LIEGIE (LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN)
1- Implementación de la sexta enmienda del Sistema Armonizado
2. Implementación del número de identificación comercial (NICo)
NOMENCLATURA
Politica Comercial
LIEGI
Inteligencia comercial (Estadística)
Acuerdo Secretarial
3. Actualizacion del TIEGI y eliminacion del bajo comercio
Objetivos
Instrumento Legal
Las 6 Reglas de la LIEGIE
REGLA 6
La clasificación de mercancías en las subpartidas de una partida esta determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartidas así como mutatis muntandis por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comparase subpartidas del mismo nivel. A afectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capitulo, salvo disposición en contrario
REGLA 5
Ademas de las disposiciones presentes, a las mercancías consideradas a continuación, se les aplicaran las reglas siguientes;
Los estuches para cámaras fotográficas instrumentos musicales, armas, instrumentos de dibujo, collares y continentes iguales o similares, especialmente apropiadas para contener un articulo determinado o un juego surtido, susceptibles de uso prolongado y presentados con los artículos a los que estén destinados, se clasificaran con dichos artículos cuando sean del tipo de los normalmente vendidos con ellos. Sin embargo esta regla no se aplica en la clasificación de los continentes que confieran al conjunto su carácter esencial.
Salvo lo dispuesto en la regla 5 a) anterior, los embaces que contengan mercancías se clasificaran con ellas cuando sean de los tipos normalmente utilizadas para esa clase de mercancías. sin embargo esta disposición no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida.
REGLA 4
Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las reglas anteriores, se clasificaran en las partidas con las que tengan mayor analogía.
Como analogía tenemos la Comparación o relación que existe entre varias cosas.
Y un ejemplo de ello seria la pintura es al pincel, lo que la música a los instrumentos.
REGLA1
Los artículos de las secciones, de los capítulos o subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo y, si no son contraías a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes.
Las mercancías llamadas: son aquellas que en el texto de la partida vienen descritas de manera específicas.
Mercanc+ias no llamadas: Se busca busca en los textos de las notas legales, de sección o de capítulo si la mercancías vienen nombrada o se designará un código de carácter genérico de acuerdo con las notas explicativas.
-Sección IV Productos de las industrias Alimentarias; bebidas, vinagre, tabaco. -Capítulo 6: Preparaciones de carne o de crustáceo o de pescado. -Capítulo 7: Azúcares o artículos de confitería. -Capítulo 18: Cacao y sus preparaciones.
REGLA 2
Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado.
Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia, incluso mezclada o asociada con otras materias.
REGLA 3
-La partida mas especifica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance mas general. -Debe considerarse mas especifica la partida que identifique mas claramente y con una descripción mas precisa y mas completa la mercancía considerada
Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuara como sigue: