Ley de Educación Nacional
Congreso de la República de Guatemala Crea Decreto Legislativo No. 12-91
Principios
En el respeto o la dignidad de la persona humana y el cumplimiento efectivo de los Derechos
Humanos
Es un derecho inherente a la persona humana y una obligación del estado
Tiene al educando como centro y sujeto del proceso educativo
Está orientada al desarrollo y perfeccionamiento integral del ser humano a través de un proceso
permanente, gradual y progresivo
En ser un instrumento que coadyuve a la conformación de una sociedad justa y democrática.
Se define y se realiza en un entorno multilingüe, multiétnico y pluricultural en función de las
comunidades que la conforman
Es un proceso científico, humanístico, crítico, dinámico, participativo y transformador
Fines
Proporcionar una educación basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y
espirituales que formen integralmente al educando, lo preparen para el trabajo, la convivencia
social y le permitan el acceso a otros niveles de vida
Cultivar y fomentar las cualidades físicas, intelectuales, morales, espirituales y cívicas de la
población, basadas en su proceso histórico y en los valores de respeto a la naturaleza y a la
persona humana
Fortalecer en el educando, la importancia de la familia como núcleo básico social y como primera
y permanente instancia educadora
Formar ciudadanos con conciencia crítica de la realidad guatemalteca en función de su proceso
histórico para que asumiéndola participen activa y responsablemente en la búsqueda de
soluciones económicas, sociales, políticas, humanas y justas
Impulsar en el educando el conocimiento de la ciencia y la tecnología moderna como medio para
preservar su entorno ecológico o modificarlo planificadamente en favor del hombre y la sociedad
Promover la enseñanza sistemática de la Constitución Política de la República, el fortalecimiento
de la defensa y respeto a los Derechos Humanos y a la Declaración de los Derechos del Niño
Capacitar e inducir al educando para que contribuya al fortalecimiento de la auténtica democracia
y la independencia económica, política y cultural de Guatemala dentro de la comunidad
internacional.
Fomentar en el educando un completo sentido de la organización, responsabilidad, orden y
cooperación, desarrollando su capacidad para superar sus intereses individuales en concordancia
con el interés social
Desarrollar una actitud crítica e investigativa en el educando para que pueda enfrentar con
eficiencia los cambios que la sociedad le presenta
Desarrollar en el educando aptitudes y actitudes favorables para actividades de carácter físico,
deportivo y estético
Promover en el educando actitudes responsables y comprometidas con la defensa y desarrollo del
patrimonio histórico, económico, social, étnico y cultural de la Nación
Promover la coeducación en todos los niveles educativos
Promover y fomentar la educación sistemática del adulto
Sistema Educativo Nacional
Definición, Características, Estructura, Integración
Y Función del Sistema
Ministerio de Educación
Nivel de Dirección Superior
Nivel de Alta Coordinación y Ejecución
Nivel de Asesoría y Planeamiento.
Nivel de Apoyo
Comunidades Educativas
Centros Educativos
Centros Educativos Públicos
Centros educativos Privados
Centros Educativos por Cooperativa
SubSistemas de Educación Escolar
SubSistema de Educación Extra Escolar o Paralela
Garantías Personales de Educación
Obligaciones
ARTICULO 33º. Obligaciones del Estado
ARTICULO 34º. Obligaciones de los Educandos
ARTICULO 35º. Obligaciones de los Padres de Familia
ARTICULO 36º. Obligaciones de los Educadores
ARTICULO 37º. Obligaciones de los Directores
ARTICULO 38º. Obligaciones de los Subdirectores
Derechos
ARTICULO 39º. Derechos de los Educandos
ARTICULO 40º. Derechos de los Padres de Familia
ARTICULO 41º. Derechos de los Educadores
ARTUCULO 42º. Derechos de los Directores y Subdirectores
Disposiciones Transitorias y Finales
ARTICULO 105º. Elaboración del Reglamento
ARTICULO 106º. Autorización Provisional.
ARTICULO 107º. Derogatoria
ARTICULO 108º. Vigencia
Disposiciones Generales
Generales
Enseñanza Religiosa
Régimen Económico y Financiero
Recursos financieros no menores del 35% de los ingresos ordinarios del presupuesto general del
Estado incluyendo las otras asignaciones constitucionales.
2. Recursos provenientes de donaciones, aportes, subvenciones y cualquier otro tipo de
transferencias corrientes y de capital, que provengan de personas individuales o jurídicas,
nacionales o internacionales. Las transferencia provenientes de personas individuales o jurídicas,
privadas, son deducibles del impuesto sobre la Renta.
3. Fondos privativos provenientes de cuentas escolares y actividades de autofinanciamiento que
realizan las comunidades escolares de conformidad con el Acuerdo Gubernativo 399 del 3 de
Octubre de 1968.
4. Los fondos obtenidos por concepto de cuotas de Operación Escuela, deberán destinarse para
financiar reparaciones de los centros educativos. Estos recursos serán administrados en concepto
de fondo privativo, por los Comités de Finanzas de cada escuela.
5. Aportes económicos de las municipalidades destinados para programas de inversión y/o
funcionamiento.
6. Otros que se obtengan de actividades de diverso financiamiento.
Becas
Programas de Apoyo
ARTICULO 78º. Programas de Apoyo
ARTICULO 79º. Utiles Escolares
ARTICULO 80º. Importación de Utiles
ARTICULO 81º. Textos Básicos
ARTICULO 82º. Textos de Autores Nacionales
ARTICULO 83º. Autorización de Textos.
ARTICULO 84º. Texto Único
Validez de Estudios, Títulos y Diplomas
ARTICULO 75º. Validez de los Estudios
ARTICULO 76º. Equiparación de Estudios
ARTICULO 77º. Diplomas y Títulos
Supervisión Educativa
ARTICULO 72º. Definición
ARTICULO 73º. Finalidades
ARTICULO 74º. Objetivos
Planeamiento y Evaluación
ARTICULO 68º. Planeamiento
ARTICULO 69º. Evaluación
ARTICULO 70º. Evaluación del Sistema
ARTICULO 71º. Evaluación Escolar
Calidad de la Educación
ARTICULO 66º. Calidad de la Educación
ARTICULO 67º. Investigación Pedagógica y Capacitación
Modalidades de la Educación
Educación Inicial
Educación Experimental
Educación Especial
Educación Estética
Educación a Distancia
Educación Bilingüe
Educación Física
Educación Acelerada para Adultos
Educación por Madurez
Gustavo Adolfo Sique Ruiz
201500440
Licenciatura en Pedagogía y Planificación Curricular
Lcda. Brenda Borrayo
Marco Legal de la Educación