RESOLUCION 627 DE 2006
DISPOSICIONES GENERALES
HORARIOS
Diurno
7am- 9pm
Nocturno
9pm- 7am
PARAMETROS
Nivel de presión sonora
Ruido Residual
Nivel percentil
EMISIÓN DEL RUIDO
LAS VIAS
Las vías son objeto de medición de ruido ambiental, mas no de emisión de ruido por fuentes móviles.
En los sectores en que los estándares máximos permisibles de emisión de ruido son superados a causa de fuentes de emisión naturales, sin que exista intervención del hombre
considerados como los estándares máximos permisibles
cascadas, sonidos de animales en zonas o parques naturales
RUIDOS AERONAVES
se tendrá en cuenta lo consagrado en la Resolución 2130 de 2004 de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil
RUIDO DE AEROPUERTOS
Los aeropuertos son considerados como sectores industriales y el ruido debe ser evaluado
RUIDO AMBIENTAL
APLICABILIDAD
Los resultados obtenidos en las mediciones de ruido ambiental,
se utilizan para realizar el diagnóstico del ambiente.
Los resultados se llevan a mapas de ruido y permiten visualizar la realidad en lo que concierne a ruido ambiental.
objetivos
1- Permitir la evaluación ambiental de cada municipio en lo referente a contaminación por ruido.
2- Permitir el pronóstico global con r especto a las tendencias de los niveles de ruido.
3-Posibilitar la adopción de planes de acción en materia de contaminación por ruido y en general de las medidas correctivas, preventivas y de seguimiento adecuadas
4-Valor de los niveles de ruido ambiental existentes en cada una de las áreas evaluadas.
ruido ambiental, identificar zonas críticas y posibles contaminadores por emisión de ruido
INTERVALOS DE TIEMPO
niveles de presión sonora continuo
se establece tiempo de referencia -T
catorce (14) horas para el horario diurno y diez (10) horas para el horario nocturno
Intervalo de largo plazo de Tiempo de medida
1 año calendario
Estándares máximos permisibles
sector A
Hospitales, bibliotecas, guarderías, sanatorios, hogares geriátricos.
dia
55
noche
50
sector B.
Universidades, colegios, escuelas, centros de estudio e investigación
dia
65
noche
55
sector C.
Zonas con usos permitidos comerciales, como centros comerciales, almacenes, locales o instalaciones de tipo comercial, talleres de mecánica automotriz e industrial, centros deportivos .
dia
70
noche
60
sector D.
Residencial suburbana, Rural habitada destinada a explotación agropecuaria,Zonas de Recreación y descanso
dia
55
noche
50
EQUIPOS DE MEDIDA
La selección de equipos de medida se debe hacer de manera que tengan capacidad para medir el nivel equivalente de presión sonora con ponderación
directa o indirectamente; los instrumentos deben cumplir las especificaciones de sonómetros Tipo 1 o mínimo Tipo 2 y los sonómetros integradores promediados deben ser clase P
Obligatoriedad de la realización de mapas de ruido
para aquellas áreas que sean consideradas como prioritarias
Los estudios y mapas de ruido de los municipios mayores de cien mil (100.000) habitantes se deben revisar y actualizar periódicamente cada cuatro (4) años
Planes de descontaminación por ruido
artículo 66 de la Ley 99 de 1993, y el artículo 13 de la Ley 768 de 2002
Vigilancia y control del cumplimiento de la norma
Las CARS ejercen la funcion de evaluadores realizan el control y seguimiento ambiental.
sanciones
artículo 85 de la ley 99 de 1993
Dispocisiones
Referencias a otras normatividades
artículo 2 del Decreto 948 de 1995
Anexos: Los anexos 1, 2, 3, 4 y 5 a los que alude el presente acto administrativo hacen parte integral de esta resolución.