NIC 8 - Hecho por: Wendy Beatriz López Osoy-
Objetivo
Prescribir los criterios
Seleccionar
Políticas contables
Modificar
Políticas contables
Tratamiento contable
Cambios en las estimaciones contables
Y de la corrección de errores
Información a revelar
Cambios en las estimaciones contables
Y de la corrección de errores
Realzar
La relavancia
Periodos anteriores y elaborados por otra entidad
Fiabillidad
Periodos anteriores y elaborados por otra entidad
Comporavilidad
Periodos anteriores y elaborados por otra entidad
Alcance
Se aplicará
Selección de políticas contables
Aplicación de políticas contables
Contabilización de
Cambios en políticas contables
Cambios en las estimaciones contables
Corrección de errores de periodos anteriores
Definiciones
Políticas contables
Cambio en la estimación contable
Errores de periodos anteriores
Estaba disponible
Aplicación retroactiva
Reexpresión retroactiva
Impracticable
Cuando la entidad no pueda aplicar un requerimiento tras efectuar todos los esfuerzos razonables para hacerlo
Es impracticable el cambio en una política contable si:
Los efectos no son determinables
Establecen suposiciones posibles de la gerencia
Requieren importes significativos
Evidencias de que ya existían cuando fueron reconocidos, medidos o revelados
Ya existían antes de ser autorizados los EEFF
Aplicación prospectiva
La aplicación de la nueva política contable en el momento
El reconocimiento del efecto del cambio en la estimación contable del periodo y los futuros.
Aplicación de los cambios en políticas contables
Contabilizará derivado de la aplicación inicial de una NIIF, de acuerdo con las disposiciones transitorias específicas
Cuando no incluyan una disposición transitoria específica se aplicará de forma retroactiva
Aplicación retroactiva
La entidad ajustará los saldos iniciales afectando el patrimonio (Utilidades acumuladas)
Limitaciones a la aplicación retroactiva
Salvo y en la medida que fuera impracticable determinar los efectos del cambio
Cuando no sea practicable aplicará la nueva política de forma prospectiva
Información a revelar
Aplicación por primera vez de una NIIF
Revelará:
Título de la NIIF
Si el cambio en la política contable se ha efectuado de
acuerdo con su disposición transitoria
La naturaleza del cambio en la política contable
En su caso, una descripción de la disposición transitoria
En su caso, la disposición transitoria que podría tener efectos sobre periodos futuros
Para el periodo corriente y para cada periodo anterior presentado, en la medida en que sea practicable
El importe del ajuste para cada partida del estado financiero que se vea afectada
El importe de ajuste si la NIC 33 Ganancias por Acción es aplicable a la entidad,
para las ganancias por acción
El importe del ajuste relativo a periodos anteriores presentados, en la medida en que sea practicable
Cambios en las estimaciones contables
Podría requerirse estimaciones para
Las cuentas por cobrar de dudosa recuperación
La obsolescencia de los inventarios
El valor razonable de activos o pasivos financieros
La vida útil o las pautas de consumo esperadas de los beneficios económicos futuros incorporados en los activos depreciable
Las obligaciones por garantías concedidas
El efecto de cambios en las estimaciones contables se reconocerá de forma prospectiva
El periodo en que tiene lugar el cambio, si éste afecta solo a ese periodo
El periodo del cambio y periodos futuros, si el cambio afectase a todos ellos
El efecto, si existiese, en periodos futuros se reconoce como
ingreso o gasto de dichos periodos futuros.
Información a revelar
La naturaleza e importe de cualquier cambio en una
estimación contable que haya producido efectos en el periodo corriente, o que se espere vaya a producirlos en periodos futuros
Si no se revela el importe del efecto en periodos futuros debido a que la estimación es impracticable, la entidad revelará este hecho.
Errores
Pueden surgir al:
Reconocer
Medir
Presentar
revelar
Los errores potenciales del periodo corriente, descubiertos en este mismo periodo, se corregirán antes de que los estados financieros sean autorizados para la emisión
La entidad corregirá los errores materiales de periodos anteriores, de forma retroactiva, en los primeros estados financieros formulados después de haberlos descubierto
Reexpresando la información comparativa para el periodo o
periodos anteriores en los que se originó el error
Si el error ocurrió con anterioridad al periodo más antiguo para el que se presenta información, reexpresando los saldos iniciales de activos, pasivos y patrimonio para dicho periodo
Limitaciones a la reexpresión retroactiva
Se aplicarán de forma retroactiva, salvo que sea impracticable determinar los efectos en cada periodo específico o el efecto acumulado del error.
Información a revelar sobre errores de periodos
anteriores
Revelará
La naturaleza del error del periodo anterior
El importe del ajuste:
Para cada partida del estado financiero que se vea afectada
Para el importe de la ganancia por acción tanto básica como
diluida, si la NIC 33 fuera aplicable a la entidad
El importe del ajuste al principio del periodo anterior más antiguo sobre el que se presente información
Las circunstancias que conducen a esa situación, junto
con una descripción de cómo y desde cuándo se ha corregido el error.