Procedimiento para sancionar los diferentes tipos de faltas disciplinarias
Topic principal
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Acción Cometida
Atrasarse al relevo de la guardia
injustificadamente hasta por una hora.
DE LAS FALTAS Art. 33.- Para su
juzgamiento y sanción.
a. Contra la subordinación;
b. De abuso de facultades;
c. Contra los deberes y obligaciones militares;
d. Contra la puntualidad y asistencia;
e. Contra el decoro personal y compostura
militar;
f. Contra la propiedad;
g. Contra la salubridad e higiene;
h. Contra la moral; y,
i. Contra la seguridad de las operaciones
militares.
FALTAS CONTRA LA PUNTUALIDAD Y
ASISTENCIA
Art. 43 Son FALTAS LEVES
d. Atrasarse a la recogida de francos, relevos de guardia,
relevos de semana o a los partes militares injustificadamente hasta por una hora.
FALTAS LEVES
(Superior Jerárquico)
Cometimiento de la Falta (Imputado)
Citación de la falta plazo 48 hrs. (Superior Jerárquico)
Elaboración del informe del imputado en el plazo de 72 hrs
Luego del estudio y análisis, y de existir suficiente evidencia
procederá a imponer la sanción mediante la Resolución en el
plazo de 48 hrs.
Censura
Aresto Simple de 1 a 5 diías
El Superior Jerárquico que sancionó deberá notificar por
escrito al sancionado y elevará informe al Comandante del
reparto o unidad militar en el plazo de 72 hrs.
Se remitirá al Dpto. de Recursos Humanos del reparto para
la elaboración del Formulario de registro de sanción y
posterior se remitirá a la Dir. RRHH. FAE para el registro en
la respectiva hoja de vida del imputado
Se consideran faltas disciplinarias todas las acciones u omisiones realizadas por el personal militar, que contravengan al orden, honor y deberes militares y que por sus consecuencias no llegue a constituir delito.
FALTAS GRAVES
(Segundo Comandante)
Cometimiento de la Falta Imputado
Siguiendo el respectivo órgano regular se elevará el parte al Segundo Comandante del Reparto. Superior Jerárquico
Luego del estudio y análisis de los hechos y de receptar el informe por escrito del o los imputados, y de existir evidencia procederá a imponer la sanción mediante la resolución en el plazo de 48 hrs.
Aresto Simple de 6 a 10 diías
Aresto Rigor de 1 a 5 días
El Segundo Comandante deberá notificar por escrito al sancionado y elevará el informe al respectivo Comandante del reparto en el plazo de 72 hrs
Se remitirá al Dpto. de Recursos Humanos del reparto para la elaboración del Formulario de registro de sanción y posterior se remitirá a la Dir. RRHH. FAE para el registro en la respectiva hoja de vida del imputado.
FALTAS ATENTATORIAS
(Consejo de Disciplina)
Cometimiento de la Falta Imputado
El superior del propio u otro reparto que conozca un hecho que constituya falta atentatoria, siguiendo el órgano regular elevará el parte escrito detallado al Comandante de reparto del presunto infractor en el plazo de 24 hrs.
Superior Jerárquico
Posteriores de haber llegado a conocimiento del
Comandante de la unidad o reparto la existencia de una falta que presente las características de atentatoria, dispondrá la conformación del Consejo de Disciplina en el plazo de 72 hrs.
Superior Jerárquico
Se señalará el lugar, fecha y hora en que se llevará
a efecto la audiencia de juzgamiento de los presuntos infractores en el plazo de los 5 dias posteriores a la citación.
El Consejo de disciplina en la primera audiencia determina si la falta es o no falta atentatoria
Si la falta es catalogada como atentatoria, se cita con expediente y convoca audiencia juzgamiento.
Aresto Rigor de 6 a 10 diías
Aresto Rigor otro reparto de 1 a 5 días
Separación servicio activo