NIA 560 Hechos Posteriores al cierre

Fecha de entrada en vigor

Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009.

Alcance

responsabilidad que tiene el auditor con los hechos posteriores al cierre, en una auditoría de estados financieros

Objetivos

identificar hechos posteriores que se presenten desde la fecha de E.F a la del dictamen

reconocer que los echos posteriores se han identificado

Definiciones

fecha de los estados financieros

fecha del final del ultimo periodo cubierto por los estados financieros

fecha de aprobacion de los estados financieros

fecha en la cual todos los estados que comprenden los estados financieros han sido preparados

fecha del dictamen del auditor

fecha puesta por el auditor al informe sobre los estados financieros

Fecha de publicación de los estados financieros

fecha en la que los estados financieros auditados y el informe de auditoría se ponen a disposición de terceros

Requerimientos

Hechos ocurridos entre la fecha de los estados financieros y la fecha del informe de auditoría

valorar el riesgo de auditoria para determinar la naturaleza o extension

solicitar una declaracion escrita donde se evidecia el ajuste o revelacion

Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha del informe de auditoría

El auditor debera estar alerta a echos que se presenten a los estados financieros antes de la mision de los estados

Hechos que llegan a conocimiento del auditor con posterioridad a la fecha de publicación de los estados financieros

el auditor deberá discutir con la administración los sucesos correspondientes

Ricardo Martinez Mojica 8°B T/M