Resolución número 00912 de 2009 Titulo IV Planeación y Organización del servicio Policial
Artículo 124. Plan de Seguridad Ciudadana
Define acciones para desarticular la delincuencia y contrarrestar los hechos de violencia.
Artículo 129. Alcance de los cieps
Estos centros de información son fundamentales para determinar y orientar los planes de
seguridad hacia la prevención y disminución de los delitos
Artículo 134. Conformación
Al comité de vigilancia asistirán
Artículo 125. Aspectos a tener en cuenta en la elaboración de los Planes
de Seguridad Ciudadana
La elaboración de estos planes debe estar fundamentada en el reconocimiento de los factores
generadores de violencia y en información sobre los fenómenos delincuenciales
Artículo 132. Conformación
El centro automático de despacho estará conformado por:
Artículo 121. Planeación del Servicio
El Comandante de la unidad policial será el responsable de la planeación
Artículo 126. Implementación y seguimiento de los Planes de Seguridad
corresponde a las autoridades de Policía y se
desarrolla de manera conjunta a través de las Secretarías de Gobierno de los departamentos
y municipios
Artículo 130. Conformación
Artículo 122. Memoria local y Topográfica
Es un documento que sirve de insumo para la planeación y organización del servicio
Artículo 127. Área de Información Estratégica Policial (AINPO)
Es la dependencia de la Dirección de Seguridad Ciudadana encargada de brindar apoyo integral, sistemático y efectivo a la Dirección General,
Artículo 131. Centro Automático de Despacho “CAD”
Artículo 123. Definción de plan en el marco del Servicio de Policía
Un plan es un conjunto organizado y metódico de actividades
Artículo 128. Centro de Información Estratégica Policial Seccional (CIEPS)
Es la dependencia policial del Subcomando de Policía Metropolitana o Departamento de
olicía encargada de alimentar y mantener actualizadas las bases de datos
Artículo 133. Comité de Vigilancia