rEl Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha asumido importantes retos relacionadoscon la aplicación de la Ley 1014 de 2006 de fomento a la cultura del emprendimiento, lacual lo compromete como actor responsable de la política pública en la materia.En respuesta a los ejes problemáticos identificados previamente, la política deemprendimiento en Colombia está soportada en tres pilares (objetivos estratégicos) queson: 1) facilitar la iniciación formal de la actividad empresarial, 2) promover el acceso afinanciación para emprendedores y empresas de reciente creación y 3) promover laarticulación interinstitucional para el fomento del emprendimiento en Colombia.Adicionalmente, la política tiene dos ejes transversales que son: 1) fomento de la industriade soporte “no financiero”, que provee acompañamiento a los emprendedores desde la36conceptualización de una iniciativa empresarial hasta su puesta en marcha y 2) promoveremprendimientos que incorporan ciencia, la tecnología y la innovación.6.1 Iniciación Formal de la Actividad EmpresarialDe acuerdo con este pilar, la política nacional de emprendimiento debe fomentar el iniciode las actividades empresariales que cumplan las obligaciones establecidas por lanormatividad. Las obligaciones para el inicio formal de la actividad empresarial son,principalmente, las siguientes: Registro de la actividad empresarial ante las Cámaras de Comercio. Inscripción en los registros de impuestos, tanto nacionales como distritales ymunicipales. Registro de la Empresa ante una Administradora de Riesgos Profesionales.POLÍTICA DE EMPRENDIMIENTO MCIT• SOPORTE NO FINANCIERO (Capacitación, asesoría y fomento a la Cultura del emprendimiento, unidades deemprendimiento, etc.)• CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (Incubadoras de empresas y Tecnoparques)FIINANCIIACIIÓN• CAPITAL SEMILLA• CAPITAL DE RIESGO, PRIVADO• REDES DE INVERSIONISTAS•BANCA DE OPORTUNIDADES•FONDO NACIONAL DEGARANTIASIINIICIIACII