SALARIO INTEGRAL

SALARIO INTEGRAL

CONCEPTO

CONCEPTO

Cómo su nombre lo dice, un salario integral se refiere a la unión de las prestaciones sociales, los recargos nocturnos o dominicales, festivos y trabajos extras en una sola remuneración; es decir integra todos estos conceptos en un solo salario.

INCLUYE

INCLUYE

no se pagarán por separado

Salario

Prima de servicios.

Auxilio de cesantías.

Horas extras.

Recargos nocturnos.

Trabajo dominical y festivo.

Primas extralegales que tenga la empresa.

Otros conceptos que las partes acuerden.

Topic principal

NO INCLUYE

NO INCLUYE

El salario integral no incluye los siguientes conceptos:

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Las vacaciones.

Los aportes a seguridad social.

Los aportes parafiscales.

La indemnización por despido injustificado.

Sanción moratoria por no pagar el salario al terminar el contrato de trabajo.

ESTA REGULADO

ESTA REGULADO

por el artículo 132 del código sustantivo del trabajo.

«En ningún caso el salario integral podrá ser inferior al monto de diez (10) salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional correspondiente a la empresa que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30%) de dicha cuantía...»

establece que este no puede ser inferior a 10 salarios mínimos legales vigentes(9.085.260)más la carga prestacional que no puede ser inferior al 30%, el cual equivale a 3 salarios mínimos legales vigentes mensuales (2.725.578)para un total de 11.810.838.

Las partes por supuesto pueden pactar salarios integrales por valores superiores a los mínimos exigidos por la ley.

CONSECUENCIAS

CONSECUENCIAS

AL PACTAR UN SALARIO INTEGRAL INFERIOR

Debe ser por lo menos de 13 salarios mínimos, al ser inferior no tiene validez

el empleador tendría que responder por lo que cubre el salario integral que al ser ilegal ya no lo cubre, un error que puede salir muy caro.

Salario integral debe constar por escrito.

Cuando las partes acuerden un salario integral, ya sea al inicio del contrato o durante la ejecución del mismo, debe constar por escrito tal acuerdo, Así lo señala el artículo 132 del código sustantivo del trabajo

Cuando las partes acuerden un salario integral, ya sea al inicio del contrato o durante la ejecución del mismo, debe constar por escrito tal acuerdo, Así lo señala el artículo 132 del código sustantivo del trabajo

Aportes parafiscales en el salario integral.

la base para liquidar los aportes parafiscales es sobre el 70% del salario integral incluyendo el factor prestacional, así lo dispone el artículo 18 de la ley 50 de 1990, aclarado por el artículo 49 de la ley 789 de 2002.

Aportes a seguridad social en el salario integral.

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Aportes a seguridad social en el salario integral Según el artículo 18 de la ley 100 de 1993, la base de cotización será el 70% del del salario integral incluido el factor prestacional y de igual manera se utiliza para las incapacidades laborales y las licencias de maternidad. Sin importar que la base resultante sea inferior a 10 salarios mínimos y no hay exclusión de aportes a seguridad social para los trabajadores que devengan salario integral, según lo impone el artículo 114-1 del estatuto tributario.

Indemnización por despido injustificado en trabajadores con salario integral.

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Tienen derecho a la indemnización al ser despedidos sin justa causa, y esta se líquida de acuerdo al artículo 64 del C.S.T. La base para liquidar la es la totalidad del salario integral incluyendo el factor prestacional, esto lo afirma el decreto 1174 de 1991 y lo deja claro la sala laboral de la Corte Suprema de Justicia en sentencia 58448 de 01 de agosto de 2018.

Vacaciones en el salario integral.

Tienen derecho a las vacaciones y se les aplica las mismas normas que a los demás trabajadores.

Para su liquidación la norma aclara que se debe tomar el total del salario integral incluyendo el factor prestacional.

Salario integral en contratos de medio tiempo.

Únicamente en los casos en los que se firme un contrato a medio tiempo se puede pactar un salario integrar inferior a los 10 salarios mínimos. Así entonces, será proporcional, es decir que medio tiempo será remunerado con medio salario integral.

El salario integral no se convierte en ineficaz por no incrementarlo anualmente.

Al no realizarse el incremento, no quiere decir que esté es ineficaz, pero en el momento de una reclamación judicial no se alega su ineficiencia si no que se debe demandar el pago de los valores no reajustados por ese tiempo.