-91

Principios

En el respeto o la dignidad de la persona humana y el cumplimiento efectivo de los Derechos
Humanos

Es un derecho inherente a la persona humana y una obligación del estado

Tiene al educando como centro y sujeto del proceso educativo

Está orientada al desarrollo y perfeccionamiento integral del ser humano a través de un proceso
permanente, gradual y progresivo

En ser un instrumento que coadyuve a la conformación de una sociedad justa y democrática.

Se define y se realiza en un entorno multilingüe, multiétnico y pluricultural en función de las
comunidades que la conforman

Es un proceso científico, humanístico, crítico, dinámico, participativo y transformador

Fines

Proporcionar una educación basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y
espirituales que formen integralmente al educando, lo preparen para el trabajo, la convivencia
social y le permitan el acceso a otros niveles de vida

Cultivar y fomentar las cualidades físicas, intelectuales, morales, espirituales y cívicas de la
población, basadas en su proceso histórico y en los valores de respeto a la naturaleza y a la
persona humana

Fortalecer en el educando, la importancia de la familia como núcleo básico social y como primera
y permanente instancia educadora

Formar ciudadanos con conciencia crítica de la realidad guatemalteca en función de su proceso
histórico para que asumiéndola participen activa y responsablemente en la búsqueda de
soluciones económicas, sociales, políticas, humanas y justas

Impulsar en el educando el conocimiento de la ciencia y la tecnología moderna como medio para
preservar su entorno ecológico o modificarlo planificadamente en favor del hombre y la sociedad

Promover la enseñanza sistemática de la Constitución Política de la República, el fortalecimiento
de la defensa y respeto a los Derechos Humanos y a la Declaración de los Derechos del Niño

Capacitar e inducir al educando para que contribuya al fortalecimiento de la auténtica democracia
y la independencia económica, política y cultural de Guatemala dentro de la comunidad
internacional.

Fomentar en el educando un completo sentido de la organización, responsabilidad, orden y
cooperación, desarrollando su capacidad para superar sus intereses individuales en concordancia
con el interés social

Desarrollar una actitud crítica e investigativa en el educando para que pueda enfrentar con
eficiencia los cambios que la sociedad le presenta

Desarrollar en el educando aptitudes y actitudes favorables para actividades de carácter físico,
deportivo y estético

Promover en el educando actitudes responsables y comprometidas con la defensa y desarrollo del
patrimonio histórico, económico, social, étnico y cultural de la Nación

Promover la coeducación en todos los niveles educativos

Promover y fomentar la educación sistemática del adulto

Sistema Educativo Nacional

Definición, Características, Estructura, Integración
Y Función del Sistema

Ministerio de Educación

Nivel de Dirección Superior

Nivel de Alta Coordinación y Ejecución

Nivel de Asesoría y Planeamiento.

Nivel de Apoyo

Comunidades Educativas

Centros Educativos

Centros Educativos Públicos

Centros educativos Privados

Centros Educativos por Cooperativa

SubSistemas de Educación Escolar

SubSistema de Educación Extra Escolar o Paralela

Garantías Personales de Educación

Obligaciones

ARTICULO 33º. Obligaciones del Estado

ARTICULO 34º. Obligaciones de los Educandos

ARTICULO 35º. Obligaciones de los Padres de Familia

ARTICULO 36º. Obligaciones de los Educadores

ARTICULO 37º. Obligaciones de los Directores

ARTICULO 38º. Obligaciones de los Subdirectores

Derechos

ARTICULO 39º. Derechos de los Educandos

ARTICULO 40º. Derechos de los Padres de Familia

ARTICULO 41º. Derechos de los Educadores

ARTUCULO 42º. Derechos de los Directores y Subdirectores

Disposiciones Transitorias y Finales

ARTICULO 105º. Elaboración del Reglamento

ARTICULO 106º. Autorización Provisional.

ARTICULO 107º. Derogatoria

ARTICULO 108º. Vigencia

Disposiciones Generales

Generales

Enseñanza Religiosa

Régimen Económico y Financiero

Recursos financieros no menores del 35% de los ingresos ordinarios del presupuesto general del
Estado incluyendo las otras asignaciones constitucionales.

2. Recursos provenientes de donaciones, aportes, subvenciones y cualquier otro tipo de
transferencias corrientes y de capital, que provengan de personas individuales o jurídicas,
nacionales o internacionales. Las transferencia provenientes de personas individuales o jurídicas,
privadas, son deducibles del impuesto sobre la Renta.

3. Fondos privativos provenientes de cuentas escolares y actividades de autofinanciamiento que
realizan las comunidades escolares de conformidad con el Acuerdo Gubernativo 399 del 3 de
Octubre de 1968.

4. Los fondos obtenidos por concepto de cuotas de Operación Escuela, deberán destinarse para
financiar reparaciones de los centros educativos. Estos recursos serán administrados en concepto
de fondo privativo, por los Comités de Finanzas de cada escuela.

5. Aportes económicos de las municipalidades destinados para programas de inversión y/o
funcionamiento.

6. Otros que se obtengan de actividades de diverso financiamiento.

Becas

Programas de Apoyo

ARTICULO 78º. Programas de Apoyo

ARTICULO 79º. Utiles Escolares

ARTICULO 80º. Importación de Utiles

ARTICULO 81º. Textos Básicos

ARTICULO 82º. Textos de Autores Nacionales

ARTICULO 83º. Autorización de Textos.

ARTICULO 84º. Texto Único

Validez de Estudios, Títulos y Diplomas

ARTICULO 75º. Validez de los Estudios

ARTICULO 76º. Equiparación de Estudios

ARTICULO 77º. Diplomas y Títulos

Supervisión Educativa

ARTICULO 72º. Definición

ARTICULO 73º. Finalidades

ARTICULO 74º. Objetivos

Planeamiento y Evaluación

ARTICULO 68º. Planeamiento

ARTICULO 69º. Evaluación

ARTICULO 70º. Evaluación del Sistema

ARTICULO 71º. Evaluación Escolar

Calidad de la Educación

ARTICULO 66º. Calidad de la Educación

ARTICULO 67º. Investigación Pedagógica y Capacitación

Modalidades de la Educación

Educación Inicial

Educación Experimental

Educación Especial

Educación Estética

Educación a Distancia

Educación Bilingüe

Educación Física

Educación Acelerada para Adultos

Educación por Madurez

Gustavo Adolfo Sique Ruiz

201500440

Licenciatura en Pedagogía y Planificación Curricular

Lcda. Brenda Borrayo

Marco Legal de la Educación