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af candy davila 4 år siden

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Contratación y Jornada laboral

Los contratos de trabajo en una empresa pueden ser de varias modalidades, cada una con sus especificaciones y regulaciones. El contrato a término indefinido no tiene una fecha de finalización estipulada, permitiendo una relación laboral más estable entre empleado y empleador.

Contratación y Jornada laboral

Contratación y Jornada laboral

Jornadas Especiales

(Art 161 Código Sustantivo de Trabajo CST) Se pueden establecer estas jornadas de forma temporal o indefinidamente, en turnos sucesivos durante todos los días de la semana, tenido en cuenta los siguientes aspectos: • No se puede exceder de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana, • No habrá recargos nocturnos, ni el previsto para el trabajo dominical o festivo, • El trabajador devengara el salario correspondiente a la jornada ordinaria siempre respetando el mínimo legal o convencional, teniendo un día de descanso remunerado.

JORNADA DE TRABAJO

• La jornada ordinaria es la convenida por las partes, sin convenio, la establecida como máxima legal. Se puede pact horas diarias y 36 a la semana. • En labores especiales insalubre o peligrosas, el gobierno puede ordenar la reducción de esa jornada de trabajo. • Están excluidos de la jornada Máxima: los cargos de dirección y confianza (tiene el recargo nocturno), lo de servicio doméstico. • Trabajador y empleador podrán convenir horario flexible sobre horarios y condiciones de trabajo, para el • Los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral, en los que los empleados

Contrato temporal, ocasional o accidental

(Art. 6 del Código Sustantivo de Trabajo) Contratación y Jornada laboral Según el Código Sustantivo del Trabajo, se define el trabajo ocasional, accidental o transitorio, como aquel trabajo de corta duración y no mayor de un mes, que se refiere a labores distintas de las actividades Características • Puede ser verbal o escrito. • Debe relacionarse con actividades ajenas al objeto social del contratante. • Su duración nunca podrá ser mayor a treinta (30) días.

Contrato de aprendizaje

(Art. 30 de la Ley 789 de 2002) Este tipo de contrato es una forma especial de vinculación a una empresa y está enfocada a la formación de practicantes, donde este recibe herramientas académicas y teóricas en una entidad autorizada por una universidad o instituto, con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que el practicante adquiera formación profesional metódica en el oficio

Contrato de Obra o labor

r (Art. 45 del Código Sustantivo de Trabajo) El contrato es por una labor específica y termina en el momento que la obra llegue a su fin. Este tipo de vinculación es característica de trabajos de construcción y de universidades y colegios con profesores de cátedra, que cumplen su labor una vez haya terminado el periodo académico.

Contrato a Término Indefinido (

o (Art. 47 del Código Sustantivo de Trabajo) El contrato a término indefinido es aquel que no tiene estipulada una fecha de terminación de la obligación entre el empleado y el empleador, cuya duración no está determinada por la de la obra o la naturaleza de la

MODALIDADES DE CONTRATO:

Modalidad 2: Inferior a un (1) año
Modalidad 1: Igual o superior a un (1) año
Contrato a término fijo (Art. 46 del Código Sustantivo de Trabajo y Art. 28 de la Ley 789 de 2002) Es un contrato laboral que tiene un límite temporal especificado de manera clara en el contrato.

“Es un acuerdo por virtud del cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra (Natural o jurídica), bajo subordinación, cumpliendo órdenes instrucciones y recibiendo por su labor una remuneración”

Nunca establezca acuerdos de jornadas de trabajo semanal, que permita determinar el día sábado como día de descanso, por los motivos que tendrá más horas productivas el día lunes y los festivos del día lunes le quitaran más horas productivas al año.

Si la empresa empieza aumentar su Oferta de productos por la alta demanda y la capacidad productiva (por recursos físicos como la propiedad planta y equipo)

Se puede aconsejar jornadas flexibles de 48 horas semanales, con reducción de tiempo de trabajo el lunes, ya que en Colombia los Días festivo son no laborables y la mayoría caen ese día, eso le permite mantener más horas productivas en el año

Recomendaciones Productivas y de optimización del tiempo de labor Industrial