TENDENCIAS IDEOLÓGICAS DEL CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN
CONCEPTO SOCIOLOGICO.
ESTE CONCEPTO SE BASARÁ EN EL CRITERIO DE VIGENCIA Y SUSTENTA LA CREACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN BAJO EL CRITERIO DE LAS SITUACIONES Y ESTRUCTURAS SOCIALES,
CARACTERISTICAS.
- ESTRUCTURALISTA; A LO QUE RESPONDE QUE LA CONSTITUCIÓN PROVIENE DE LA ESTRUCTURA SOCIAL DEL PRESENTE.
- NO ES NORMATIVA; AFIRMA QUE UNA CONSTITUCION DEBERA PONER LA MANERA DE REGULA AL SER Y NO DE IMPONER UN DEBER SER
- EFECTIVA; SERÁ CUMPLIDA A CABALIDAD SOLO SI ES EFECTIVA Y DE NO CUMPLIRSE SUS LINEAMIENTOS NO HABRÁ VALIDEZ.
CONCEPTO HISTÓRICO.
ESTA CORRIENTE AFIRMARA QUE LA CONSTITUCION SERA EFECTO DE LA HISTORIA Y NO DE LA RAZÓN DEL HOMBRE, ENTONCES LA CONSTITUCIÓN NO ES UNA LEY ESCRITA SINO EL RESULTADO DE LA TRANSFORMACIÓN DE LA HISTORIA, ADEMÁS ESTA CORRIENTE ARGUMENTA QUE SUS FUENTES SERÁN; LA COSTUMBRE Y LAS TRADICIONES.
CARACTERÍSTICAS
- CADA PUEBLO DEBERÁ FORMAR SU CONSTITUCIÓN DEBIDO A SUS PROPIAS COSTUMBRES Y TRADICIONES QUE SERÁN DISTINTAS A LAS DE LOS DEMÁS PUEBLOS.
NO TIENEN EN CUENTA LA VOLUNTAD HUMANA PARA LA CREACIÓN DE LAS NORMAS.
- SE BASARA EN LA COSTUMBRE NO EN LA LEY.
- SERÁ IRRACIONAL Y CONSERVADORA; A LO QUE SE AFIRMA QUE LA VOLUNTAD DEL HOMBRE NO PODRÍA PRODUCIR UNA CONSTITUCIÓN.
- ES ANTIFORMALISTA; ES DECIR NO DEBERÁ EXISTIR DIFERENCIAS ENTRE LEYES CONSTITUCIONALES Y ORDINARIAS.
UNA CONSTITUCIÓN SERA LA LEY FUNDAMENTAL DE TODO ESTADO, CON UN MARCO SUPRA LEGAL A LAS DEMÁS LEYES Y DEBERÁ CONTENER LOS DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS ASOCIADOS, DEBIENDO LIMITAR EL PODER ESTATAL Y DELINEAR EL ORDEN POLÍTICO DEL MISMO
CONCEPTO RACIONAL-NORMATIVO.
ESTA CORRIENTE SOSTIENE QUE LA CONSTITUCIÓN SERA UNA CREACIÓN RACIONAL Y FRUTO DEL LEGISLADOR. ESTO QUIERE DECIR QUE LA RAZÓN PERMITE DESCUBRIR UN DERECHO PERFECTO E INMODIFICABLE OSEA PERFECTO Y DEJA CLARO QUE NO SERÁ LA SOCIEDAD FRUTO DE INFLUENCIA SOBRE LA CONSTITUCIÓN.
CARACTERÍSTICAS
- RACIONALISTA,EXPRESA QUE UN ACTO DE VOLUNTAD REGULARA EL FUTURO DE UN PUEBLO.
- NORMATIVISTA, DEBERÁ IMPONER UN COMPORTAMIENTO A LA SOCIEDAD.
- FORMAL, SU PROMULGACIÓN ESTAR SUJETA A UN PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO.
- ES SUPREMA, DICTARA UN DEBER SER EN UNA LEY FUNDAMENTAL.
- ES DISTRIBUTIVA, DEBERÁ ASIGNAR COMPETENCIAS A LOS ÓRGANOS DEL PODER PÚBLICO.