Planes de estudio
Organización del tiempo escolar, en la que se establece el número mínimo de horas que se estima necesario asignar a cada una de las asignaturas para cumplir con los planes de estudio.
se divide en
Educación básica
1° a 4° básico regular
1.444 horas anuales con JEC
38 horas semanales
1.140 horas anuales sin JEC
30 horas semanales
Decreto 2960, Articulo 1°: Apruébense los planes de estudio de 1° a 4° año básico, que se encuentren acogidos al régimen de jornada escolar completa.
1° a 4° básico lengua indígena
1.144 horas anuales con JEC
30 horas semanales
1.140 horas anuales sin JEC
30 horas semanales
Se implementa en establecimientos educacionales que cuenten con el 20% o más de matrícula indígena y en aquellos que quieran favorecer la interculturalidad.
5° a 6° básico
1.444 horas anuales con JEC
38 horas semanales
1.140 horas sin JEC
30 horas semanales
Decreto N° 2960 año 2012
Acuerdo n°63 de 2015 aprobó la propuesta de planes de estudio, de 5° a 8° año básico del sector de lengua indígena: Aymara, Quechua, Rapa Nui y Mapudungun
7° a 8° básico
1.444 horas anuales con JEC
30 horas semanales
1.254 horas anuales sin JEC
33 horas semanales
Decreto N° 628 y modificación N° 1265 de 2016
Se aprueban los programas de estudio de 7° a 8° de educación básica
Educación media
1° y 2° medio
Formación general
1.596 horas anuales con JEC
42 horas semanales
1.254 horas anuales sin JEC
33 horas semanales
Formación Diferenciada Artística
1.596 horas anuales con JECD
42 horas semanales
Decreto N° 1264 de 2016.
Favorece la formación integral de los alumnos, contempla: Plan común de formación general y formación diferenciada artística
3° y 4° medio
Formación general y diferenciada
científico humanista
1.596 horas anuales con JEC
42 horas semanales
1.368 horas anuales sin JEC
36 horas semanales
Decreto N° 193.
Plan de Formación Diferenciada ofrece a los estudiantes diversas asignaturas vinculadas a las disciplinas de la formación general, de acuerdo con sus intereses y preferencias personales.
Este se plan se construye en base a tres principios: Electividad, profundización y exploración
Técnico profecional
1.596 horas anuales con JEC
42 horas semanales
912 horas anuales sin JEC
38 horas semanales
Decreto N° 954
Ofrece oportunidades de realizar
aprendizajes en una especialidad técnica que facilite su acceso a un primer trabajo remunerado, atendiendo a sus intereses, aptitudes y disposiciones vocacionales.
Se definen 35 especialidades agrupadas en 15 sectores económicos.
Formación Diferenciada Artística
1.596 horas anuales con JECD
42 horas semanales
Este plan ofrece a los estudiantes una formación especializada en distintos campos del arte.
Esta formación define objetivos terminales para 10 menciones artísticas, que están reguladas por el decreto Supremo N°3 de 2007.