Reglas de Competencia ley 1437 de 2011

ACCIONES DE NULIDAD SIMPLE

ACCIONES DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

REPARACIÓN DIRECTA

Topic principal

EN LA ACCIONES DE REPETICIÓN

Acciones Contractuales

CONOCERÁ

Jueces Administrativos en primera instancia.

Nulidad de actos adminitrativos distritales o municipales.

Consejo de Estado en sala plena

Nulidad por inconstitucionalidad de lo decretos de caracter general no propiamente administrativos.

Tribunal Administrativo en primera instancia

Nulidad de administrativos departamentales.

Consejo de Estado en única instancia.

Nulidad de actos administrativos nacionales.

Nulidad actos relativos a la ciudadana y nacionalidad.

CONOCERÁ

Consejo de Estado en única instancia.

Contra actos nacionales, sin cuantía.

Tribunal administrativo en única instancia.

Actos departamentales sin cuantía.

Actos distritales y municipales sin cuantía.

En los que e controviertan sanciones disciplinarias administrativas sin cuantía.

las de carácter laboral, sin cuantía.

Juez adminitrativo en unica instancia.

En las que se controviertan sancione disciplinarias administrativas, distintas a las que originen retiro temporal o definitivo del servicio.

actos con cuantia

Juez administrativo en primera instancia

Por actos de cualquier autoridad q supere lo 300 smlmv

Actos administrativos de cualquier autoridad de cuantía de hasta 50 smlmv.

Tribunal administrativo en primera instancia.

Por actos administrativos de cualquier autoridad que supere los 300 mlmv.

Juez Administrativo en primera instancia

conocera cuando

de cuantia hasta 500 smlmv.

Subtema

Tribunal administrativo en primera instancia.

Conocerá cuando.

de cuantia superior a 500 mlmv.

Cuando sea en contra de la nación, Rama jurisdiccional, Fiscalia General, por defectuoso funcionamiento, error judicial o privación injusta de la libertad, al igual que la repetición originada en ellas.

Consejo de Estado en segunda instancia.

Conocerá cuando

Cuando sea en contra de la nación, Rama jurisdiccional, Fiscalia General, por defectuoso funcionamiento, error judicial o privación injusta de la libertad, al igual que la repetición originada en ellas.

Juez Administrativo en primera instancia

conocera cuando

las acciones relativas a contratos estatales de cualquier entidad de cuantia de hasta 500 smlmv.

Tribunal administrativo en primera instancia.

conocera cuando

las acciones relativas a contratos estatales de cualquier entidad de cuantía superior de 500 smlmv.

Consejo de Estado en sala plena de lo Contensioso Administrativo

De manera privativa conocera en unica instancia.

de la de repetición que el Estado ejerza contra el Presidente de la República, Ministros, senadores, general de todos los representantes legales de los órganos y entidades del Estado.

Tribunal Administrativo en primera instancia

conocerá la repetición que el Estado ejerza

servidores o ex servidores públicos, personas privadas que cumplan funcion publica cuando la cuantía exceda 500 mlmv. Cuando no sea competencia del Cosejo de Estado en unica.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA en sala plena.

Conocerá de la acción de repetición contra los consejeros de Estado.

Juez Administrativo en primera

conocerá, cuando la competencia no sea del consejo de Estado en única, de...

la repetición contra servidores públicos o ex servidores públicos, persona privada que cumplan función pública. cuantía no mayor a 500 mlmv.