NOM-019-SSA3-2013, Para la práctica de enfermería en el Sistema Nacional de Salud

OBJETIVO

Establecer características y especificaciones mínimas para la prestación de los servicios en los establecimientos de atención médica del Sistema Nacional de Salud, así como la prestación de dicho servicio que otorgan las personas físicas con base en su formación académica.

CAMPO DE APLICACIÓN

Esta norma es obligatoria en los establecimientos para la atención médica del Sistema Nacional de Salud donde se presten servicios de enfermería, así como para las personas físicas que prestan los servicios de forma independiente

Topic principal

DEFINICIONES

Cuidado

Acción encaminada a hacer por alguien lo que no puede hacer por sí solo con respecto a sus necesidades básicas con la intención de mejorar su calidad de vida y la de su familia ante la experiencia que debe afrontar.

Baja Complejidad

Acción encaminada a hacer por alguien lo que no puede hacer por sí solo con respecto a sus necesidades básicas con la intención de mejorar su calidad de vida y la de su familia ante la experiencia que debe afrontar.

Media Complejidad

Cuidados que se relacionan con el grado de dependencia de una persona de acuerdo a su estado de salud

Alta complejidad

Requerimiento de atención especializada.

Enfermería

Ciencia y arte dedicada al mantenimiento y promoción de la salud de las personas con el cuidado a través de intervenciones dependientes, independientes o interdependientes

Intervenciones

Dependientes

Actividades realizadas por prescripción de otro profesional de la salud en el tratamiento de los pacientes

Interdependientes

Actividades que realizan junto a otros miembros del equipo de salud.

Subtema

Actividades dirigidas a la atención de las respuestas humanas las cuales están legalmente autorizadas a realizar de acuerdo a la formación académica y experiencia profesional

Personal de enfermeria

Persona formada o capacitada para proporcionar legalmente cuidados de enfermería.

Profesional

Persona que ha concluido sus estudios de nivel superior en el área de la enfermería y se le otorgó la cédula de ejercicio profesional

General

Persona que tiene licenciatura en enfermería y se le otorgó la cédula profesional

Especialista

Persona que tiene licenciatura en enfermería, obtuvo el diploma de especialización y se le otorgó la cédula profesional de especialización

Maestría

Persona que tiene licenciatura en enfermería, acreditó el grado de maestría, y se le otorgó la cédula profesional de maestría

Doctorado

Persona que tiene el grado de maestría, acreditó el grado de doctorado, y se le otorgó la cédula profesional de doctorado

Profesional Técnico

Persona que obtuvo el título o un diploma de capacitación

Técnico

Persona que ha concluido sus estudios de tipo medio superior (técnico) en el área de la enfermería y se le otorgó la cédula de ejercicio profesional.

Técnico especializado

Persona que tiene los estudios de nivel medio superior y obtuvo un diploma que señala el área específica de competencia

No Profesional

Persona que no ha concluido su preparación académica en el área de la enfermería o habiéndola concluido no ha obtenido el documento correspondiente que demuestre tal circunstancia

Auxiliar

Persona tiene una constancia que acredite la conclusión del curso de auxiliar de enfermería, de una duración mínima de un año.

Pasante

Persona que está en proceso de formación en la carrera de enfermería de nivel medio superior o superior.

Estudiante

Estudiante de enfermería que ha cumplido los créditos académicos exigidos en el plan y programas de estudio, que para realizar el servicio social debe contar con la constancia de adscripción y aceptación.

Funciones

Administrativa

Gestión de recursos materiales, científicos y técnicos de equipo personal para otorgar los cuidados de enfermería

Asistencial

Cuidado directo o indirecto de las personas, familias o comunidades.

Investigación

Aplicación del método científico en la producción, reafirmación y validación del conocimiento científico para implementarlos en los servicios y garantizar la calidad en la atención

Docente

Educación para la salud, la educación continua y para la formación de profesionales en la salud

Dx de Enfermería

Juicio clínico sobre las respuestas de la persona, familia o comunidad ante procesos vitales o problemas de salud

Enfermera(o)

Persona que concluyó sus estudios de nivel superior en el área de la enfermería y se le otorgó la cédula para ejercer profesionalmente la enfermería.

Prestación de Servicios

Acto de brindar cuidados de enfermería en un establecimiento para la atención médica en los sectores público, social, privado y de forma independiente

Proceso de Atención

Método que otorga cuidados a las personas a través de una atención sistematizada e integral, y atiende las respuestas humanas con cinco etapas interrelacionadas: valoración, diagnóstico de enfermería, planeación, ejecución y evaluación.

Profesionales de la salud

Personal que labora en las instituciones de salud que cuenten con título profesional o certificado de especialización.

Revalidación y equivalencia de estudios

Acto administrativo por el cual se otorga validez oficial a aquellos estudios realizados dentro o fuera del Sistema Educativo Nacional, siempre y cuando sean equiparables con estudios realizados dentro de dicho sistema.

Urgencia

Problema médico-quirúrgico agudo, que ponga en peligro la vida, un órgano o una función y que requiere atención inmediata.

ASPECTOS GENERALES DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Se realizará en establecimientos para la atención médica en los sectores público, social, privado y en forma independiente.

Las actividades mencionadas en esta norma, deberán ser realizadas por el personal de enfermería.

Sólo se reconocerán los estudios de formación y capacitación en enfermería expedidos en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

Revalidar estudios si fueron hechos en el extrangero

Las constancias, certificados, títulos profesionales o diplomas deben ser legalmente expedidos

Todas aquellas personas afines al area deberán utilizar la norma

Autoridades

Procurar que el personal de enfermería cuente con la certificación profesional vigente

Dar la inducción al puesto a todo el personal de nuevo ingreso

Evitar que el personal desempeñe funciones fuera de sus competencias y capacidades, salvo en caso de urgencia con la condición de que sea: a título provisional; que cuente con la experiencia suficiente y bajo supervisión.

Personal

Verificar la existencia y funcionamiento óptimo del equipo que se utiliza para proporcionar los servicios, reportar los faltantes y las fallas existentes

Conocer y aplicar las Normas Oficiales Mexicanas

Actualizar y aplicar los conocimientos científicos, técnicos, éticos y humanísticos

ASPECTOS PARTICULARES DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

El personal no profesional debe desempeñar actividades relacionadas con preparación de equipo, material y cuidados de baja complejidad.

Los profesionales técnicos tiene a su cargo los cuidados de mediana complejidad

Los técnicos especializados deben dar prestación de servicios independientes o interdependientes en un campo específico otorgando cuidados de meidana complejidad

En el predominio de acciones independientes corresponden al licenciado y al personal con posgrado en enfermería

Los roles de educador, investigador, consultor o asesor en los temas clínicos, de la salud pública, bioéticos o legales implícitos en la atención del personal de la salud con un nivel de participación y liderazgo, le corresponden al personal de enfermería con maestría

Las acciones para generar conocimiento en las diferentes áreas de la salud, corresponde al personal de enfermería con doctorado

REFERENCIAS

NOM-003-SSA3-2010, Para la práctica de hemodiálisis.
NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico.
NOM-005-SSA2-1993, De los servicios de planificación familiar.
NOM-005-SSA3-2010, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.
NOM-006-SSA2-1993, Para la prevención y control de la tuberculosis en la atención primaria a la salud.
NOM-006-SSA3-2011, Para la práctica de la anestesiología.
NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio.
NOM-009-SSA2-1993, Para el fomento de la salud escolar.
NOM-010-SSA2-2010, Para la prevención y control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana.
NOM-014-SSA2-1994, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino.
NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus.
NOM-016-SSA2-2012, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera.
NOM-016-SSA3-2012, Que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.
NOM-022-SSA2-2012, Para la prevención y control de la brucelosis en el ser humano.
NOM-022-SSA3-2012, Que instituye las condiciones para la administración de la terapia de infusión en los Estados Unidos Mexicanos.
NOM-025-SSA2-1994, Para la prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica.
NOM-026-SSA3-2012, Para la práctica de la cirugía mayor ambulatoria.
NOM-027-SSA2-2007, Para la prevención y control de la lepra.
NOM-028-SSA2-2009, Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones.
NOM-030-SSA2-2009, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la hipertensión arterial sistémica.
NOM-031-SSA2-1999, Para la atención a la salud del niño.
NOM-034-SSA2-2002, Para la prevención y control de los defectos al nacimiento.
NOM-035-SSA2-2012, Para la prevención y control de enfermedades en la perimenopausia y postmenopausia de la mujer. Criterios para brindar atención médica.
NOM-036-SSA2-2012, Prevención y control de enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, faboterápicos (sueros) e inmunoglobulinas en el humano.
NOM-038-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de las enfermedades por deficiencia de yodo.
NOM-039-SSA2-2002, Para la prevención y control de las infecciones de transmisión sexual.
NOM-041-SSA2-2011, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.
NOM-043-SSA2-2012, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.
NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales.
NOM-046-SSA2-2005, Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.

Cumplir con las normas para contribuir a la seguridad del usuario, la del equipo y la conservación del medio ambiente.