"NIF C-9 Instrumentos Financieros por Pagar"
CONCEPTOS
PASIVO FINANCIERO
Pasivo monetario que surge de un contrato.
INSTRUMENTO FINANCIERO POR PAGAR
Se genera por contratos en los cuales una entidad se obliga a entregar efectivo, otros activos financieros o instrumentos financieros de capital.
VALOR RAZONABLE
Es el precio de salida que, a la fecha de valuación, se recibirá por vender un activo o se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado.
COSTO AMORTIZADO
Es el valor presente de los flujos de efectivo contractuales por cobrar o por pagar de un instrumento financiero más o menos los costos de transacción por amortizar, utilizando el método de interés efectivo
CARACTERÍSTICAS
Los IFP se integran por los siguientes instrumentos:
CUENTAS POR PAGAR A PROVEEDORES. *Proporcionan bienes y servicios para la operación de la entidad (NIF A-3)*
PRÉSTAMOS RECIBIDOS
IFP EMITIDOS POR LA ENTIDAD
OTRAS CUENTAS POR PAGAR (ACREEDORES
DIVERSOS, RETENCIONES)
Pasivo
financiero es una obligación que surge de
un contrato, la cual requerirá el uso de
recursos económicos monetarios de la
entidad. Por lo tanto, representa:
Una obligación de entregar efectivo u otro
activo financiero a un tercero para liquidarla.
Una obligación contractual para intercambiar
activos financieros o pasivos financieros con
un tercero bajo condiciones potencialmente
desfavorables para la entidad.
Una obligación que será liquidada con un
número variable de instrumentos de capital de
la entidad.
NORMAS
De Valuación
Reconocimiento inicial
Procedimiento de reconocimiento de IFP
1. Al precio de la transacción por los bienes, servicios o financiamiento recibidos, deben sumarse o restarse los costos de transacción, así como otras partidas pagadas por anticipado, tales como comisiones e intereses.
2. Determinar el valor futuro de los flujos de efectivo estimados que se pagarán por principal e intereses contractuales, durante el plazo remanente del IFP o en un plazo menor, si es que existe una probabilidad de prepago u otra circunstancia que requiera utilizar un plazo menor.
3. Determinar la tasa de interés efectiva (TIE) del IFP, que se calcula considerando la relación entre los montos determinados en los dos puntos anteriores.
4. Evaluar TIE vs TI de mercado, considerando:
Valor del dinero en el tiempo
Riesgos inherentes de pago para financiamiento similares.
Si la TI de mercado es sustancialmente distinta a la TAE, debe utilizarse la TI de mercado como la TAE en la valuación del IFP, reconociendo en la utilidad o pérdida neta los efectos.
5. El monto determinado en el paso 1, es el valor razonable del IFP al que debe reconocerse inicialmente; es la base para aplicar el método de interés efectivo con la TAE resultante del paso 3 o 4; es decir, es la base del costo amortizado del IFP en el reconocimiento posterior.
IFP a proveedores
Precio de la transacción por los bienes y/o
servicios recibidos al considerarse devengada la
operación que les dio origen.
Otros importes por pagar (impuestos).
Reconocer cuando se devengue (aún cuando el
proveedor no haya emitido la factura).
Reconocimiento de bonificaciones y/o
descuentos comerciales.
Descuento por pronto pago, no debe
reconocerse (excepto cuando la entidad tenga la
política de aprovecharlos regularmente).
IFP por préstamos
recibidos
Si una entidad recibe un préstamo con una tasa
de interés contractual que esté sustancialmente
fuera de mercado (por ejemplo, de 8% cuando el
mercado para préstamos similares es de 12%),
pero se paga una comisión por adelantado al
inicio del crédito al determinar la tasa de interés
efectiva, debe tomarse en cuenta dicha comisión.
IFP emitidos por la
entidad
Cuando un IFP se emite en una fecha posterior al
inicio del período por el cual se pagan los intereses
del mismo, debe considerarse que parte del precio
de emisión corresponde a intereses ya generados
que se pagarán al final del primer período de pago
de intereses y el monto correspondiente debe
reconocerse como intereses por pagar y no como
una prima recibida.
Reconocimiento posterior
Reconocimiento del costo
amortizado
Con posterioridad a su reconocimiento inicial, una
entidad debe valuar los IFP a su costo amortizado,
excepto por aquéllos valuados a valor razonable.
Debe incluir, entre otros, los incrementos por el interés
efectivo devengado y las disminuciones por los pagos
de principal e interés y, en su caso, el efecto de
cualquier condonación que se haya obtenido sobre el
monto a pagar.
El interés efectivo debe reconocer en la utilidad o
pérdida neta del período en el que se devenga.
Cuando el IFP tiene una tasa de interés que se modifica
constantemente, el recálculo de los flujos de efectivo contractuales modificaría TIE y, consecuentemente, la amortización de los costos de transacción, lo cual afectaría el valor en libros de los IFP. Medir importancia relativa, si no la tiene, no se requiere recálculo.
Baja de un IFP
Una entidad debe dar de baja un pasivo financiero (o una parte del mismo) de su estado de situación financiera sólo cuando éste se extingue; porque se ha cumplido con la obligación; es decir, ésta se transfirió, se liquidó o expiró. Un IFP (o parte del mismo) se extingue cuando la entidad:
Liquida el pasivo pagando el acreedor, ya sea con
efectivo o con otros activos financieros o no
financieros, instrumentos de capital, otros pasivos
financieros o con prestación de servicios, siendo
liberada de su obligación con respecto a la deuda.
Es legalmente liberada de su responsabilidad
relativa al pasivo financiero, ya sea por el
acreedor, mediante una quita, o por un proceso
judicial que declare inexistente el pasivo.
La diferencia entre el valor en libros de una IFP (o
una parte del mismo) dado de baja y el valor en
libros de los activos entregados, debe reconocerse en
la utilidad o pérdida neta del período.
Capitalización
de deuda
ocurre cuando:
Los accionistas acuerdan capitalizar
adeudos de la entidad a su favor, en cuyo caso el
monto del pasivo se considera como monto
aportado, no existiendo una utilidad o pérdida en
la transacción, en tanto ésta es con accionistas en
su carácter de accionistas
Cuando se acuerda con un proveedor capitalizar
una parte o la totalidad de los adeudos con el
mismo.
Cuando se acuerda invitar al acreedor como
accionista y se acuerda emitir instrumentos de
capital cuyo valor razonable es equivalente al
monto del pasivo
IFP en moneda
extranjera
Los IFP denominados en moneda extranjera
o en alguna otra unidad de intercambio
deben convertirse considerando lo
establecido para transacciones en moneda
extranjera en la NIF B-15, Conversión de
monedas extranjeras.
Las modificaciones en su importe derivadas
de las variaciones en tipos de cambio deben
reconocerse en la utilidad o pérdida neta del
período.
Reconocimiento
en el estado de
resultado integral
La entidad debe reconocer el gasto por interés efectivo
de los IFP a medida que se devenga, con base en la tasa
de interés efectiva.
El interés efectivo así como la ganancia o pérdida
relativa a la conversión de pasivos denominados en
moneda extranjera, que sea parte de una relación de
cobertura, deben afectar la utilidad o pérdida neta del
período, como parte del resultado integral de
financiamiento, salvo que deba capitalizarse en los
activos relativos que califiquen para ello.
La diferencia entre el valor en libros de un pasivo
financiero (o de una parte del mismo) que se extingue o
se transfiere a un tercero y el monto de la
contraprestación pagada debe reconocerse en la
utilidad o pérdida neta.
OTRAS CUENTAS POR COBRAR
Existen algunos pasivos que tienen ciertas
características comunes con los IFP, en tanto
que su pago es exigible en cierta fecha y
pueden causar interés en caso de mora, pero
no siempre se originan por un contrato entre
las partes, sino por disposiciones legales, tales
como los impuestos retenidos por pagar, así
como los impuestos, derechos y
aprovechamientos a cargo de la entidad,
distintos a los impuestos a la utilidad, cuyo
monto y fecha de pago están definidos por ley,
y otras partidas similares.
Algunos sí se originan por contratos, tales
como los cobros por cuenta de terceros por
reembolsar.
Las otras cuentas por pagar deben
reconocerse cuando se efectúa la transacción
y deben valuarse a su valor nominal; sin
embargo, una entidad debe evaluar el valor
del dinero en el tiempo de las otras cuentas
por pagar de la misma manera que se hace
con las cuentas por pagar a proveedores
Otras cuestiones aplicables al reconocimiento
inicial y posterior de proveedores pueden, por
similitud, ser aplicables a las otras cuentas por
pagar y, en su caso, debe seguirse lo indicado
en esta norma al respecto
De Presentación
NORMAS RELATIVAS AL
ESTADO DE SITUACIÓN
FINANCIERA
Los pasivos deben presentarse en el estado de
situación financiera separando los que se
originan por transacciones comerciales
(proveedores) y otras operaciones (tales como
las otras cuentas por pagar y retenciones de
impuestos), de los que se originan por
financiamiento.
Asimismo, los pasivos que se originan por
financiamiento y se valúan a costo amortizado
deben presentarse netos de los costos de
transacción por amortizar
La entidad debe hacer las agrupaciones que sean
pertinentes de acuerdo con las características de los
IFP, proveyendo la información necesaria para
permitir identificar la integración de las partidas con
el rubro específico del estado de situación financiera.
Los saldos deudores de importancia que formen
parte de las cuentas por pagar a proveedores deben
reclasificarse como cuentas por cobrar o como
anticipos a proveedores, de acuerdo con su
naturaleza.
Los pasivos a favor de partes relacionadas que
provengan de compra de bienes o servicios, o
financiamiento, deben presentarse o revelarse por
separado, ya que la naturaleza del acreedor les
confiere una característica especial en cuanto a su
exigibilidad.
NORMAS RELATIVAS AL
ESTADO DE RESULTADO
INTEGRAL
La entidad debe presentar en un rubro
por separado del estado de resultado
integral, que forma parte de la utilidad
o pérdida neta:
El importe del interés efectivo devengado en el
período, en el rubro de gastos por intereses.
El importe derivado de la conversión de los IFP
denominados en moneda extranjera o en alguna otra
unidad de intercambio, presentándolo en el rubro de
fluctuaciones cambiarias.
Las ganancias o pérdidas por baja de pasivos en la
utilidad o pérdida neta, dentro de los resultados
relativos a las actividades de operación.
Las variaciones en el valor razonable de un IFP
designado a ser valuado bajo dicha base deben
presentarse en el RIF o en un rubro específico de la
utilidad o pérdida neta, según sea el tipo de entidad.
De Revelación
BASES DE CLASIFICACIÓN
Una entidad debe revelar las bases de
clasificación y de valuación (a costo amortizado
o valor razonable) de los IFP que se presente en
los estados financieros que sean relevantes para
proveer información suficiente, como sigue:
La naturaleza de los IFP que la entidad ha
designado a ser valuados a valor razonable y
cómo es que la entidad cumple con el
reconocimiento posterior.
Las bases de valuación de los pasivos
financieros valuados a costo amortizado y a
valor razonable.
REVELACIONES RELATIVAS AL
ESTADO DE SITUACIÓN
FINANCIERA
Las bases de agrupación de las categorías de pasivos: proveedores, otras cuentas por pagar, los que originan por financiamiento.
La naturaleza de los financiamientos que tiene la entidad,
describiendo sus características, tales como tasas de interés efectivas, garantías, restricciones financieras, formas de pago o redención y otras que sean relevantes.
Costos de emisión y de transacción de obtención de deuda, y otras partidas pendientes de amortizar.
Los montos de IFP que estén denominados en moneda extranjera o en UDIS.
Incumplimiento de cláusulas de los contratos de financiamiento y sus efectos en la situación financiera, utilidad o pérdida neta y flujos de efectivo.
Transacciones de renegociación de deuda efectuadas en el ejercicio y sus efectos, así como una descripción de las renegociaciones en curso.
Pasivos extinguidos en el ejercicio mediante la emisión de
instrumentos de capital de la entidad.
Líneas de crédito disponibles, pendientes de utilizar y su costo.
REVELACIONES RELATIVAS AL
ESTADO DE RESULTADO
INTEGRAL
Una entidad debe revelar las siguientes partidas de
ingresos y gastos, y de ganancias o pérdidas, si no se
presentan por separado en el estado de resultado integral.
El total de gasto por interés (calculado utilizando el
método de interés efectivo) generado por pasivos
financieros que se valúan a costo amortizado.
El monto de las ganancias y pérdidas, resultantes de los
pasivos financieros valuados a valor razonable, segregando el interés.
La ganancia o pérdida al dar de baja un IFP.
RECLASIFICACIÓN
Una entidad no debe reclasificar
sus IFP, ya que la clasificación se
hace desde un inicio y es
irrevocable.